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lunes, agosto 29, 2005

LA CADUCIDAD PERSONAL VERSUS EL MARKETING JURIDICO
Se habla hoy de un mundo en que prima la caducidad personal. Si no innovas, si no marketeas jurídicamente tu estudio jurídico vas a quedar caduco, porque ese es el principal impacto de nuestra realidad actual ; no cambiaste y te quedaste fuera. Ahora, si pensamos globalmente, compitiendo con millones – 6 mil millones a lo menos – la cosa es más drástica. Lo más probable es que tu empresa, tu estudio ya lo este caduco y sigue viviendo por la inercia .

Porque lo que tu sabias hasta hoy, lo que estabas acostumbrado hacer hasta hoy ya no te sirve ni le sirve al mundo. Lo que tu eres capaz de hacer hoy ya no te sirve más ; los roles que desempeñas en tu compañía también irán modificándose y pronto van desaparecer y surgir otros .Asi la velocidad del cambio nos ha llevado a esto a que seamos rápidamente caducos. Por ello , como tu vas quedando caduco, tu empresa , tu estudio de abogados, tu consultora va a ir quedando progresivamente caduco. Para evitar esto hay que hacer marketing Jurídico.
Saludos Rodrigo González Fernández,
marjuridico.blogspot.com

domingo, agosto 28, 2005

MARKETING JURIDICO PARA CHILE


UN PAUTEO RAPIDO DE LO QUE ENTENDEMOS POR MARKETING JURIDICO EN CHILE Rodrigo González Fernández, marjuridico.blogspot.com

Esta es una pauta presentada a un estudio de abogados muy importante en Santiago y Argentina aplicable a cualquier estudio no importando el tamaño o forma de organización:

1. El ejercicio, las prácticas de la profesión de abogado , de la abogacía en general no es la misma de hace 10 años , no es la misma que conocíamos antaño, ha cambiado en forma espectacular, es otra muy diversa y dinámica.
2. La habilidad para darse cuenta de esta realidad hará la diferencia. Porque aún hay quienes que no lo reconocen. También, hará que unos crezcan, otros se estanquen y bien desaparezcan del mercado.
3. La profesión de Abogado es talvez una de las que más se ha masificado, y sin embargo su estudio u metodología del mismo sigue prácticamente igual que hace un siglo.
4. La práctica del derecho se está internacionalizando, es más ya se globalizó. Ello trae un conjunto de consecuencias
5. Han surgido y seguirán surgiendo nuevos competidores de otras profesiones, - a los abogados se les han ido quitando actividades tradicionalmente suyas – se han ido quedando , perdiendo posiciones en la actividad laboral. Pero al mismo ocupando otros campos que antes ni se soñaban.
6. Las nuevas tecnologías TIC han acelerado los procesos de gestión y eficacia en los estudios , han acelerado la obtención de informaciones, los registros, la operatividad en general, el contacto con tribunales, con el resto del mundo
7. El Mercado, sin querer o más bien forzando a ciertos estudios los han llevado a cambios y fusiones ; hay un número creciente de fusiones y alianzas entre bufetes, un número creciente de estudios especializándose o buscando las especialidades etc.
8. En un mercado jurídico altamente competitivo y con nuevos retos, las TIC son una necesidad y a la vez el marketing – como cualquier actividad – se hace necesario, vital
9. Los abogados , por lo general desconocen las acciones de marketing en general , no se los enseñaron en las Universidades.
10. El abogado necesita cada vez más conocer y utilizar las técnicas de gestión empresarial, técnicas de mercado y actuar conforme a ellas.
11. Entre ellas, la disciplina clave, que el marketing, como en cualquier empresa de servicios profesionales se debe establecer como una más de la actividad . Que es diverso del de aquella empresa productiva
12. Y no hay ninguna duda de que a los ojos de los clientes , ya que éstos hoy están más atentos y vigilantes que antes -cuya percepción, en definitiva es lo que cuenta- porque el cliente es el que da vida a los estudios - un bufete, un estudio de abogados es una empresa de servicios jurídicos y de ello ya no hay duda.
13. Aunque con unas características específicas en la que la relación de confianza entre el abogado y el cliente es básica, la orientación al servicio será la tónica del futuro. Allí es donde hay que apuntar.
14. Que duda cabe entonces , que el abogado puede y debe utilizar técnicas de marketing jurídico modernos .
15. Un conjunto de técnicas respetuosas con la ética y la deontología profesionales, con la dignidad de la profesión de abogado son inminentes e inevitables para , primero la subsistencia y luego para crecer.
16. Los propios abogados, cualquiera sea su estructuración y forma de operar de organizarse , grandes o pequeños estudios, tal y como vamos constatando durante, las reuniones personales, los cursos y conferencias sobre marketing para abogados que se van impartiendo , comienzan a estar convencidos de ello y evidentemente que reaccionan favorablemente , porque nadie quiere ver diluidos, perdidos o menoscabados sus esfuerzos .
17. En general, la ausencia de uso de técnicas de marketing por parte de la abogacía se ha debido a que ha tendido a confundir el marketing con la publicidad o la venta, y la producción del servicio jurídico con su marketing propio y especial . Los antiguos abogados, en el concierto mundial, van en retirada de estos conceptos y adoptando modernas técnicas de marketing jurídico. Incluso, hay que decirlo, algunos países prohibían , colegiadamente a sus afiliados el poder realizar acciones de marketing. Grandes estudios se dieron cuenta del error y ya ni siquiera pertenecen a los “ Colegios Profesionales “ que limitan la actividad empresarial de sus afiliados.
18. La confusión entre los mencionados conceptos ha llegado hasta el punto de que muchos abogados han creído que si un abogado es un buen letrado no necesita el marketing. Eso hoy se considera un error de gran importancia
19. La finalidad básica del marketing es crear y ofrecer valor a la actividad, al estudio no importando su tamaño..
20. El marketing jurídico, en concreto, es el nexo de unión entre el abogado y el mercado.
21. Ayuda al despacho, al estudio a orientar mejor sus recursos y esfuerzos, a poder aumentar su cobertura de mercado . Para ello las acciones de lobbying no están ausentes, obviamente “sin caer en el tráfico de influencias”.
22. Un moderno estudio bajo las acciones de marketing jurídico, bajo las acciones de lobbying sin caer en el tráfico de influencias “ hace que sus cualidades diferenciales sean reconocidas, establecidas y garantizadas por la eficiencia en la gestión. En suma más clientes, mejores clientes y mayores ingresos.
23. Asi entendido , El marketing jurídico es un proceso de construcción de mercados y posiciones, de toma de nuevas y estratégicas posiciones en el mercado esto ya nadie lo discute en el mundo intelectual
24. Pero hay que ser claros, no sólo de promoción o publicidad, sino que un marketing jurídico integral progresivo..
25. Facilita al abogado la posibilidad de darse a conocer, de que lo ubiquen, que conozcan sus fortalezas, de diferenciarse positivamente de la competencia y de fortalecer su imagen.
26. La aplicación del marketing jurídico debe tener siempre como base la excelencia técnica, en derecho en general , en las especialidades y a ello sumado en el lobbying y las relaciones públicas del letrado.
27. A diferencia de otros sectores del mundo profesional, la publicidad, como actividad de promoción, en el marketing jurídico no tiene un papel principal. Son otros los aspectos que van cobrando efectiva relevancia.
28. En definitiva, la finalidad básica del marketing jurídico es entonces :crear y conservar clientes, agregar clientes nuevos y fieles , diferenciar sustantivamente al despacho, al estudio de la competencia y construir una marca, estructurar una marca del abogado , del bufete o estudio. Posicionarlo en un mercado competitivo como estudio de excelencia
29. Asi, entonces, “ un despacho con personalidad y carácter, con marca”, con nuevos y antiguos clientes, implicará para la mayoría de los “clientes potenciales” una garantía de calidad y una reducción del tiempo dedicado a la elección de letrado ,de despacho de abogados muy significativa y eficaz..
30. Disponer de una marca potente evita al abogado la competencia en precios y la erosión de márgenes. Caer en “guerra de precios”, es nefasto para el estudio de abogados y peor aún a la larga para el cliente. Generalmente terminará pagando más.
31. Entonces, el marketing jurídico “evitará que el principal criterio de decisión del cliente a la hora de contratar los servicios del abogado sea, a parte de la lógica recomendación, el precio. Todo esto es lo que se entiende globalmente por el concepto de marketing jurídico en los tiempos actuales y que en Chile recién comienza a tomarse en cuenta por los estudios de abogados . Por lo tanto, para mayores antecedentes pueden consultarnos y atenderemos vuestras necesidades .
Saludos
Rodrigo González Fernández
consultajuridica.blogspot.com
marjuridico.blogspot.com

