 Cualquiera que sea el próximo  Gobernante de Chile  2010-2014, deberá hacerse cargo de un conjunto de  obligaciones y recomendaciones relativas a los derechos humanos de los pueblos  indígenas.
 Cualquiera que sea el próximo  Gobernante de Chile  2010-2014, deberá hacerse cargo de un conjunto de  obligaciones y recomendaciones relativas a los derechos humanos de los pueblos  indígenas.
 Tales obligaciones están establecidas en el Convenio 169 de la  OIT, en las recomendaciones vinculantes para Chile emitidas en los  informes de Comités de Tratados de Derechos Humanos, el  Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos, y  del Relator Especial para los derechos de los pueblos  indígenas.
 Esas obligaciones y recomendaciones, conforman una agenda mínima   ineludible. El desempeño del gobierno del Bicentenario en materia  indígena,  su calidad democrática y grado de respeto de los derechos  humanos se medirá según los avances en la implementación de esa agenda.
 Sin embargo, los programas presidenciales de la primera vuelta  electoral no estuvieron a la altura de los deberes estatales. Más  bien eluden deberes.  Ese vacío anuncia una crisis de gobernabilidad   que deberia ser subsanado antes de la segunda vuelta electoral. ¿Qué candidato  se comprometerá a cumplir con una agenda de derechos, en un estado de  derechos?
  
 1.- LA FUERZA VINCULANTE DE LA AGENDA DE DERECHOS
 La fuerza de la agenda de derechos de los pueblos indígenas deriva de los  Tratados Internacionales de derechos humanos, ratificados por Chile y que forman  parte del bloque de constitucionalidad. Y a la vez esa agenda tiene la fuerza de  reflejar las principales exigencias de los pueblos indígenas.
 En virtud de esos tratados, el estado de Chile se obliga internacionalmente,  y se somete a la vigilancia de los órganos de derechos humanos, ante los cuales  debe rendir cuenta periódicamente y aceptar e implementar sus  recomendaciones.
 No es opcional para los gobernantes implementar o no el Convenio 169. No es  opcional cumplir o no las recomendaciones de los órganos de derechos humanos. De  acuerdo a la Convención de Viena del Derecho de los Tratados, los tratados se  ratifican para ser cumplidos.
  
 2.- LOS CONTENIDOS DE LA AGENDA MINIMA
 Si se examinan en conjunto el Convenio 169 de la OIT y los informes de  recomendaciones formuladas a Chile por los órganos de derechos humanos, pueden  identificarse, a lo menos, 5 bases normativas  y   22 puntos de agenda mínima en materia de derechos de los  pueblos  indígenas.
 Bases Normativas:
 - Implementación del Covenio 169 de la OIT
 - Implementación de las recomendaciones del  Relator Especial ONU
 - Implementación de las recomendaciones de los  Comités de Tratados de DDHH
 - Implementación de las recomendaciones del Examen  Periódico Universal
 - Implementació  de la Declaración Sobre los  Derechos de los Pueblos Indígenas
  
 AGENDA DE OBLIGACIONES Y  RECOMENDACIONES
            | 
 | Obligaciones  /        Recomendaciones | Instrumento | 
        | 1 | - Reforma constitucional        para reconocer derechos de pueblos indígenas | RE, EPU, CDH, CEDR, CDN,        CDESC | 
        | 2 | - Reformas para        garantizar participación política indígena | RE, EPU, CDH,        CEDR | 
        | 3 | - Plan sistemático        derechos p. indígenas (art 2  C169) | C169 | 
        | 4 | - Incrementar Presupuesto público destinado a        políticas indígenas | C169, RE, CDN | 
        | 5 | - Consulta previa ante        medidas administrativas y legislativas (Art 6 C169) | C169, RE, CDH, CDN,        CEDR | 
        | 6 | - Consulta  y        reparación ante proyectos de infraestructuras y extractivos (Art 6        C169) | C169, RE, CDH,        CEDR | 
        | 7 | - Participación en        planes y políticas regionales (Art 7 C169) | C169, RE | 
        | 8 | - Política de        restitución de Tierras ancestrales (Art 13 C169) | C169, RE, EPU, CDH, CEDR | 
        | 9 | - Proteger derechos de        mujeres indígenas | EPU | 
        | 10 | - Proteger derechos de        niños indígenas | EPU, CDN | 
        | 11 | - Reforma de leyes        sectoriales (Aguas, minería, etc) | C169, RE, EPU,        CDH | 
        | 12 | - Reforma ley        18.314 | RE, EPU, CDH, CEDR | 
        | 13 | - Reforma de Código de        Justicia Militar | EPU, CAT, CEDR, CDH | 
        | 14 | - No aplicación de leyes        penales de excepción | RE, EPU, CAT, CEDR | 
        | 15 | - Reforma de Política        policial: alto a violencia policial y militarización | RE, EPU, CAT, CEDR | 
        | 16 | - Salud        intercultural | C169, RE, EPU, CDN | 
        | 17 | - Educación        Intercultural Bilingüe | C169, RE, EPU, CDN | 
        | 18 | - Becas        estudiantiles | RE, EPU, CDN | 
        | 19 | - Hogares        estudiantiles | C169, RE, CDN | 
        | 20 | - Programas de        desarrollo (rural) | C169, RE, EPU,        CDN | 
        | 21 | - Programas de        desarrollo (urbano) | C169, RE, EPU,        CDN | 
        | 22 | - Políticas de        erradicación de la discriminación | EPU, CEDR,        CDN | 
 C169: Convenio 169 de la OIT
 RE  : Recomendaciones del Relator Especial Sobre los Derechos y Libertades  Fundamentales de los Pueblos Indígenas. 2004, 2009
 CDN: Recomendaciones del Comité de  Derechos del Niño, 2007
 CDH: Recomendaciones del Comité de  Derechos Humanos, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos  2007
 CDESC: Recomendaciones del Comité del  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,  2004
 CAT: Recomendaciones del Comité Contra  la Tortura, 2009
 CEDR: Recomendaciones del Comité Para la  Eliminación de la Discriminación Racial, 2009
 CEDAW: Recomendaciones del Comité Para  la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, 2006
 EPU: Examen Periódico Universal, Consejo  de Derechos Humanos, 2009
 
