TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN CHILE
El tribunal constitucional  está contemplado en nuestra constitución política artículos 81,82 y 83 que  determinan su composición, atribuciones y efectos de sus resoluciones. Tiene por  fundamento velar por el buen funcionamiento constitucional de los órganos del  Estado, asi como que los representantes del Estado respeten los derechos que La  Constitución política garantiza y proteger el orden jurídico democrático En  pocas palabras, hacer efectivo el Estado de Derecho, según nos enseñó el  profesor Jorge Mario Quinzio en primer año de Derecho.
El tribunal Constitucional  no está llamado a establecer reglas de derecho, sino a ser el fiel exponente de  las normas establecidas en la Constitución.
Entonces para su ejercicio  debe tener este tribunal la máxima   independecia.
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Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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