DON FERNANDO FLORES - SENADOR - NOS ENSEÑA

FERNANDO FLORES - EL SENADOR - fernandoflores.cl - nos enseña a diario . Guardemos esta información - estas técnicas - porque será de mucha utilidad y hay que aprenderla Veamos:

Existen conceptos y aplicaciones relacionados con los blogs que ya hemos explicado aquí anteriormente, pero que vale la pena insistir. Y el RSS es uno de ellos, ya que con esta tecnología a mi juicio los blogs son por lo menos un 200% más poderosos.
Por eso, quiero recomendar la Guía de RSS que elaboró Atina Chile y que constituye una excelente introducción a un aspecto que es tan importante como el blog.
Atina Chile hizo un magnífico trabajo, por lo que a continuación transcribo el texto de esta guía, que se encuentra permanentemente disponible en su sitio web:
¿Qué es el RSS?
Significa Really Simple Syndication y permite que uno pueda suscribirse a un sitio web, de manera de recibir siempre los últimos contenidos publicados en éste (dentro de otras funcionalidades más avanzadas).
¿Cómo puedo usar el RSS?
Como usuario, puedes seleccionar y suscribirte a miles de fuentes y sitios web. Te enseñaremos esto más abajo.
Como dueño de un blog, puedes invitar a tus visitantes a suscribirse a tu sitio.
Por ejemplo, los sistemas como Blogger tienen un archivo denominado "atom.xml" que provee el RSS, así es que si tienes un dominio del tipo "http://miblog.blogspot.com" tu RSS sería "http://miblog.blogspot.com/atom.xml"
¿Con que programas puedo ver el RSS?
Existen diversos programas, unos funcionan como navegadores Internet donde puedes ir añadiendo mientras navegas, y otros sólo te sirven para el propósito del RSS. Te recomendamos que elijas alguno de los siguientes:
- Bloglines (basado en web)- Firefox- Opera- RSS Reader
Hay una lista más completa en este link.
¿Cómo añado RSS?
Nota: en este ejemplo mostramos como usar Bloglines, sin embargo es útil también para los otros sistemas mencionados. Elegimos Bloglines por su movilidad: puede ser accedido desde cualquier computador con Internet en el mundo.
1) Registrarse
Primero creamos una cuenta completando una Direccion de email válida, una Contraseña (2 veces), la Zona Horaria (-0400 para Chile) y el Idioma. Al presionar el botón "Registrar" se nos enviará un email a la dirección que indicamos más arriba. Ese email contiene un link que activará nuestra cuenta. Mira el siguiente ejemplo:
2) Comenzar a añadir RSS
Cuando hacemos click en el link que se nos envió por email, nos aparecen algunas sugerencias de Bloglines sobre algunos RSS populares. Podemos elegir algunos y suscribirnos, o bien hacer click en el botón "Mis Noticias" ubicado arriba a la izquierda...
Ahora haz click en "Añadir"...
Y ya estamos listos para añadir nuestro primer RSS. En este caso lo haremos con el de Atina Chile. La dirección de nuestro RSS es:
http://www.atinachile.cl/node/feed
Y añadela como aparece en la siguiente imagen:
Presiona el botón "Suscribirse" y verás las siguientes opciones:
Te aconsejamos dejar las opciones tal como aparecen en la imagen. Presiona "Suscribirse" una vez más, y verás que a la izquierda se ha sumado el RSS de Atina Chile...
y si haces click en ese link verás algo similar a esto...
y Listo! esto es todo lo que necesitas para comenzar a añadir RSS a tu lector preferido (Bloglines o los otros mencionados). Para seguir añadiendo fuentes de noticias sólo tienes que repetir los siguientes pasos.
Visiten el blog de don Fernando Flores y se sorprenderán a diario , saludos Rodrigo González Fernández

viernes, agosto 26, 2005

AL SR PRESIDENTE DEL SENADO

SeñorSergio Romero Pizarro
Presidente del Senado
República de ChileValparaíso.

Se encuentra en estudio para su ratificación y reformas constitucionales previas el Proyecto de Corte Penal Internacional.Un grupo de profesionales multidisciplinario nos hemos reunido para estudiar este proyecto y en parte hemos concluido que la ciudadanía poco o nada conoce de lo que es la Corte Penal Internacional, su significación a nivel mundial y las implicancias y efectos para Chile.Entonces, sería de toda importancia una mayor difusión masiva a la ciudadanía, al ciudadano común sobre lo que ello lleva implícitoSaluda atentamente a Ud,
Rodrigo González Fernández
Corpenal.blogspot.com

domingo, agosto 21, 2005

Hoy nos consultan sobre Marketing jurídico

Nos consulto un estudio pequeño de abogados por "MARKETING JURIDICO" Ha sido toda una sorpresa y desafio. Ellos con 12 abogados de todas las edades y especialidades, no se sentían una empresa. Se aplico nuetras técnicas de Marketing Jurídico, pero las respuestas fueron sorprendentes y rápidas Bueno, en dos semanas hicimos crecer al doble las atenciones a clientes - que estaban regularmente atendidos y luego de dos meses , subimos al doble los ingresos... Se imaginan como estarían los socios fundadores y mayoritarios.... felices, satisfechos y contentos.

Consulten : Rodrigo González Fernández , rogofe47@hotmail.com

viernes, agosto 19, 2005

NOSOTROS ESTAMOS PREOCUPADOS POR LA ENSEÑANZA DEL DERECHO EN GENERAL PERO ESTO PUEDE AYUDAR...

Kathy Sierra publica en su blog una lista de consejos para mejorar la labor de la educación. Esto lo descubrimos en el blog de José Luis Orihuela. Se publicó en el Blog fernandoflores.cl y ahora acá porque es tremendamente importante
Sería bueno abrir una discusión con los educadores sobre estos puntos.
A continuación les ofrezco esta lista traducida al español por Marina Quiñones:
Once Puntos a Conocer
1) Re-conoce la diferencia entre estar "oyendo" y estar "enseñando".
2) Conoce la forma en que el cerebro toma decisiones acerca de cuándo prestar atención y qué recordar.
3) Conoce cómo aplicar lo que aprendiste en #2. En otras palabras, conoce cómo lograr que tus aprendiendos sientan.
4) Conoce la gran variedad de estilos de aprendizaje, y cómo incorporar tantos como sea posible en tu experiencia-aprendiendo.
5) Conoce lo(s) fundamental(es) de la teoría de aprendizaje en curso.
6) Conoce por qué -y cómo- los buenos anuncios ayudan.
7) Conoce por qué -y cómo- las buenas historias funcionan.
8) Conoce un poco sobre el "método Socrático". Conoce por qué es mucho más importante hacer buenas preguntas que, proporcionar todas las respuestas.
9) Conoce por qué la gente a menudo aprende más observando el error, que observando lo correcto. Conoce por qué el cerebro gasta mucho menos tiempo procesando cuestiones que se adecuan a las expectativas, del que gasta en cuestiones que no se encajan con lo esperado.
10) Conoce por qué es tan importante estudiar y mantener actualizadas las habilidades docentes, como mantener actualizadas tus otras capacidades profesionales.. Sí, HAY organizaciones profesionales para trainers, con conferencias, publicaciones y discusiones online.
11) Conoce por qué proyectar slides para facilitar el aprendizaje en clase puede -a veces- ser la peor acción posible.

sábado, agosto 13, 2005

PUEDE SER UN ESTUDIO DE ABOGADOS PEQUEÑO SER COMPETITIVO?