 3.- CALENDARIO DE EXAMENES 2010-2014 Y RENDICION DE  CUENTAS
 Entre 2010 a 2014 el Estado de Chile deberá rendir cuentas del cumplimiento  de las recomendaciones de los órganos de derechos humanos. El calendario ya está  establecido, tal como se muestra en el siguiente cuadro:
  
 Informes de DDHH que debe  presentar Chile ante ONU
  Marzo 2010-Marzo  2014
            | TRATADO -        CONVENCION | FECHA Próximo         Informe
 | 
        | Convenio 169  OIT:  - Primera        memoria - Memoria        regular |   04-2010 04-2013 | 
        | Pacto Internacional de Derechos Económicos        Sociales y Culturales (atrasado) | 06-2009 | 
        | Convención sobre la eliminación de todas las        formas de discriminación contra la mujer | 01-2011 | 
        | Pacto Internacional de Derechos Civiles y        Políticos | 03-2012 | 
        | Convención sobre la Eliminación de todas        las Formas de Discriminación Racial Informe        especial: Informe        Periódico |     08-2010 08-2012 | 
        | Convención de Derechos        del Niño | 09-2012 | 
        | Convención contra la        Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o        Degradantes Informe        especial: Informe        Periódico |     05-2010 05-2013 | 
        | Convención Internacional        sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios        y de sus familiares | 04-2010 | 
        | Convención sobre los        derechos de las personas con discapacidad | 08-2010 | 
        | Examen Periódico        Universal | 05-2013 | 
 Elaboración V.  Toledo
 Los mismos instrumentos internacionales fijan plazos al Estado de Chile para  que informe del cumplimiento de sus obligaciones en un intenso calendario de  exámenes que cubre todo el período 2010-2014.
 La rendición de cuentas es ineludible.
 a) Convenio 169 de la OIT.
 El Estado de Chile debe presentar su  Primera Memoria en abril del 2010 dando cuenta  de las medidas y reformas adoptadas para el pleno cumplimiento del Convenio en  el país. Los pueblos indígenas, por intermedio de las organizaciones sindicales,  pueden y deben hacer llegar sus respectivos informes alternativos.
 En el año 2013, el Estado de  Chile debe presentar su memoria regular periódica informando de  los avances en la aplicación del Convenio 169.
 Asimismo, ya se encuentra abierta la posibilidad  de presentar denuncias ante los órganos de la OIT por eventuales incumplimientos  del Convenio 169.
 b) Comités de Tratados de Derechos Humanos.
 En el período 2010-2014 el Estado de Chile deberá  presentar sus informes y rendir examen ante 8 comités de Tratados de Derechos  Humanos.
 Chile debe informar a seis Comités de Tratados,  acerca de las medidas adoptadas para implementar las recomendaciones recibidas  en informes emitidos entre 2004 y 2009:
 - Pacto Internacional de Derechos Civiles y  Políticos:
 - Pacto Internacional de Derechos Económicos  Sociales y Culturales (atrasado)
 - Convención sobre la Eliminación de todas las  Formas de Discriminación Racial
 - Convención sobre la eliminación de todas las  formas de discriminación contra la mujer
 - Convención de Derechos del Niño
 - Convención contra la Tortura y Otros Tratos o  Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
  
