Un empresario y discapacitado + una empresaria muy conocida quieren aber sobre lo que la incapacidd significa y que hace el Estado en estas materias. Para ello nos vamos a la fuente inagotable de información que es www.bcn que pueden hacer los discapacitados en cuanto a su integración en la sociedad y en el mundo de la empresa o laboral.
ESTA ES UNA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TODO DISCAPACIDADO DEBE LEERLA Y ASIMILARLA. ES MUY IMPORTANTE .
LA LEY SE SUPONE CONOCIDA... PERO HAY QUE SABER DONDE ENCONTRARLA. AQUI HAY NORMAS IMPORTANTES. LA LEY TIENE QUE LLEGAR AL CIUDADANO , ESTA ES UNA FORMA...
La integración de los discapacitados
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¿Qué es un discapacitado? Según el Primer Estudio Nacional de la Discapacidad, publicado en 2004 por el Fondo Nacional de la Discapacidad (FONADIS) y el Instituto Nacional de Estadísticas, discapacidad es "un término genérico, que incluye deficiencias de las funciones y/o estructuras corporales, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, indicando los aspectos negativos de la interacción entre un individuo (con una 'condición de salud') y sus factores contextuales (factores ambientales y personales)". La Ley N° 19.284, de integración de discapacitados, dice que una persona con discapacidad es "toda aquélla que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, síquicas o sensoriales, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que las hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración social". Según este criterio, en Chile hay 2.068.072 discapacitados, es decir, un 12,9% de la población chilena. La mayoría de ellos manifiesta lo que se cataloga como "discapacidad leve": 1.150.133 personas tienen problemas para realizar actividades cotidianas (vestirse, asearse, estudiar, alimentarse, trabajar, comunicarse, etc.) pero se mantienen independientes y no requieren la ayuda de otros. En el otro extremo, 403.942 personas están catalogadas como con "discapacidad severa", es decir, necesitan de terceros para realizar gran parte de su vida diaria y tienen poco o ningún éxito en superar las barreras de su entorno. Un elemento importante a tener en cuenta es el concepto de "un tercio" que la ley establece como medida para designar a alguien como discapacitado. En el caso de la deficiencia síquica o mental, este tercio es fácilmente cuantificable a través de una prueba de coeficiente intelectual validada por la Organización Mundial de la Salud. Se es discapacitado si el rendimiento intelectual es igual o inferior a 70 puntos de coeficiente. Sin embargo en los casos de deficiencias sensoriales o físicas, como ceguera o extremidades faltantes, las delimitaciones no existen y se vuelven más bien un asunto de criterio. Frente a la no menor cifra de chilenos con algún grado de discapacidad es que se considera necesaria la implementación de una política bien establecida para que estas personas superen los obstáculos que la vida diaria, pensada para la gente "sana", les impone de variadas formas: desde las dificultades para ver noticias en televisión, pasando por los problemas para acceder a edificios y construcciones, hasta las barreras que aparecen a la hora de recibir educación. En otras naciones ya hay importantes logros. En Italia, la ley Nº 482 del 2 de abril de 1968, que refiere a las obligaciones de las empresas publicas y privadas respecto de la contratación de individuos, obliga a tener como parte del personal en empresas privadas y administración pública a "los inválidos por el trabajo, los inválidos civiles, los ciegos, los sordomudos, los huérfanos y las viudas de los caídos en guerra o por el servicio, o por su trabajo, los ex tuberculosos y los exiliados". Además, se estipula como obligatorio para las empresas públicas y privadas, o las administraciones públicas que tengan más de 35 personas, la contratación de personas con discapacidad sin mediar concursos ni considerar la incapacidad física. En Suecia existe incluso una entidad gubernamental denominada Handikappombudsmannen (HO, ombudsman de los discapacitados), un defensor público de los discapacitados. En Estados Unidos se utiliza un enfoque distinto para lidiar con los discapacitados: se privilegia la equiparidad de oportunidades entre todos los ciudadanos, o sea, se pone énfasis en no hacer distingos ni diferencia entre ellos, los cuales por su esencia tienen los mismos derechos y obligaciones. Esto permite al Estado la posibilidad de funcionar sin necesitar de un organismo público que vele deliberadamente por los discapacitados, sino que funciona fortaleciendo las instancias particulares que los propios ciudadanos organizan, otorgándoles un sostén legal que les permite hacer valer sus derechos, que son los mismos para todos. En Chile hay varias normas que pretenden facilitar el acceso de los discapacitados a la educación, el empleo y la vida en sociedad. De ellas, la más relevante es la Ley N° 19.284, también conocida como "Ley de Integración de Discapacitados", que da diversas instrucciones orientadas a los medios de comunicación, la locomoción colectiva, el diseño de espacios públicos, el uso de perros guías, el acceso a la salud, la construcción de viviendas, los programas de inserción laboral, creación de exenciones tributarias para productos a favor de los discapacitados, etcétera. Sin embargo aún hay trabajo por hacer. Según el mencionado estudio de FONADIS, sólo la mitad de los discapacitados chilenos ha completado la educación básica y 54.917 de ellos (el 2,66% del total de personas con discapacidad) ha terminado sus estudios superiores. Y, además, el 70,8% de los discapacitados no realiza ningún tipo de trabajo remunerado. En el Congreso Nacional están en tramitación varios proyectos de ley destinados a mejorar la Ley de Integración de Discapacitados y adecuarla a los nuevos desafíos. De ellos, el más relevante es el originado