LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN
Inquietud generan diferencias entre Suprema y Contraloría por cobro a sociedades de inversión
Silvana Celedón Porzio DF
Una creciente preocupación han generado en el mercado local las diferencias  entre la Corte Suprema y la Contraloría General de la República frente a los  cobros de impuestos a las sociedades de inversión.
Es que el máximo  tribunal ha emitido en los últimos años una serie de fallos que señalan que una  sociedad que no realiza actividades comerciales ni industriales, sino que  inversiones pasivas, es decir, invierte en acciones, depósitos a plazo y otros  instrumentos, no tiene que pagar patente municipal. 
Sin embargo, el  organismo fiscalizador ha sido de la opinión contraria, por lo que los expertos  tributarios anticipan una fuerte judicialización frente a estos  temas.
Los argumentos en disputa
El socio de Cariola Díez  Pérez-Cotapos, Oscar Ferrari, advierte que "las municipalidades están fundando  el cobro a las sociedades de inversión en ciertos dictámenes de la Contraloría,  por lo que los contribuyentes afectados deberán recurrir a los tribunales para  ver si su caso concreto es fallado de  la misma forma que los fallos  recientes de la Corte Suprema, que eximieron del pago de patente comercial a las  sociedades puramente de inversión".
El problema, agrega el experto, es  que "las municipalidades están dando una aplicación general a los dictámenes de  la Contraloría, mientras que a los fallos de la Corte Suprema sobre la materia  le dan un efecto limitado exclusivamente al caso sometido al conocimiento de la  Corte". 
Frente a esto, Ferrari acusa que "la señalada situación -donde  las empresas han debido interponer un reclamo de ilegalidad y discutir la  procedencia del cobro- implica pérdida de tiempo y una serie de recursos".  Además, señala que "pareciera haber una contradicción en las  interpretaciones".
El socio de Asesoría Tributaria de Ernst & Young,  Rodrigo Hernández, sostiene que las citadas diferencias frente a los cobros  generan "inseguridad jurídica, por sobre todo, ya que ante la discrepancia cada  municipalidad puede tener su propia opinión al respecto y aunque después se vaya  a juicio, nada garantiza que la postura sostenida hasta ese momento se mantenga,  por cuanto las sentencias sólo tienen efectos relativos; es decir, sólo vinculan  a las partes respecto de las que se pronuncia".
Criterio en  tribunales
El abogado Christian Aste, socio de MAAS, explica que "dado  que lo que la ley grava es el hecho material, real, efectivo y cierto del  ejercicio de una actividad profesional, primaria, secundaria o terciaria, no hay  obligación tributaria, cuando el contribuyente es una sociedad de inversión que  asume un rol pasivo, independientemente de que sea o no anónima".
Una  postura similar plantea  el socio de Deloitte Cristian Mecklenburg, quien  es categórico en afirmar que "las sociedades de inversión no están gravadas con  patente". 
Esto, explica el jurista, porque "la Ley de Rentas no grava a  un contribuyente por el hecho de serlo, sino que el ejercicio de algunas de las  actividades como las extractivas, de transformación de bienes y venta, comercio  de bienes o prestación de servicios. Y las sociedades de inversión no hacen eso.  Ahora, si una sociedad presta asesoría financiera se grava la realización de esa  actividad, pero sólo eso".
Polémica por  domicilio
Mecklenburg suma un elemento adicional a las diferencias entre  la Suprema y la Contraloría. Es que, afirma, "el Servicio de Impuestos Internos  detectó que hay muchas sociedades -principalmente de inversión- sin registro de  domicilio, por lo que realizó una lista de más de 70 mil contribuyentes y la  puso a disposición de las municipalidades, entonces estas últimas han enviado  una serie de cobros de patentes, donde incluso hay personas naturales con  ahorros". De ahí que el experto pide una solución frente a este tema.
Sociedades de inversión
Son aquellas sociedades que no son  anónimas y que, de acuerdo a sus estatutos, sólo pueden realizar inversiones  pasivas, es decir, invertir en acciones, depósitos a plazo, etc., pero que no  desarrollan actividades comerciales o industriales ni prestan servicios o  asesorías.
Patente municipal
Es el tributo exigido por la ley a quien ejerce  una actividad comercial, industrial o que presta servicios en la comuna. En la  Región Metropolitana la mayoría de los municipios cobra un 0,5% del capital  propio de cada contribuyente.
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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