¿CÓMO PUEDE UN DESPACHO DE ABOGADOS PEQUEÑO SER COMPETITIVO?

En el mundo actual cualquiera sea la empresa o actividad hay que ser competitivo .Competir es de la esencia del Mercado. Para ser competitivo, los expertos en el tema señalan que :
Lo primero es tener autoestima, confianza, seguridad y disposición en las propias capacidades, en nuestras propias seguridades. ...es creerse el cuento como se dice vulgarmente ....
Lo segundo, es no imitar a los que marcan las reglas del mercado ( porque pueden o estar equivocados o solo obedecen a sus propios intereses ), que son las grandes empresas del asesoramiento jurídico.
Lo tercero, que se señala y ya es cosa indubitada y es especializarse, con independencia de la ubicación geográfica de la firma.
Sin embargo, contodo, lo esencial, se dice que es la capacidad de formar un equipos – conjunto de personas afiatados y leales , de excelecia profesional, con la actitud y disposición adecuadas y la capacidad de crear y establecer una marca, un nombre con un significado en el mercado( una idea de firma asociada al concepto) para evitar la competencia en los precios, en las tarifas( caer en el juego de precios y tarifas es muy delicado , muy peligroso) ; un nombre que transmita confianza y credibilidad, y que atraiga el tipo de clientes y casos, que quiere tener el despacho de abogados.

Los pequeños y los medianos estudios de abogados pueden ser fuertes si optan por especializarse, en una o unas pocas especialidades en las que sean muy buenos como profesionales. También lo serán si crean nuevas especialidades , productos o servicios legales. Lo adecuado, es entonces, concentrarse con una o pocas especialidades o unos nuevos productos y hacer crecer esos mercados, esos segmentos , siendo la referencia en los mismos, sin miedo a dejar de "recibir todo lo que nos llega", sin embargo saber derivar a quien corresponda .

Un nuevo mercado( que son los mejores ) pueden ser incluso uno en el que haya muchos competidores, pero que no estén posicionados, es decir que los clientes potenciales desconozcan su existencia o bien no les consideren una referencia. La mayoría de estudios , por su falta de estrategia de marca y su poca comunicación externa, y muchas veces también interna muy deficitaria , tienen un problema de posicionamiento, consciente o inconsciente, generalmente adquirido por el transcurso del tiempo sin el ejercicio del marketing jurídico adecuado .

En Chile, hay muchos estudios pequeños y medianos, que dirán …en efecto, hace muchos años que lo hago asi…y asi ya lo hizo mi padre y mi abuelo…asi han logrado vivir ellos muy bien y yo también hasta ahora , …aquello ya no será posible y hay que readecuarse e ir al marketing jurídico. Hay que enmendar rumbos y los éxitos serán relativamente rápido.

Opinemos sobre el particular, hagamos más rico el debate, soltemos ideas y avancemos en la búsqueda de una mayor prosperidad. Tengo fe en la pequeña y mediana empresa tecnificada Le enviaré estos antecedentes al Presidente del Colegio de abogados Don Sergio Urrejola para ver que opina porque él es un abogado ya de mucha experiencia y más aún gremial. Saludos, Rodrigo González Fernández rogofe47@hotmail.com

viernes, agosto 12, 2005

¿QUE ES EL MARKETING JURIDICO?

¿QUE ES EL MARKETING JURIDICO?
Rodrigo González Fernández
rogofe47@hotmail.com
Agosto 2005

Por más de 30 años trabajé en el mundo del Marketing a nivel nacional e internacional en el área de los artículos publicitarios, en lo que se llama la publicidad a través del objeto. Hoy en el mundo del derecho le sumo el marketing jurídico.

El Marketing, es una de las disciplinas que permite el crecimiento y prosperidad de las empresas. El Marketing Jurídico es una especialidad que vamos aprendiendo . No se crea que el marketing jurídico no es patrimonio de grandes firmas de abogados, tampoco es sinónimo de publicidad. Gabinetes, estudios, oficinas de todo tipo deberían aplicarlo si realmente quieren ser más competitivos y quieren dar valor a sus activos . Lo importante es la mentalidad de quien quiera incorporarlo. Ha llegado la hora de que usted y su despacho de abogados tengan un significado claro y valorado en el mercado, y que su capacidad y calidad sean realmente reconocidas, valoradas y preferidas por los clientes potenciales. Este trabajo explica qué debe hacer para conseguirlo. Veamos:

Una frase puede tener más mensaje que un libro entero. Este trabajo lo dirigimos a los abogados que, si algo necesitan, es tiempo para atender sus litigios, sus asesorías . También a los “marketeros” del país, porque se abre una oportunidad de trabajo para ingresar a estudios de abogados a prestar sus servicios. Se abre la posibilidad de crear el marketing jurídico como una especialidad.

De una manera práctica, quedan explicadas las ventajas de introducir el marketing y la gestión de recursos humanos en la gestión de su despacho. Asi lo ha dicho en España y nosotros lo hemos recogido en Chile para introducirlo a los diversos estudios de abogados que busquen diferenciarse .Un buen libro para leer es el de . Iolanda Guiu EL MARKETING JURÍDICO (Ed. Granica), España)

Si bien el derecho en parte ha cambiado no lo ha sido suficiente. Tampoco ha cambiado suficientemente la educación del Derecho que imparten las Universidades Pero lo que si ha cambiado radicalmente en Chile y Sudamérica es ” El ejercicio de la abogacía ; el ejercicio libre o corporativo de la profesión de abogado” .Hoy es un proceso muy dinámico Sabemos que , hay muchas facultades o escuelas de derecho en las Universidades Chilenas , que egresan miles de futuros abogados al año ; entonces hay que ir creando espacios para todos ; la profesión se ha masificado, la práctica del derecho se está internacionalizando porque el país se internacionalizó, se globalizó eso es una realidad que no va a cambiar muy pronto – por el contrario se intensificará con más y más tratados internacionales ; han surgido nuevos competidores , llegarán empresas de abogados foráneas , surgirán competidores de otras profesiones afines y no afines , las nuevas tecnologías (TIC) han acelerado los procesos de gestión en los despachos, la información está más cerca y más completa y universal , hay un número creciente de fusiones y alianzas entre bufetes, estudios pequeños con unos más grandes, formándose pequeños que al poco andar ya son más grandes y es aquí donde van surgiendo los problemas etc.

En un mercado jurídico altamente competitivo como es el Chileno y con nuevos retos, con nuevas expectativas , con nuevos y más abogados doctorados y con post títulos en el extranjero y nacionales ; entonces, los abogados necesitan urgentemente hoy, y cada vez más, conocer y utilizar las técnicas de gestión empresarial, y, entre ellas, o conjuntamente la disciplina clave, la ciencia del marketing, como en cualquier empresa de servicios profesionales. Y que duda cabe , de que a los ojos de los clientes - cuya percepción, en definitiva, es lo que cuenta - un bufete de abogados es una empresa de servicios, aunque con unas características específicas , con características sui géneris, en la que la relación de confianza entre el abogado y el cliente es básica, es fundamental y ese sentido se tienen que forjar los vínculos , los enlaces abogado( estudio . empresa de abogados ) – cliente .

