| Por        Viviana Candia 
 La opinión pública se sorprendió cuando se supo que        un ex guitarrista del conjunto "Amerikan Sound", el también abogado Ariel        Marín, era el representante legal del líder de la banda de        narcotraficantes los "Car'e Jarro".
 
 Pero el nombre del profesional        no era desconocido para todos.
 
 Desde enero de 2005, cuando se        comenzó a aplicar el artículo 61 de la nueva Ley de Drogas -que plantea        inhabilitaciones para los abogados que asuman causas relacionadas con        drogas- la Contraloría comenzó a elaborar una nómina con los profesionales        que representan a imputados por delitos que van desde el microtráfico al        tráfico mayor.
 
 En este momento son 1.409, y la cifra se actualiza        diariamente.
 
 La justificación de la medida es verificar que ninguno        de estos juristas tenga actividades laborales en algún ente fiscal, lo que        incluye las universidades estatales, por el peligro de penetración de las        redes del narcotráfico.
 
 Prevención no menor si se considera que el        desbaratamiento de la banda del capo de La Victoria, Iván Alejandro        Cavieres, dejó en evidencia la compleja red de apoyo que tenía el grupo de        narcos.
 
 Los        tentáculos de los "Car'e Jarro" incluían a gendarmes, carabineros,        funcionarios judiciales y hasta conexiones con un miembro de la misma        fiscalía que los desarticuló. Un enjambre de alto nivel que además del        Ministerio Público está siendo investigado por las Cortes de Apelaciones        de Santiago y de San Miguel.
 
 Antes había restricciones, pero no        listas
 
 Antes de promulgarse la Ley 20.000 existían impedimentos        para que abogados, estudiantes y egresados habilitados para actuar        judicialmente, que se desempeñaran en funciones del Estado, pudieran        representar a acusados por delitos de drogas.
 
 Sin embargo el        artículo en cuestión -51 de la Ley 19.366- no señalaba el órgano que debía        fiscalizar esa situación, por lo que en la práctica nadie sabía si se        cumplía o no.
 
 Por eso, tras varios debates, la Ley de Drogas de        2005 asignó esa supervisión a la Contraloría y redujo la prohibición sólo        a los abogados "que se desempeñen como funcionarios o empleados        contratados a cualquier título en los servicios de la Administración del        Estado o en instituciones o servicios descentralizados, territorial o        funcionalmente".
 
 No se aplica a los abogados que se desempeñen en        la Defensoría Penal Pública o como prestadores del servicio de defensa        penal pública, ni a los abogados de las Corporaciones de Asistencia        Judicial. Ello, obviamente, para mantener el principio del derecho a la        defensa de cada imputado.
 
 Uno de los puntos que causó polémica en        la nueva norma fue aquel que estableció que "el juez de garantía o el        Ministerio Público, en su caso, deberá informar a la Contraloría General        de la República sobre la identidad de los abogados que patrocinen o actúen        como apoderados o mandatarios de imputados por crímenes, simples delitos o        faltas contemplados en esta ley".
 
 De hecho, a los pocos meses de        promulgarse, el Colegio de Abogados emitió una declaración, afirmando que        la medida "constituye una amenaza para los abogados, un atentado al        derecho a la privacidad y a la libertad de trabajo, una trasgresión al        derecho de defensa que tiene toda persona".
 
 Cómo opera el        sistema
 
 Los antecedentes que envían los tribunales pasan a integrar        la base de datos de la Contraloría.
 
 En la cuenta pública del año        2007, aparece la cifra de 1.409 profesionales que participaron en defensas        de imputados por infracción a la ley N° 20.000, respecto de los cuales se        efectuó el análisis correspondiente para determinar si revestían la        calidad de funcionario público.
 
 El listado se actualiza        diariamente. El trabajo lo hace la Subdivisión Jurídica de la División de        Toma de Razón y Registro de la Contraloría General de la        República.
 
 Si se detecta que uno de los abogados tiene actividades        en el Estado, la Contraloría debe aplicar una infracción que consiste en        la destitución del cargo o el término del contrato, según corresponda,        medida que deberá ser adoptada por el servicio al que pertenezca el        infractor y de conformidad al proceso disciplinario respectivo.
 
 Sólo para profesionales        del Derecho
 
 Durante la discusión en el Congreso algunos        parlamentarios observaron que las incompatibilidades y sanciones sólo eran        para los abogados y no se tocaba a contadores, médicos ni cualesquiera de        los otros profesionales que presten servicios a personas imputadas de la        comisión de alguno de los delitos contemplados en esta ley.
 
 El senador Alberto Espina        (RN) señaló durante ese debate en la Cámara Alta que los narcotraficantes        buscan a los abogados por las amplias conexiones que tienen en la        sociedad, de modo que limitar su contratación era una forma de arrinconar        al narcotráfico.
 