de una Moción del Ejecutivo ingresada a la Cámara de Diputados el 18 de mayo de 2005, que refunde numerosas mociones parlamentarias que apuntaban al mismo objetivo. El proyecto en cuestión toma como referencia la legislación internacional sobre el tema, considera las directrices de organizaciones internacionales como la OMS y cambia el enfoque al cambio en el entorno social en vez de centrarse en las deficiencias particulares de las personas. Entre sus elementos destacados están una nueva definición de "discapacidad" más acorde con modelos de la OMS y basada en las limitaciones en la interacción social, fijación de principios rectores para la aplicación correcta de la ley, trata la prevención y la rehabilitación como elementos separados con sus propios sentidos, refuerza la regulación sobre equiparación de oportunidades (instando al Estado a hacer cambios en sus planes y programas) y modifica el FONADIS en el marco del proceso de modernización del Estado. Actividades La Biblioteca del Congreso Nacional participa activamente de eventos destinados a la discusión, difusión y toma de conciencia de la integración de los discapacitados a nuestra sociedad. En el pasado la BCN ha sido sede de foros e instancias de debate sobre este tema. En octubre hay un nuevo evento: el Mes de la Discapacidad 2005, organizado por la BCN y la Cámara de Diputados junto con diversas instituciones públicas y privadas. Durante dicho mes habrá jornadas en centros de salud, universidades y centros culturales. Dos actividades a destacar son el foro "Políticas Públicas e Integración Laboral", que tendrá lugar el 5 de octubre en la Biblioteca del Congreso Nacional y al que asistirán los candidatos presidenciales, y el Carnaval de la Esperanza, que será el 18 de octubre en Viña del Mar y Valparaíso.
¿Discapacidad, que es?: Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com rogofe47@hotmail.com
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sábado, septiembre 24, 2005
ENSEÑANZA DE DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGIAS
LA ENSEÑANZA DEL DERECHO EN CHILE DEBE EXPERIMENTAR CAMBIOS
Rodrigo González Fernández
Rogofe47@hotmail.com
«En el ámbito del Derecho el impacto de la tecnología o de las tecnologías, TIC , suscita problemas de diversa índole a los que con frecuencia la normativa tradicional no da solución. Se trata, entonces, que las Universidades deberán formar abogados con capacidad para afrontar los desafíos que la tecnología origina, pero sin olvidar el fin primordial universitario que consiste en la formación de la inteligencia, de los hábitos intelectuales, de los métodos científicos, en la capacitación, para que el futuro profesional o investigador sea él mismo y por él mismo capaz de afrontar la problemática que se le presentará en el ejercicio profesional.(Ver más consultajuridica.blogspot.com ) No cabe duda que ello genera un apasionante desafío a los juristas y la universidad tiene en su dilucidación un papel preponderante;
Pero también los futuros abogados y los estudios de abogados ya instalados, sean nuevos o antiguos, van a requerir de la poderosa herramienta que es el marketing jurídico que recién se empieza a ver algo sobre ello en Chile porque los grandes estudios de abogados ya lo consultan y lo están aplicando. Ver más sobre esto en ( marjurídico.blogspot.com)
Para afrontar el inminente cambio en la enseñanza del derecho habrán de venir nuevas legislaciones que habrán de crearse para satisfacer las transformaciones que se requieran y entonces se requerirán acciones de lobbying profesional , sin caer en el trafico de influencias ( ver más lobychile.blogspot.com )
«Sin duda, una de las ventajas diferenciales de la Carrera de Derecho de la Universidad la República en Chile, es la línea de la Administración de Controversias, la que permitirá formar abogados para atender a la solución de conflictos, no sólo desde el derecho procesal tradicional, sino también a través de la mediación, el "gigante dormido" de la abogacía, y otros medios alternativos de resolución de conflictos, como el arbitraje y la conciliación. arbipyme.blogspot.com Esta perspectiva está de acuerdo con las actuales tendencias de la enseñanza del Derecho, lo que marca la diferencia entre el abogado tradicional, formado exclusivamente en la afirmación de la defensa de su cliente o en el ataque del contrario. Un abogado que actúe en la prevención ( consultajuridica.blogspot.com y no sólo en la etapa final de la controversia. En fin, un abogado completo
«Sin prescindir de la formación integral, de los conocimientos fundamentales del Derecho y del conocimiento general de sus diversas áreas, el desarrollo vertiginoso de las telecomunicaciones y de Internet y el volumen cada vez mayor de acciones comerciales, financieras y contractuales que se hace por estos medios determina que la demanda de abogados con conocimientos sólidos en temas tecnológicos vaya siendo cada vez mayor en nuestro país y en el mundo, que las Universidades en Chile deben ir entregando a sus alumnos
En Chile con el cúmulo de tratados internacionales con grandes potencias como EEUU y la Comunidad Europea, la Sociedad de la Información y el mundo globalizado, exigen que los nuevos abogados sean formados con criterios sólidos de ética, modernidad, organizativos, que intervengan activamente en la prevención y solución de los conflictos y alejados de los modelos tradicionales que hoy resultan limitantes para el ejercicio eficiente y eficaz de la profesión. Las carreras de derecho deberán formar esos nuevos abogados con sólidos conocimientos de Derecho y estrechamente vinculados a las nuevas especialidades que el mundo actual demanda: reitero, Medios Alternativos de Solución de Conflictos, Derecho Informático, Derecho de las Telecomunicaciones, Comercio Electrónico, Derecho de la Biotecnología, bioet.blogspot.com entre otras.
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