Sin duda, el abogado puede utilizar técnicas de marketing, y estas serán de aquellas respetuosas con la ética y la deontología profesionales, con la dignidad de la profesión de abogado.

En general, la ausencia de uso de técnicas de marketing por parte de la abogacía se ha debido a que ha tendido a confundir el marketing con la publicidad o la venta, y la producción del servicio jurídico con su marketing. La confusión entre los mencionados conceptos ha llegado hasta el punto de que muchos abogados han creído que si un abogado es un buen letrado no necesita el marketing. Es más, se ha llegado a creer que el hacer marketing jurídico, sería una práctica anti ética. Mucho de esto, en ciertos países hasta lo regulan los “Colegios de Abogados”, pero analizando bajo una perspectiva del siglo XXI ya estaría fuera de toda posibilidad actualmente.

La finalidad básica del marketing es crear y ofrecer valor. Es más, dar valor corporativo al estudio, a la empresa. El marketing jurídico, en concreto, es el nexo de unión entre el abogado y el mercado.¿ Como aborda el estudio jurídico , el abogado, la empresa de abogados el mercado? El marketing Jurídico va a ayudar al despacho a orientar mejor sus recursos y esfuerzos, aplicar las economías de escala y hará que sus cualidades diferenciales sean conocidas y reconocidas, sean apreciadas Se han preguntado el ¿cómo hago que mi empresa marque una diferencia respecto del resto? . El marketing es un conjunto de procesos de construcción de mercados y posiciones, no sólo de promoción o publicidad o publicidad a través del objeto ( los regalos publicitarios ), los specialtys advertising. .Unas estrategias de marketing jurídico van a facilitar al abogado la posibilidad de darse a conocer, de diferenciarse positivamente de la competencia y de fortalecer su imagen. La aplicación del marketing debe tener siempre como base la excelencia técnica, en derecho, del letrado. A diferencia de otros sectores del mundo profesional, la publicidad, como actividad de promoción, en el marketing jurídico no tiene un papel principal o preponderante.

En definitiva, la finalidad básica del marketing jurídico es crear y conservar clientes, como hacer para mantener el flujo de clientes , diferenciar al despacho o estudio jurídico de la múltiple competencia y construir una marca, del abogado ,del estudio , del bufete. Un despacho con personalidad y carácter, con marca, implica para la mayoría de los clientes potenciales una garantía de calidad y una reducción del tiempo dedicado a la elección de letrado o de despacho. Disponer de una marca potente evita al abogado la competencia en precios y la erosión de márgenes, se evita ese tedioso estudio de costos porque si no se llegando a poder operar - en muchos casos – a pérdida sin darse cuenta y eso es nefato. Nadie puede operar bajo los costos por mucho tiempo. Evita que el principal criterio de decisión del cliente a la hora de contratar los servicios del abogado sea, a parte de la lógica recomendación, el precio. Todo esto es lo que se entiende globalmente por el concepto de marketing jurídico.

Ustedes se preguntarán quienes pueden acceder al marketing Jurídico. La respuesta es una simple : “TODOS” No hay limitaciones desde un estudio de uno o dos abogados hasta aquellos de más de cien profesionales.

En Europa y los Estados Unidos , en general, la base de la competitividad en servicios profesionales es la marca - eso ya no amerita discusión alguna - y las actitudes personales y de sello corporativo de las diferentes personas que constituyen la firma.

Es paradójica la poca importancia que los bufetes de abogados dan a la selección metódica y profesional de su personal. Acá hay un vacío en Chile pero tiende a ir cambiando.

CREAR UNA ASOCIACION DE MARKETING JURIDICO
No se si por deformación profesional , por haber participado durante más de veinte años en asociaciones gremiales nacionales e internacionales, creo que debemos formar , crear , una Asociación de Marketing Jurídico AG que será una entidad sin fines de lucro fundada por profesionales del mundo jurídico y empresarial; que incluye despachos de abogados, agencias de comunicación integral especializadas en Marketing Jurídico, empresas de specialty advertising, centros de documentación e información , y profesionales del mundo del Marketing y el Management en general. .

El objetivo principal de la Asociación es asesorar a los despachos de abogados a crear una estrategia para gestionar y estructurar su negocio de una manera eficaz; ya que tras elaborar un riguroso estudio, se detectó que los despachos de pequeña y mediana envergadura tienen una grave falta de formación en gestión de su negocio y estructura. También lo tienen , además, los grandes estudios pero es de otras características
Poder interactuar con asociaciones internacionales de la especialidad

De esta manera se consigue que estos mismos despachos dirigidos, a veces, por uno, dos o cuatro abogados atareados en sus casos, se conviertan en una empresa actualizada, competente y capaz de plantearse de cara a un entorno cada vez más profesional y altamente competitivo.

Invito a reflexionar sobre este tema, a los abogados, a los pequeños y medianos estudios y también a los grandes estudios de abogados de Chile y Sudamérica, agreguemos valor a sus bufetes, a sus empresas de abogados; invito al mundo del Marketing profesional; al mundo del Management. rogofe47@hotmail.com

ASTREINTES UNA IDEA PARA LEGISLAR

¿SABEN UDS LO QUE SON LAS ASTREINTES?

¿CUANTOS ABOGADOS O JURISTAS , PARLAMENTARIOS , EN GENERAL SABEN LO QUE ES ESTE INSTITUTO QUE YA HACE MUCHOS AÑOS LO DEFINIÓ Y ESTUDIO DON FERNANDO FUEYO LANERI?

CONCEPTOS DE LAS ASTREINTES:

Cualquiera sean los méritos y la utilidad de las definiciones, corresponde señalar que siempre es importante definir el objeto de estudio; es decir, buscar la aplicación y explicación en breves palabras o conjunto de frases la materia que nos interesa. En el Derecho comparado y algunos estudiosos Nacionales ya lo han hecho y nos van iluminando nuestra ruta de estudio. En la considerable documentación revisada hemos ido aprehendiendo diversos conceptos de astreintes y citaremos solo algunos .

Entonces, a partir de estos conceptos y de lo que ellos proyectan podremos ir avanzando en la mejor comprensión de este instituto

1. Don René Abeliuk M., nos seña la “son una condena pecuniaria pronunciada por el juez, que tiene por objeto vencer la resistencia de un deudor recalcitrante, y llevarlo a cumplir una resolución judicial. El Juez une a su resolución una astreinte o conminación de tanto por día o por mes de retraso. Es una definición de “la astreinte “de Mazeaud

La astreinte, no tiene por objeto indemnizar los perjuicios al acreedor, seña la Abeliuk, Es una medida coactiva sobre los bienes del deudor vencido, y tiende a presionarlo, como un verdadero apremio patrimonial, a cumplir la sentencia. El deudor se ve constreñido a cumplir para eludir el pago de la astreinte, y en tal sentido es muy útil en aquellas obligaciones que no pueden hacerse cumplir forzadamente, incluso porque las autoridades niegan el otorgamiento de la fuerza pública, como solía ocurrir con los lanzamientos.

Señala Abeliuk, que no es procedente en nuestro país, donde nadie ha facultado a los tribunales para ello, pero su conveniencia es clara. En todo caso, su diferencia con la Cláusula Penal es obvia: no la convienen las partes y no tiene finalidad indemnizatoria sino “conminatoria “

2. Otro Concepto de astreinte más simple: Pero muy contundente “Son condenaciones pecuniarias fijadas por los jueces a razón de tanto por día, semana o mes de retardo del deudor en el cumplimiento de la sentencia, destinadas a vencer la resistencia obstinada e injusta del obligado ( Martyniuk Baran )

Sucede con frecuencia que, pese a haber una resolución judicial, sentencia, auto, interlocutora, providencia, condenando al deudor al cumplimiento de una obligación, éste se muestra remiso y se obstina en no cumplir, y esta actitud es más grave en las obligaciones de hacer, en las que no hay ninguna forma de forzar al obligado a ejecutar la actividad debida.