 Y ahora el parlamentario refrenda su opinión        advirtiendo que "lo lógico es que una persona que trabaja en el Estado de        Chile, en cualquiera de sus órganos, no pueda ser abogado de un imputado        de estos delitos. Es conocido que el narcotraficante tiene como fin        infiltrar las distintas instituciones con el propósito de obtener        prebendas y provecho para sus operaciones ilícitas".
 
 El legislador        asegura que este tipo de prohibiciones "existe en casi todos los países        del mundo", pero rechaza que la idea haya sido crear una "lista        negra".
 
 "Lo que hay es una nómina de personas que trabajan para el        Estado, entonces lo que hace el tribunal es enviar una nómina a la        Contraloría para que verifique si esa persona es funcionario del Estado o        no, nada más", asegura.
 
 Ministro de Justicia: "No afecta ejercicio        de la profesión"
 
 Hasta ahora la autoridad no ha recibido quejas por        esta normativa.
 
 Así lo asegura el ministro de Justicia, Carlos        Maldonado, quien aclara que lo que se pretende con informar a la        Contraloría es "prevenir cualquier infracción a la prohibición que        establece la ley".
 
 -¿Pero no cree que inhibe el ejercicio del        abogado?
 
 -La discusión valórica se dio en el Parlamento en su        minuto, pero nosotros como Ejecutivo no hemos analizado ninguna iniciativa        para modificar esa norma ni hemos recibido ninguna petición en tal        sentido.
 
 Reconoce el ministro de Justicia que a veces estas        restricciones implican cierta afectación de derechos, "pero eso es una        colisión de intereses... Qué es más valioso socialmente, si la protección        del aparato estatal frente a la posible penetración de las redes de        tráficos, versus el libre ejercicio de la profesión, que tampoco está        afectado a nuestro entender".
 
 Este chequeo, recalca, "no tiene la        connotación de decir que son abogados de narcotraficantes. El único        sentido es que respete la prohibición. Pero si alguien se siente afectado,        que considera que no es constitucional o no es legítima la norma, puede        ejercer las acciones pertinentes: intentar algún recurso judicial y luego        recurrir al Tribunal Constitucional".
 
 Carlos Maldonado plantea que        en el mundo "se han buscado todas las fórmulas posibles para tratar de        impermeabilizar de la mejor manera posible a los órganos del Estado de la        influencia del tráfico de drogas, que por los volúmenes de dinero que        mueve tiene una capacidad corruptora mayor que otras actividades. Y ese es        el propósito de esta norma".
 
 14 mil abogados en 10        años
 
 En la última década en Chile han jurado 14.421 abogados.
 
 Afiliados al colegio de        la orden están 7.282 de estos profesionales, cuyas edades oscilan entre        los 25 y los 106 años.
 
 Aldo Duque: Registro "es inconstitucional,        discriminatorio y arbitrario"
 
 ''Lo absurdo es que si        uno defiende a un pedófilo que ha atacado a 500 criaturas no tiene        problemas, pero si defiende a alguien imputado por la ley 20.000, queda en        un listado''.
 
 Representó a la "geisha"        Anita Alvarado, a Augusto Pinochet Hiriart y está defendiendo a Dante        Yutronic, dueño de la "Casa del Espía", vinculado con el crimen del        martillero Fernando Oliva.
 
 Pero entre los clientes        del abogado Aldo Duque también hay personas imputadas por ilícitos de la        ley de droga.
 
 Asegura que la norma que obliga a informar a        Contraloría de los abogados que actúan en causas relacionadas con tráfico        "no me inhibe en lo más mínimo para ejercer mi profesión. Pero considero        que es una norma inconstitucional, discriminatoria, que atenta contra la        libertad de trabajo y estoy estudiando seriamente hacer una presentación        al Tribunal Constitucional, porque la norma se refiere solamente a        personas que hemos defendido a personas imputadas en delitos relacionados        con la ley 20.000, pero no dice qué pasa cuando la persona es declarada        inocente, culpable o se acoge a una medida alternativa" reclama.
 
 Es que, recalca, "si el        imputado es declarado inocente, no tiene ningún tipo de restricciones,        pero el abogado queda en una lista negra. Por eso (el registro) es        inconstitucional, discriminatorio y arbitrario".
 
 -¿Ha sentido el        costo social de ser calificado como abogado de        narcotraficantes?
 
 -Evidente, y no solamente eso sino que a usted se        le entiende inserto en el contexto del narcotráfico, como que forma parte        de una estructura. Es decir, que uno es parte de la estructura delictiva y        eso es gravísimo.
 
