Presentan demanda colectiva por US$260 millones contra de  Movistar
Jueves, 03  de Agosto de 2006
FUENTE:  EN  ELMERCURIO.COM
La acción tiene como  objetivo compensar directamente a los cinco y medio millones de clientes. Es  patrocinada por el Estudio de Abogados de Hernán Bosselin y Ramón Briones.  
SANTIAGO.-  El diputado DC Jaime Mulet, acompañado de los diputados Carlos Olivares, Eduardo  Díaz. Mario Venegas y Alejandra Sepúlveda – con la colaboración de  
Lo anterior, responde a una Acción Colectiva en Defensa de los Intereses de los Consumidores  de Movistar, por el mal funcionamiento del servicio de telefonía  móvil, siendo la primera acción legal contra esta empresa.
Según explicó  Jaime Mulet, la demanda demuestra claramente que las fallas en la prestación de  los servicios por parte de Movistar, eran claramente predecibles y evitables si  la empresa hubiera realizado las inversiones necesarias para no afectar a sus  clientes. “Esta acción tiene como objetivo que se compense directamente a los  cinco y medio millones de clientes que han sido afectados por Movistar, por un  monto cercano a los US $ 260.000.000. Agregó que “los problemas que ha  reconocido públicamente Movistar, fruto de su migración de redes, han sido  reiterados y constantes, y por ahorrarse una pequeña parte de las tremendas  utilidades obtenidas, nos han traspasado a nosotros, los consumidores, el  problema.”
El parlamentario explicó que desde hace varios meses  los usuarios de Movistar han sido afectados por la falta de un adecuado servicio  telefónico móvil, dejando de tener una buena cobertura en extensas zonas urbanas  donde las llamadas no se cursan, o se interrumpen constantemente, a lo que se  agregan problemas en el sonido o la activación de un mensaje que indica que el  celular está fuera de zona o apagado, cuando, en realidad, está  activo.
Mulet recordó que hace un mes presentó una denuncia por  escrito al Ministro de Telecomunicaciones, Sergio Espejo, explicitando la larga  lista de fallas y problemas en el servicio de telefonía móvil. “La semana  pasada, el Ministro y el Subsecretario anunciaron públicamente que se les harían  cargos a las compañías de telefonía móvil por haberse comprobado fallas en sus  servicios. Las multas aludidas son de alrededor de 30 millones de pesos por  compañía.”
El parlamentario agregó que “nosotros creemos que más que  hacer llegar recursos al Estado por medio de multas, es necesario compensar  directamente a los consumidores, a los afectados, a todos los que han sufrido el  problema y han tenido que pagar por tener un servicio deficiente.”.
La  extensa y detallada demanda señala que la empresa está vulnerando  
Fundamentos
Son varios los  artículos que enumera la demanda, como infringidos; entre ellos:
Artículo  3 letra b) el derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y  servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras  características relevantes de los mismos, y el deber de informarse  responsablemente de ellos. Movistar en ningún momento advirtió lo que podía  suceder por los cambios tecnológicos y hasta la fecha no lo ha  hecho.
Artículo 3 letra (d.- la seguridad en el consumo de bienes y  servicios, la protección de la salud y el medio ambiente y el deber de evitar  los riesgos que puedan afectarles. Las fallas imposibilitan realizar llamadas,  las cuales pueden ser críticas para la salud o seguridad de los clientes, como  auxilio o socorro policial, y afectan el desarrollo de actividades que se  realizan por medio de celulares, que son muchas y de gran significado  económico.
Artículo 3 letra e).- “El derecho a la reparación e  indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en  caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el  proveedor, y el deber de accionar de acuerdo a los medios que la ley franquea”.  La empresa Movistar no ha indemnizado a sus clientes por el mal servicio durante  meses. La demanda pretende, que el Poder Judicial actúe conforme a la  ley.
Art 25 “El que suspendiere, paralizarse o no prestare, sin  justificación, un servicio previamente contratado y por el cual se hubiera  pagado derecho de conexión, de instalación, de incorporación o de mantención  será castigado con multas de hasta 150 unidades tributarias mensuales.
Cuando  el servicio de que trata el inciso anterior fuera de agua potable, gas,  alcantarillado, energía eléctrica, teléfono o recolección de basura o elementos  tóxicos, los responsables serán sancionados con multas de hasta 300 unidades  tributarias mensuales.” No poder utilizar el teléfono es claramente una falta de  servicio.
La suma demandada en favor de  todos los consumidores, con o sin plan contratado, que operan a través de la red  celular de Movistar, se determinó sobre la base de un cálculo simple consistente  en un cobro de 0.20 UF ($3.600) por cada mes, desde Enero a Julio de 2006, por  cada usuario
Es este un ejemplo de como se deben controlar los servicio  prestados por empresas monopólicas y que por lo general emplean unos contratos  de adhesión altamente peligrosos para con el que tiene la posición más "pobre"  en la relación contractual.
Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com;  Más en  interesescolectivos.blogspot.com
 
 
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