Cuando una resolución judicial a firme, que impone a una de las partes el cumplimiento de una obligación, o un deber de conducta, y la parte no acata ese mandato, los jueces pueden aplicar las Astreintes, como accesorio de la resolución judicial a fin de lograr el cumplimiento de esa orden.

Así, sin violencia personal, por virtud del solo riesgo de sufrir un perjuicio económico que puede llegar a ser cuantioso, el deudor se ve compelido a cumplir la prestación ordenada en una sentencia. De aquí el carácter compulsivo de estas sanciones, con las cuales castigando el patrimonio del sujeto, se ejerce sobre él una presión psicológica para hacer cumplir el mandato judicial.

Además de constituir un recurso instrumental, para lograr el acatamiento de las sentencias, la astreinte, es un eficaz sustituto de la ya superada prisión por deudas, rigorismo que revive, en cierta forma, en nuestra legislación en materia de alimentos a través del artículo 53 º de la Constitución Nacional, concluye el Abogado y Miembro del Tribunal de Apelaciones , don Sergio Martyniuk

3. Couture Eduardo J., En su Vocabulario Jurídico referido al derecho y no solo a la rama procesal señala “Forma especial de condena provisional y accesoria que pueden imponer los tribunales, para compeler indirectamente al cumplimiento de una obligación, mediante una prestación periódica, a veces progresiva, cuya entidad aumenta en función de la demora en el cumplimiento”

En el proyecto Uruguayo de 1945, señala Couture: “ hemos tratado de armonizar las tres soluciones, la del derecho francés, del alemán y del angloamericano, estableciendo la primacía de la ejecución en natura, la opción a favor del acreedor, y las sanciones disciplinarias y aún penales, para el caso de abierta desobediencia a la orden de la autoridad.”

Pero acota el autor Uruguayo un aspecto interesante de este instituto: cuando la desobediencia es abierta, el hecho cae dentro de las formulas del derecho penal vigente y debe ser sancionada como desacato, con arreglo al art.173 del Código Penal Uruguayo

4. Sara Aragoneses Martínez: las astreintes ,” constituyen una medida discrecional y conminatoria cuya finalidad consiste que mediante la cual se tiende a obtener el cumplimiento in natura de una obligación – de hacer, de no hacer o de deshacer fundamentalmente – que ha sido reconocida o impuesta por una resolución judicial, mediante el establecimiento de una sanción económica generalmente fijada por día de atraso en el cumplimiento, o por otra unidad de tiempo, que aumenta progresivamente, salvo reducción o reajuste del juez. “
Sus caracteres principales son:
• La discrecionalidad, al igual como ya lo ha descrito Reimundín en Argentina;
• La Conminatoriedad;
• la Accesoriedad;
• La Modificabilidad

EXTRAORDINARIA PROFESORA ESPAÑOLA Y QUIEN ME REGALARA SU MARAVILLOSO LIBRO SOBRE LAS ASTREINTES.

5. Art. 1º de 1979, Nº 14.978 de 11 de diciembre de 1979 citado por don Fernando Fueyo:

“El Juez de oficio o a petición de parte, podrá imponer sanciones pecuniarias conminativas, tendientes a que las partes cumplan su sentencia.
La sanción se graduará teniendo en cuenta su finalidad esencial de estímulo para el cumplimiento, la demora de éste y el caudal económico de la parte que deba satisfacer la.
El juez de oficio o a petición de parte y según las circunstancias, podrá moderar o suprimir la sanción impuesta.”

6. Gamarra J, Uruguay, “Las astreintes constituyen una medida compulsiva o una sanción tendiente a ejercitar una presión sicológica respecto al titular de un incumplimiento( conminado ) para que lleve a cabo el cumplimiento de una sentencia, mediante el dictado y eventual ejecución de una multa que lo afectará en su patrimonio hasta que asuma el comportamiento debido”

Se trata de un instituto sustancial y procesal complementa la doctora Blanca Zurdo Carvajal.

7. Otra definición de la doctrina comparada para astreinte: “Multa progresiva impuesta a la parte que como consecuencia de una resolución judicial debe cumplir con realizar determinada prestación y no lo hace La astreinte presenta las siguientes características generales:
• Es Arbitraria, porque su determinación depende únicamente del juez, quien busca la exageración;
• Es conminatoria, pues constituye una amenaza, no una deuda definitiva; y,
• Es provisoria, al poder ser reducida, aumentada o hasta suprimida, revisada y dejadas sin efecto en determinadas condiciones me señalaba un destacado abogado don Angel Miretta Mendizabal, Asesor del Ministerio Público Argentino, para señalar algunas de sus características La jurisprudencia argentina también ha dicho: “Por su carácter provisorio, las astreintes no causan Estado ni pasan en autoridad de cosa juzgada, razón por la cual pueden ser revisadas y dejadas sin efecto si el deudor justifica total o parcialmente su proceder. Sin embargo, la viabilidad de esas alternativas sólo puede ser examinada con motivo u ocasión del cumplimiento de la obligación de que se trate, de modo que no pueden ser revisadas ni dejadas sin efecto si la contumacia no cesa, pues de lo contrario se las despojaría de su carácter conminatorio.”

8. Jorge Llambías, en Argentina, , entiende que consisten en la imposición judicial de una condena pecuniaria que afecta al deudor mientras no cumpla lo debido, y que por ello es susceptible de aumentar indefinidamente

9. Oscar Ameal, en 1995 , también en Argentina, en homenaje al profesor Isidoro Goldberg, astreintes e Indemnización , cuando las compara con la indemnización, adopta conceptos jurisprudenciales, expresando que son impuestas por el juez, con independencia de todo daño, conforme a su prudente arbitrio, siendo su monto discrecional graduado de acuerdo con las circunstancias del caso y , en especial, con la situación patrimonial del obligado, teniendo por finalidad vencer la resistencia del obligado que no ejecuta una resolución judicial.

10. Henry, León y Jean Mazeaud (En Francia): una condena pecuniaria pronunciada por el juez, que tiene por objeto vencer la resistencia de un deudor recalcitrante, y llevarlo a cumplir una resolución judicial. El juez une a su resolución una astreinte o conminación de tanto por día o por mes de retrazo

11. Alterini, Ameal, y Lopez Cabana : son condenaciones conminatorias de carácter pecuniario que los jueces aplican a quien no cumple un deber jurídico impuesto en una resolución judicial.