 Agrega que "de la misma        forma en que se cuestiona a los abogados podría cuestionarse a los médicos        que atienden a una persona imputada del delito, a la asistente social o        cualquier profesional que se relacione con personas imputadas por delitos        de drogas. Yo creo que no debe haber ninguna limitante, porque las        personas imputadas por la ley 20.000 no son ciudadanos de segunda        clase.
 
 -Pero se plantea que los narcotraficantes pagan con dinero        mal habido.
 
 -Si fuera así todos los abogados que defendemos a        personas imputadas por la ley 20.000 debiéramos estar formalizados por        lavado de dinero. Todos, sin excepción.
 
 -En lo personal, ¿ha        tenido algún problema por defender a estos imputados?
 
 -Por cierto        que sí. No una sino que muchas veces. Incluso me han tildado como abogado        de narcos y a mis hijos han intentado estigmatizarlos en el colegio. Lo        absurdo es que si uno defiende a un pedófilo que ha atacado a 500        criaturas no tiene problemas, pero si defiende a alguien imputado por la        ley 20.000, queda en un registro.
 
 Abogada Helhue Sukni: "No        alimento a mis hijas por lo que diga la sociedad"
 
 ''Hay penalistas que        dejan botados a sus clientes. Yo no, yo les trabajo de corazón o de pana,        como dicen ellos''.
 
 Desde hace diez años que        la abogada Helhue Sukni se dedica a defender a imputados por tráfico de        drogas. Sabe que "siendo abogado de narcotraficantes a una la ponen en una        lista negra, como tachada", pero decidió asumir el riesgo -dice- por dos        razones: "Todo el mundo tiene derecho a defensa" y, además, siente que su        trabajo es tan legítimo como el de quienes defienden causas        civiles.
 
 "Es verdad que tiene un costo social, pero a mí me da lo        mismo, porque no alimento a mis tres hijas por lo que diga la sociedad. Mi        pega es la que me da para vivir, pagar el colegio y todo lo demás, y        mientras yo no salga de lo lícito, ¿cuál es el problema?", pregunta la        profesional que ha defendido a Franco Marchesotti de la temible banda de        la Legua "Los Cara de Pelota" y a Miguel Gutiérrez y Giovanni Ciufardi        (primo del tenista nacional Fernando González), relacionados con el grupo        de Lo Espejo, los "Carne Amarga".
 
 En su despacho donde        abundan las fotos familiares. También hay una de Osama Bin        Laden.
 
 De religión musulmana, asegura que nunca he tenido problemas        con su clientela. "Es más, creo que es más difícil ser abogado de        ladrones, porque los traficantes son más pasivos".
 
 -Cuando estudió        Derecho, ¿pensó que terminaría defendiendo a narcotraficantes?
 
 -No        jamás. Yo pensaba ser diplomática, pero me di cuenta de que de diplomática        no tengo nada, así es que pienso que me hubiesen echado de inmediato.
 
 Abogada de la Universidad        Central, tuvo entre sus profesores al secretario de la Corte Suprema        Carlos Meneses, a la senadora Soledad Alvear y al subsecretario general de        la Presidencia Edgardo Riveros.
 
 Su primer cliente fue un preso que        conoció en la Penitenciaría cuando hizo la práctica. El sujeto volvió a        caer cuando la abogada ya estaba recibida y recurrió a ella.
 
 "Me        dijo que estaba pato, que no tenía un peso pero que él me podía conseguir        clientes y con eso pagaba los honorarios. Al principio me mandó como dos o        tres gallos, los saqué y después esos mismos me fueron recomendando con        más gente. En el lapso de seis meses tenía una cartera de como 80 a 100        clientes", recuerda.
 
 Hoy tiene en su archivo        más 500 causas.
 
 "Me fui p'arriba de un paraguazo, pero soy        sumamente responsable. Voy a las cárceles todos los días, me comprometo        con las causas porque hay millones de abogados que reciben la plata y        después dejan botados a sus clientes. Yo no, yo les trabajo de corazón o        de pana, como dicen ellos, palabra del coa. Yo les hablo como hablan        ellos, me comprometo con ellos y con su familia, porque además de pagarme        depositan la confianza en mí", cuenta.
 
 Asegura que su fórmula es        siempre decirles la verdad: "Tratándose de delitos de droga, quien no se        acoge al artículo 22, que es delatar a otro para que caiga con drogas, lo        más probable que se quede haciendo cinco años y un día".
 
 -Se        argumenta que abogados como usted podrían recibir honorarios de dineros        provenientes de la droga, que sería como lavado de dinero.
 
 -¿Y los        ladrones cómo pagan? ¡Con lo que juntan de los robos! Si es igual. Fuera        por ello no existiría ningún abogado  penalista.
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