fue promulgada ayer por la presidenta, quien enfatizó prohibiciones sobre uso de información privilegiada
Los principales puntos que incluye la Ley que perfecciona los gobiernos de las empresas
A primera hora de ayer la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, hizo oficial la nueva Ley que perfecciona la Normativa que regula los gobiernos societarios de empresas chilenas, con un especial énfasis en el uso de información privilegiada. La mandataria destacó las diferencias que se incluyeron en esta materia: "establece que la prohibición de utilizar información privilegiada se extienda a la enajenación de valores, salvando así una omisión de la antigua ley que sólo la consultaba en caso de la compra de acciones, pero no cuando alguien se deshacía de ellas para evitar perjuicios", destacó. Pero además subrayó los cinco principales cambios que deberán incorporar las empresas locales a partir del primero de enero del próximo año.
Más y mejor información al mercado
La nueva Ley incrementa la divulgación de información al mercado, ya que  obliga a los accionistas a que controlen el 10% o más de las acciones de una  sociedad abierta, así como a sus ejecutivos principales, a informar a la  Superintendencia de Valores y Seguros  (SVS) y a cada una de las bolsas, de  toda compra o venta de valores de esa sociedad, a más tardar al día siguiente en  que se ha materializado la operación.
Además, será el directorio el  responsable de adoptar las medidas necesarias para evitar que la información de  la sociedad sea divulgada a uno o más potenciales inversionistas, antes de ser  puesta a disposición de todos los accionistas y del público.
IncorpOración de directores independientes
 Uno de los puntos que ha generado un mayor  impacto en el mercado es la incorporación de directores independientes,  estableciendo la obligatoriedad de su participación en la integración del comité  de directores que dispone la Ley.
Indica que las empresas en las cuales  sobre el 12,5% de sus títulos sean de accionistas minoritarios y cuenten con una  capitalización bursátil de al menos UF 1,5 millones (unos 
US$ 55 millones)  deberán elegir al menos un director independiente, el que deberá cumplir con una  serie de requisitos y podrá ser elegido con los votos de todos los accionistas,  sin excluir los votos del controlador, como ocurre hoy.
Definiciones en información privilegiada
Otro de los avances de la normativa y que generó gran expectación fueron las  especificaciones que se entregaron en materia de información privilegiada. Como  base, la nueva normativa establece la prohibición de vender valores cuando se  está en posesión de información privilegiada.
Para ello, cada compañía  deberá adoptar una política interna la que  puede incluir la prohibición  total y permanente de transar los valores, una prohibición total y transitoria  en atención a los eventos de la empresa (como presentación de la FECU o una  fusión), o una regla que impida o limite la especulación, estableciendo un  tiempo mínimo de tenencia de los valores.
Reformas para empresas auditoras e intermediarias de valores
Las compañías relacionadas con las empresas chilenas también deberán cumplir  con nuevas disposiciones de la Ley N°20.382 promulgada ayer.
Por parte de  los auditores externos de las empresas, la normativa establece nuevas normas que  aseguran la rigurosidad de los informes de auditoría y la obligación de los  representantes de estas entidades de asistir a las juntas para responder las  preguntas de los accionistas.
Por parte de las corredoras, la normativa  también incluye nuevas regulaciones para evitar que las intermediarias pongan  sus propias órdenes por delante de las de sus clientes en las juntas de  accionistas.
Alcances en casos de Ofertas Públicas de Acciones declaradas exitosas
En lo que se refiere a una Oferta Pública de Acciones (OPA) la Ley indica que  en el caso de que sea declarada exitosa y que el controlador se quede con sobre  el 95% de los títulos de la firma, los poseedores de los títulos que conforman  el 5% restante podrían obligar, incluso expirado el plazo límite, a que también  se le compren sus acciones ejerciendo un derecho a retiro.
Al mismo  tiempo, se le ofrece al controlador de la compañía la posibilidad de comprarle  forzadamente sus papeles al accionista que se quedó con ese 5%. 
Para que  este derecho opere, tiene que haberse pactado previamente en los estatutos de la  empresa.
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
Diplomado en Gestión del Conocimiento de la ONU
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SANTIAGO CHILE
 
 
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