12. Jorge Giorgi : denomina a esta materia como “Pena Judicial” además de mostrarse notablemente adverso y da razones.

13. Guillermo Borda : se trata de un recurso que está implícito en las facultades propias de los jueces a hacer cumplir sus decisiones. Una razón de prestigio de la justicia obliga a arbitrar las medidas tendientes a asegurar ese cumplimiento.
14. Marcelo J. López Mesa : ha dicho nos limitaremos a decir, de manera abarcativa, que las astreintes son condenaciones conminatorias de carácter pecuniario que los jueces pueden aplicar a quien no cumple una obligación que le fuera impuesta en una resolución judicial, estando en condiciones de cumplirla, perdurando la vigencia de la conminación mientras no cese el incumplimiento, pudiendo aumentarse o disminuirse la misma, si no resultare eficaz y pudiendo también ser dejada sin efecto, si el incumplidor justificare su actitud.
15. Alcalá- Zamora, como una pena pecuniaria decretada por el juzgador para constreñir al deudor a que cumpla su obligación principal y se fija, como regla, en una cantidad por día de retardo o por cualquier otra unidad de tiempo; pero que puede consistir asimismo, en una suma determinada a pagar por el deudor por cada violación en que incurra.
16. Para Boyer , “la astreinte es una condena pecuniaria pronunciada por el juez para obligar al deudor al cumplimiento de su obligación principal. Generalmente fijada a tanto por día de retraso o por otra unidad de tiempo, en la ejecución de una prstación, puede también consistir en una suma fija debida por el deudor por cada una de las violaciones de ésta. La persistencia del deudor en su actitud de negativa le somete así a una condena pecuniaria cada vez más gravosa, susceptible en principio de aumentar indefinidamente. La amenaza de arruinarse debe llevar al deudor a ejecutar su obligación. La condena es provisional. El juez se reserva el derecho de revisarla ulteriormente tanto para asegurar la resistencia del deudor aumentando la cuantía de la astreinte, como para liquidarla fijando de forma definitiva el montante de los daños y perjuicios que serán abinados al acreedor”
17 Laborde Lacoste , francés señala como características que permiten definir las astreintes las siguientes.
a) El tribunal condena al deudor a ejecutar su obligación directamente , en natura , y decide que en defecto de ejecución el deudor incurriría en una condena pecuniaria muy elevada, fijada a tanto por año, mes o, a menudo, día de atraso
b) El tribunal puede, además, si el deudor cumple, incluso tras el plazo fijado, modificar la condena pecuniaria, por una nueva decisión reduciéndola o suprimiéndola .
18. Para Reimundín , connotado tratadista Argentino, ha dicho: “ la astreinte no es otra cosa que uno de los medios legales( implícitos o expresos) utilizados por el órgano jurisdiccional, a pedido del acreedor para compeler al deudor recalcitrante a que cumpla” aquello a que está obligado por sentencia”; es una compulsión, mediante una ”presión sicológica”, y que consiste en una condena pecuniaria conminatoria que impone al deudor prestaciones periódicas y progresivas, a razón de tanto por día o por cualquier otra unidad de tiempo, a favor del acreedor, cuyo monto aumentará en función de la demora en el cumplimiento específico de la obligación. Es decir, que la astreinte significa una condena accesoria pronunciada por el juez para constreñir indirectamente al cumplimiento de una decisión o sentencia principal”
19. Vescovi señala que la astreinte “es una prevención, amenaza, apercibimiento o constricción aplicada por el Magistrado para inducir al cumplimiento de sus sentencias. Constituye, también una sanción puesto que implica la imposición de una suma, es decir, se busca un mecanismo económico para obtener el fin psicológico perseguido: hacer que la parte condenada en juicio cumpla con la decisión principal “

invito a discutir un futuro proyecto de ley sobre astreintes en chile... saludos Rodrigo González Fernández

UNOS AMATEURS CONSTRUYERON EL ARCA DE NOE Y PROFESIONALES EL TITANIC

AMATEURS FUERON LOS QUE CONSTRUYERON EL ARCA DE NOE Y PROFESIONALES CONSTRUYERON EL TITANIC....

Para todos aquellos que trabajan en forma dependiente en cualquier actividad esto les serve para trabajar con más ainco...Miren :

Un agricultor criaba y coleccionaba caballos y solo le faltaba una determinada raza.
Un día se dio cuenta que su vecino tenía uno ,PRECISAMENTE, de esa raza.
Así es que trató día tras día de convencerle para que se lo vendiera hasta que lo consiguió.
Un mes después el caballo enfermó y llamo al veterinario quien le dijo: "Bien... su caballo está con un virus y es necesario que tome este medicamento por tres días consecutivos.

Luego de los tres días veremos si ha mejorado, si no lo ha hecho entonces no queda mas remedio que sacrificarlo".

En ese mismo momento el chancho escuchaba la conversación. Al siguiente día le dieron el medicamento y se fueron. El chancho se acerco y le dijo:
"Fuerza amigo! Levántate de ahí si no vas a ser sacrificado!!!"Al segundo día le dieron nuevamente el medicamento y se fueron, el chancho se acerco y le dijo: Vamos mi gran amigo! Levántate si no vas a morir. Vamos, yo te ayudo!!"
Al tercer día le dieron el medicamento y el veterinario dijo: "Probablemente vamos a tener que sacrificarlo mañana, porque puede contagiarle el virus a los demás caballos"

Cuando se fueron el chancho se acercó y le dijo: "Vamos amigo, es ahora o nunca!!! ánimo... fuerza... Yo te ayudo... vamos... un, dos, tres... despacio... ya casi... eso... eso... ahora corre, despacio... mas rápido... fantástico... corre... corre...

Venciste campeón!!..

En eso llega el dueño del caballo, lo ve corriendo y dice:"Milagro!! El caballo mejoró... hay que hacer una fiesta!!...''Vamos a matar al chancho y hacer unos buenos chorizos para festejarlo!!

Moraleja:

Eso acontece con frecuencia en el ambiente de trabajo, EN CASI TODOS LOS ÁMBITOS LABORALES Y pocas veces se percibe quien es el que realmente tiene los méritos por el suceso.

Saber vivir y ser reconocidos es un arte... y no todos somos artistas...

Si algún día alguien te dice que no eres un profesional, acuérdate que...

AMATEURS CONSTRUYERON EL ARCA DE NOE Y PROFESIONALES EL TITANIC.... Y MIREN LO QUE PASO....

jueves, agosto 11, 2005

¿...hay responsabilidad civil en el médico?

RESPONSABILIDAD CIVIL DEL MEDICO

Pese a que entre el médico y el paciente no haya nada escrito, se entiende pacíficamente que la responsabilidad del médico es de origen contractual, y que tiene una responsabilidad civil directa. Es decir que cuando un médico no realiza el acto médico dentro de las reglas del arte, (lex artis) y obra con culpa - esto es con un accionar imprudente, inexperto o negligente - y entre ese actuar y el daño producido al paciente, existe una relación de causalidad adecuada, el médico deberá responder, indemnizando por el daño que ha cometido en el cuerpo, la salud o la psiquis del paciente. La obligación del medico respecto del tratamiento del paciente se la denomina "de medios", es decir tiene que tratar de curar al paciente, poniendo a disposición de este, todos los medios de que disponga y que sepa utilizar, de acuerdo a las circunstancias del tiempo, del lugar y de las personas.

Entonces, los médicos tienen un seguro apropiado para enfrentar estros eventos; los pacientes tienen seguros eficaces para ello? Invito a opinar y a engrandecer las ideas, Saludos Rodrigo González F

LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN LAS EMPRESAS TABACALERAS

La responsabilidad civil de las compañias tabacaleras:

¿Hay posibilidades de demandar a las compañías tabacaleras en Chile? ¿Se puede organizar masiva a la gente en Chile afectada por el tabaquismo? - yo creo que sí ....Invito a opinar al foro mundial y compartir experiencias. Mientras tanto viajaremos a tomar contacto con abogados de USA para compartir el derecho comparado y jurisprudencia sobre esta materia.

En cuanto a la posibilidad de entablar demandas colectivas, en EE.UU., mediante el ejercicio de las class actions y en la categoría de los mass product liability, los afectados han conseguido que se condene a las cinco compañías fabricantes de cigarrillos más importantes del país a pagar 145.000 millones de dólares (25 billones de pesetas) a 700.000 fumadores anónimos. El veredicto fue emitido por un jurado de seis miembros en Miami, el 14 de junio de 2000. Tres importantes compañías tabaqueras han admitido en el procedimiento que el tabaco provoca cáncer, que es un producto adictivo y que manipularon los niveles de nicotina. La reclamación fue impulsada por los mismos abogados que en el año 1997, en otra acción colectiva, promovieron la demanda contra la industria del tabaco por los daños que provoca «el humo detabaco de segunda mano» en los fumadores pasivos. La demanda de una azafata de vuelo aquejada de cáncer de pulmón, a la que se sumaron otros auxiliares de vuelo con diversas patologías, terminó con un sustancioso acuerdo extrajudicial.

