JESÚS PEDREIRA CALAMITA En febrero de este año la  prestigiosa revista norteamericana TIME hacía alusión a un importante dato  estadístico: el gran incremento del porcentaje de mujeres que ganaban más que  sus maridos, habiendo pasado del 6 por ciento en 1970 al 22 por ciento en  2007.
Indudablemente el semanario, no se estaba refiriendo a que realizaran  el mismo trabajo ambos cónyuges, ya que, aunque parezca increíble, en la segunda  década del siglo XXI, todavía la diferencia de salario sigue siendo en algunos  países de casi un treinta por ciento más a favor de los hombres para unas mismas  condiciones laborales: tipo de trabajo, jornada, responsabilidad...
La  estadística aludida muestra a las claras, la importancia de las mujeres en el  trabajo, la consecución de trabajos dignos y de responsabilidad, la inserción en  todas las actividades profesionales, y en puestos directivos de las empresas.  Aún así, queda mucho camino por recorrer.
Ben  Ki-Moon, Secretario General de la ONU con motivo del Día Internacional de la  Mujer indicaba que "La igualdad de las mujeres y las niñas constituye también un  imperativo económico y social. Hasta que no se logre liberar a las mujeres y las  niñas de la pobreza y la injusticia, todos nuestros objetivos la paz, la  seguridad, el desarrollo sostenible correrán peligro".
La  Constitución Española de 1978 declara solemnemente en el artículo 14 la "no  discriminación por razón de género". La ONU ha celebrado importantes  Convenciones Mundiales de estudio de las diferentes formas de discriminación de  la mujer, destacando las de Nairobi (1985) y la de Beijing (1995).  
La Organización Internacional del Trabajo en un estudio  sobre "Las mujeres en el mercado de trabajo: medir el progreso e identificar los  desafíos" señala que: 1) las mujeres tienen más dificultades que los hombres a  la hora de encontrar trabajo; 2) Cuando las mujeres encuentran trabajo, reciben  menores salarios que los hombres. 3) Casi la mitad (48,4 por ciento) de la  población femenina con más de 15 años permanece inactiva, comparado con el 22,3  por ciento de los hombres. La Unión Europea desde el Tratado de Ámsterdam de  1999 señala como objetivos prioritarios de todas las políticas de la Unión  Europea la no discriminación por razón de género.
Tanto el Estado Español  como recientemente la Comunidad Autónoma de Canarias han promulgado respectivas  Leyes de Igualdad de Trato de Hombres y Mujeres; además, en el Gobierno Español,  hay un Ministerio de Igualdad. Aún así, aún las mujeres son minoría en  Parlamentos nacionales, en Consejos de Administración de grandes  Empresas...
¿Son suficientes todas estas Declaraciones y Normativas para  una definitiva, lógica y razonable igualdad de género, desde todos los aspectos,  incluído el económico? ¿Cómo es posible, que en 2010, la lógica más lógica,  "igual trabajo, igual salario" aún no se produzca y no sólo por razón de género,  sino, incluso por pertenencia a una determinada etnia, o incluso, ser ciudadano  de un determinado país? 
El siglo XX ha conocido numerosas conquistas por  parte de la mujer: el voto femenino, la legalización de la píldora  anticonceptiva de la que se cumplen ahora cincuenta años en EE UU, incorporación  efectiva de la mujer al mundo del trabajo...aunque también es cierto que temas  como la violencia de género, o el no tener en ciertos países derecho a una vida  libre frente a la sociedad machista son sangrantes.
Esperemos, que  las Discriminaciones Directas e Indirectas, den paso a Acciones Positivas  efectivas por la igualdad de género. Ahora hace falta algo muy obvio: igual  trabajo, igual salario.