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domingo, octubre 02, 2005

UN EXTRANJERO NOS CONSULTA

Un extranjero que viene a invertir en Chile, nos consulta sobre el uso de las licencias para conducir en Chile:
Extranjeros podrán utilizar sus licencias de conducir en Chile
El 30 de septiembre de 2005 el Diario Oficial publicó la Ley N° 20.046, que reconoce las licencias de conducir expedidas en el extranjero. El texto modifica el artículo 5° de la Ley N° 18.290 (Ley de Tránsito) y permite a los ciudadanos extranjeros acreditar su capacidad para conducir mediante la exhibición de licencia vigente, otorgada según las leyes de su país, al amparo de tratados o acuerdos internacionales en que Chile sea parte y que sea equivalente a nuestra licencia no profesional Clase B. Los vehículos con patente extranjera y que ingresen temporalmente al país (por ejemplo, visitantes desde Argentina) deberán contratar el equivalente al seguro obligatorio automotor con compañías chilenas o extranjeras. Más información en este artículo Vea cómo se tramitó esta ley
Desde bcn, licencias de conducir empleadas por extranjeros: saludos Rodrigo González fernández, consultajuridica.blogspot.com, rogofe47@hotmail.com

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