 Informes especiales en 2010 ante dos comités  de tratados
 En los casos del Comité Para la Eliminación de la  discriminación Racial y el Comité Contra la Tortura, además de los informes  periódicos a presentar en 2012 y 2013 respectivamente, el Estado de Chile debe  presentar informes especiales en 2010 dando cuenta del cumplimiento de  recomendaciones específicas, varías de las cuales corresponden a asuntos  indígenas.
 Nuevas convenciones a examinar
 El Gobierno que asumirá en marzo de 2010 deberá,  además, presentar los primeros informes de Chile informando del cumplimiento de  sus obligaciones respecto a las nuevas convenciones ratificadas.
 - Convención Internacional sobre la protección de  los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
 - Convención sobre los derechos de las personas  con discapacidad
  
 c) Relatores Especiales de Derechos Humanos.
 El Estado de Chile debe dar cuenta del  cumplimiento de las recomendaciones formuladas por el Relator Especial de  Naciones Unidas Para los Derechos y Libertades Fundamentales de los Pueblos  Indígenas, y mantener la comunicación diplomática con el Relator ante sus  requerimientos de información.
 Asimismo, en virtud de la invitación abierta a los  procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos, a partir del 2010  diversos Relatores Especiales visitarán el país, en misiones especiales, a  requerimiento de la sociedad civil y los pueblos indígenas.
 d) Examen Periódico Universal.
 En mayo de 2012 el Estado de Chile debe  presentarse ante el Consejo de Derechos Humanos y dar cuenta del cumplimiento de  las recomendaciones acodadas 
 en el primer Examen Periódico Universal, realizado  en mayo de 2009.
  
  
  
    
 CONCLUSIONES
  
 1.- El nuevo gobierno de Chile -2010-2014- deberá hacerse cargo de una agenda  objetiva de obligaciones en materia de derechos de los pueblos indígenas,  fundada en obligaciones internacionales del estado.
 Al mismo tiempo, la agenda de obligaciones y recomendaciones recoge  exigencias claves de los pueblos indígenas.
 2.- La rendición de cuentas será un imperativo para el próximo Gobierno,  cualquiera sea su signo. Existe un intenso calendario de exámenes ante órganos  de derechos humanos, que cubre todo el período 2010-2014, en que el gobierno  deberá rendir cuenta acerca del cumplimiento de obligaciones y  recomendaciones.
 Con una activa vigilancia de la sociedad civil, de las organizaciones  indígenas, y de los propios órganos de derechos humanos, no será posible para el  próximo Gobierno eludir los exámenes.
 3.- Los programas presidenciales de la primera vuelta electoral no estuvieron  a la altura de los deberes estatales, y sus propuestas de política indígena no  se corresponden con las obligaciones estatales respecto a los derechos de los  pueblos indígenas. Ese vacío anuncia una crisis de gobernabilidad y deberia ser  subsanado antes de la segunda vuelta electoral.  (ver articulo anexo)
 Los aspirantes a Jefe de Estado deberán comprender que el incumplimiento de  una agenda elemental fundada en obligaciones internacionales - más allá de  comprometer la responsabilidad internacional del estado- pondrá en cuestión la  legitimidad del Estado ante los pueblos indígenas y comprometerá seriamente la  gobernabilidad de los asuntos indígenas.
 4.- La agenda mínima basada en las obligaciones de derechos humanos,  constituye una oportunidad y un desafío para el próximo Gobierno y para los  pueblos indígenas.
 El desafío del próximo gobierno será estar a la altura de los deberes  estatales en materia de derechos humanos de los pueblos indígenas. Si el próximo  Gobierno reclama ante los pueblos indígenas el respeto del estado de derecho,  debe comenzar por cumplir sus obligaciones internacionales.
 La agenda de derechos ofrece una oportunidad construir acuerdos de  gobernabilidad democrática y abrir paso a una política indígena basada en  derechos. Una política orientada a implementar las reformas necesarias para dar  cumplimiento a los derechos de los pueblos indígenas, que forman parte de las  obligaciones del estado.
 5.- La agenda de derechos  establecida en el Convenio 169 y en las  recomendaciones de los órganos de derechos humanos- es un logro del movimiento  indígenas, el fruto de más de una década de movilizaciones y activa abogacía  internacional.
 El desafío para las organizaciones indígenas es tener la constancia y energía  para exigir y vigilar en todas las instancias, la implementación de la agenda de  obligaciones estatales para con los derechos de los pueblos indígenas.
  
  
  
  
 Informe Elaborado por Víctor Toledo  LL.
 Centro de Políticas Públicas
 Santiago, 13 de diciembre 2009
  
   DOCUMENTOS RELACIONADOS
 - Programas presidenciales y políticas indígenas. Elecciones Chile  2009
 - Evaluación de programas presidenciales según estándares de  derechos de pueblos indígenas
  
 
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