Esta es parte de un excelente trabajo mayor
Por CARMEN VILLANUEVA LUPION
Profesora Asociada de Derecho Civil. Universidad de Jaén

Biotecnología - antecedentes desde España:

BIOTECNOLOGIAS, DESDE ESPAÑA

"El hombre encuentra a Dios detrás de cada puerta que la ciencia logra abrir"Albert Einstein.
Con esta frase parece que Einstein quería poner de relieve la importancia que tiene para la humanidad la ciencia y sus descubrimientos. Con el paso del tiempo vamos descubriendo más y más cosas que por su gran facultad de asombro nos parecen "de ciencia ficción", pero que nos hace ver y comprobar lo grande que es la vida y los secretos que aun nos quedan por desentrañar.
2. CONCEPTO DE BIOTECNOLOGÍA.
La biotecnología ha sido utilizada por el hombre desde los comienzos de la historia en actividades tales como la preparación del pan y de bebidas alcohólicas o el mejoramiento de cultivos y de animales domésticos. Procesos como la producción de cerveza, vino, queso y yogurt implican el uso de bacterias o levaduras con el fin de convertir un producto natural como la leche, en un producto de fermentación más apetecible como el yogurt.
En términos generales biotecnología se puede definir como el uso de organismos vivos o de compuestos obtenidos de organismos vivos para obtener productos de valor para el hombre.
La biotecnología moderna está compuesta por una variedad de técnicas derivadas de la investigación en biología celular y molecular, las cuales pueden ser utilizadas en cualquier industria que utilice microorganismos o células vegetales o animales. Es la aplicación comercial de organismos vivos o sus productos, la cual involucra la manipulación deliberada de sus moléculas de DNA.
Por tanto, podemos decir que la biotecnología abarca desde la biotecnología tradicional, muy conocidas y establecidas, y por tanto utilizadas, como por ejemplo la fermentación de alimentos, hasta la biotecnología moderna, basada en la utilización de las nuevas técnicas del DNA recombinante (ingeniería genética), los anticuerpos monoclonales y los nuevos métodos de cultivo de células y tejidos.
3. UN POCO DE HISTORIA.
La biotecnología no es nueva, sus orígenes se remontan a los albores de la historia de la humanidad. Nuestros ancestros primitivos iniciaron, hace miles de años durante la Edad de Piedra, la práctica de utilizar organismos vivos y sus productos.
La biotecnología es un término que se ha dado a la evolución y recientes avances de la ciencia de la genética. Esta ciencia se originó hacia finales del siglo XX con el trabajo de Gregor Joham Mendel.
La historia realmente se inicia con las investigaciones de Charles Darwin, considerado como el padre de la biología moderna, que concluyó que las especies no son fijas e inalterables, sino que son capaces de evolucionar a lo largo del tiempo, para producir nuevas especies. La explicación de esta evolución, según sus observaciones, se basaba en que los miembros de una determinada especie presentaban grandes variaciones entre ellos, unos estaban mas acondicionados al ambiente en que se encontraban que otros, lo que significaba que los más aptos producirían más descendencia que los menos aptos. Este proceso es conocido como selección natural, y suponía la modificación de las características de la población, de manera que los rasgos mas fuertes se mantendrían y propagarían, mientras que los menos favorables se harían menos comunes y acabarían desapareciendo
El monje Gregor J. Mendel (1822-1884), trabajaba en el jardín de su monasterio en Austria sin ser consciente de la importancia de sus estudios. Mendel eligió como material de estudio una planta común, el guisante (pisum sativum). Esta planta es de fácil obtención y cultivo, hemafrodita y por tanto con capacidad para autofecundarse, ofreciendo asimismo la posibilidad de realizar fecundaciones cruzadas entre distintas variedades, muy numerosas en el guisante y fácilmente distinguibles. En sus estudios, en lugar de analizar la transmisión global de las características de la planta, prestó atención a un solo rasgo cada vez, permitiéndole seleccionar determinados aspectos de la planta que presentaban alternativas claramente diferenciables, como por ejemplo la forma de la semilla (rugosa/lisa) o su color (amarilla/verde).
En 1866 publicó los resultados de sus experiencias llevadas a cabo durante 7 años en el jardín de su monasterio de los agustinos, los cuales permitieron superar las antiguas concepciones sobre la herencia que aún prevalecían en su época, según las cuales los caracteres se transmitían de padres a hijos a través de una serie de fluidos relacionados con la sangre, al mezclarse las sangres en la descendencia, los caracteres de los progenitores se fusionaban y no podían volver a separarse.
Mendel expuso una nueva concepción de la herencia, según la cual los caracteres no se heredan como tales, sino que solo se transmitían los factores que los determinaban. Su estudio del comportamiento de los factores hereditarios se realizaba, con total intuición, 50 años antes de conocerse la naturaleza de estos factores (posteriormente llamados genes).
A pesar de que describió el comportamiento esencial de los genes, sus experimentos no revelaron la naturaleza química de las unidades de la herencia, hecho que ocurrió hacia la mitad del siglo XX e involucró muchos trabajos de diferentes científicos de todo el mundo, durante varias décadas.
Noelia García NogueraNgarcia@delitosinformaticos.comEspecialista Derecho Nuevas Tecnologías

domingo, agosto 07, 2005

EL DERECHO INTERNACIONAL Y DERECHOS HUMANOS EN LA LIBERTAD DE EXPRESION

LA LIBERTAD DE EXPRESION ES UNO DE LOS DERECHOS MAS AMENAZADOS. PERO CUIDADO CON LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
Rodrigo González Fernández
Consultajuridica.blogspot.com

El derecho a la libre expresión es uno de los más amenazados, tanto por gobiernos represores que quieren impedir cambios, como por personas individuales que quieren imponer su ideología o valores personales, callando los otros. Nunca voy a olvidar las enseñanzas de nuestro Profesor de Derecho Constitucional y que nos hacia mucho énfasis en los tratados Internacionales, don Jorge Mario Quinzio Figueiredo.
La lucha por la libertad de expresión nos corresponde a todos, ya que es la lucha por la libertad de expresar nuestro propio individualismo. Respetar la libertad de los demás a decir cualquier cosa, por más ofensiva que la consideremos, es respetar nuestra propia libertad de palabra.
Declaración Universal de Derechos Humanos. Resolución de la Asamblea General, aprobada el 10 de diciembre de 1948.

Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 29
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 19
1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.

2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

3. El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para:

a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás;

b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
Artículo 20
1. Toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley.

2. Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará prohibida por la ley.

Convención sobre los Derechos del Niño
Artículo 13
1. El niño tendrá derecho a la libertad de expresión; ese derecho incluirá la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño.

2. El ejercicio de tal derecho podrá estar sujeto a ciertas restricciones, que serán únicamente las que la ley previa y sean necesarias:

a) Para el respeto de los derechos o la reputación de los demás; o

b) Para la protección de la seguridad nacional o el orden público o para proteger la salud o la moral públicas.

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial
Artículo 4
Los Estados partes condenan toda la propaganda y todas las organizaciones que se inspiren en ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza o de un grupo de personas de un determinado color u origen étnico, o que pretendan justificar o promover el odio racial y la discriminación racial, cualquiera que sea su forma, y se comprometen a tomar medidas inmediatas y positivas destinadas a eliminar toda incitación a tal discriminación o actos de tal discriminación, y, con ese fin, teniendo debidamente en cuenta los principios incorporados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como los derechos expresamente enunciados en el artículo 5 de la presente Convención, tomarán, entre otras, las siguientes medidas:

a) Declararán como acto punible conforme a la ley toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, toda incitación a la discriminación racial, así como todo acto de violencia o toda incitación a cometer tales actos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico, y toda asistencia a las actividades racistas, incluida su financiación;

b) Declararán ilegales y prohibirán las organizaciones, así como las actividades organizadas de propaganda y toda otra actividad de propaganda, que promuevan la discriminación racial e inciten a ella, y reconocerán que la participación en tales organizaciones o en tales actividades constituye un delito penado por la ley;



Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio
Artículo III
c) La instigación directa y pública a cometer genocidio;

En América : Convención Americana sobre Derechos Humanos
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

a. el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o

b. la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.

Artículo 14. Derecho de Rectificación o Respuesta
1.Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley.

2. En ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán de las otras responsabilidades legales en que se hubiese incurrido.

3. Para la efectiva protección de la honra y la reputación, toda publicación o empresa periodística, cinematográfica, de radio o televisión tendrá una persona responsable que no esté protegida por inmunidades ni disponga de fuero especial.

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
Artículo IVToda persona tiene derecho a la libertad de investigación, de opinión y de expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio.

COMO CONVIVIR EN UN BLOG.

COMO CONVIVIR EN UN BLOG

Tomas Bradanovic, ha dicho en un post en Fernando Flores ,”En un post pasado hablaba sobre la nettiquete que se ha desarrollado en Usenet (uno de los servicios más antiguos de Internet, antes que la propia web y muy vigente todavía). Al final encontré el FAQ de "Como convivir en Usenet" que se encuentra (completo)enhttp://www.eha.boj.org/usenet/docs/como-convivir.html
Y se puede resumir en las siguientes reglas
- Nunca Olvides Que La Persona Al Otro Lado Es Humano- No Culpes Al Adminitrador Por El Comportamiento De Sus Usuarios- Se Cuidadoso Respecto Lo Que Dices De Otros- Se Breve- Tus Publicaciones Reflejan Lo Que Eres -- Se Prudente- Usa Títulos Descriptivos- Piensa En Tu Audiencia- Se Cuidadoso Con El Humor Y El Sarcasmo- Publica Tus Mensajes Solo Una Vez- Por Favor Rota Los Artículos Con Contenido Cuestionable.- Resume Los Artículos Que Respondes.- Cuando Resumas, Resume!- Prefiere El E-mail.- Lee Todas Las Respuestas Y No Repitas Lo Que Ya Se Ha Dicho- Chequea El Encabezado Del Articulo Al Responder- Se Cuidadoso Con Los Copyrights y Licencias- Cita Las Referencias Apropiadas- Marca o Rota Las Respuestas y Artículos que puedan Molestar- Las Criticas Ortograficas se consideran DañinasNada de esto es obligatorio pero con el tiempo son cosas que los regulares siempre respetan, dan más peso a las opiniones del que sigue las reglas y mejoran mucho la convivencia.

SALUDOS A TODOS RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ

NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS BLOGS

COMO CONVIVIR EN UN BLOG

Tomas Bradanovic, ha dicho en un post en Fernando Flores ,”En un post pasado hablaba sobre la nettiquete que se ha desarrollado en Usenet (uno de los servicios más antiguos de Internet, antes que la propia web y muy vigente todavía). Al final encontré el FAQ de "Como convivir en Usenet" que se encuentra (completo)enhttp://www.eha.boj.org/usenet/docs/como-convivir.html
Y se puede resumir en las siguientes reglas
- Nunca Olvides Que La Persona Al Otro Lado Es Humano- No Culpes Al Adminitrador Por El Comportamiento De Sus Usuarios- Se Cuidadoso Respecto Lo Que Dices De Otros- Se Breve- Tus Publicaciones Reflejan Lo Que Eres -- Se Prudente- Usa Títulos Descriptivos- Piensa En Tu Audiencia- Se Cuidadoso Con El Humor Y El Sarcasmo- Publica Tus Mensajes Solo Una Vez- Por Favor Rota Los Artículos Con Contenido Cuestionable.- Resume Los Artículos Que Respondes.- Cuando Resumas, Resume!- Prefiere El E-mail.- Lee Todas Las Respuestas Y No Repitas Lo Que Ya Se Ha Dicho- Chequea El Encabezado Del Articulo Al Responder- Se Cuidadoso Con Los Copyrights y Licencias- Cita Las Referencias Apropiadas- Marca o Rota Las Respuestas y Artículos que puedan Molestar- Las Criticas Ortograficas se consideran DañinasNada de esto es obligatorio pero con el tiempo son cosas que los regulares siempre respetan, dan más peso a las opiniones del que sigue las reglas y mejoran mucho la convivencia.

FUMAR YA NO ES UN PLACER, HOY MATA

FUMAR YA NO ES UN PLACER….
Enviado por Rodrigo González Fernández desde consultajuridica.blogspot.com
"NADIE QUIERE NI PUEDE GANARSE LA VIDA DESTRUYENDO LA VIDA D E LOS OTROS” .
“EL CIGARRILLO COBRA LA VIDA DE UNAS 14 MIL PERSONAS CADA AÑO”
“SE HA DICHO POR NUMEROSOS CIENTÍFICOS QUE FUMAR ES CONSIDERADO LA PRIMERA CAUSA DE MUERTE EVITABLE EN EL MUNDO”
Las primeras comunicaciones que asociaron el consumo de tabaco con un aumento de la mortalidad datan del año 1938 . En 1964, el «Surgeon General's Report» informó una asociación entre cáncer pulmonar, cáncer laríngeo y enfermedades bronquiales crónicas con el consumo de tabaco . Hoy día, se conoce su asociación causal con enfermedades como cánceres, cardiovasculares, cerebrovasculares, vasculares periféricas y respiratorias En la mujer fumadora el riesgo de accidente vascular encefálico se triplica cuando usa algún método anticonceptivo oral y se eleva 18 veces en la mujer hipertensa entre 20 y 44 años. (Un muy buen estudio han realizado este conjunto de profesionales)
Los fumadores tienen una probabilidad entre 2 y 3 veces mayor de morir prematuramente que los no fumadores5. Cerca de 20% de las muertes en los países desarrollados y una décima parte de las ocurridas en países en desarrollo son atribuibles al tabaco En Chile, alrededor de 10% de las muertes se deberían directamente al tabaquismo.
Como resultado de extensas campañas de prevención, los países desarrollados han logrado disminuir el consumo de tabaco. No ocurre así en los países en vías de desarrollo.
Pero Chile hasta la fecha, tiene una regulación muy pobre en materia de publicidad sobre el tabaco, con restricciones muy parciales, que no servían para cumplir el objetivo de reducir el consumo" y menos aún para llegar a prohibir su producción. Por lo tanto, una "nueva ley debe ser más restrictiva con la industria tabacalera, o bien tender a prohibir su producción en un plazo razonable, ya que se ha gastado fortunas en evitar la regulación, y que se haga cumplir, y se sancione adecuadamente".

La Clínica Alemana, en Chile ha dicho que : Fumar cigarrillos produce placer. Si no lo hiciera, muy pocos fumarían. Más de 40 mil estudios científicos prueban que el hábito de fumar es causa importante de enfermedades, invalidez y muerte. ¿No es suficiente para convencer a las autoridades de gobierno y a los Parlamentarios para avanzar más en estas materias y no solo regular parcialmente?

Más de 4 millones de personas incluyendo 9 mil chilenos, mueren anualmente en el mundo debido a enfermedades causadas por el tabaco.

En Chile, más del 40 % de las personas fuma y la cifras son muy alarmantes en mujeres y niños. De hecho, es aquí en nuestro país, donde hay más jóvenes entre 13 y 15 años que ya fuman.

¿TIENE UD. HIJOS ADOLESCENTES?
Los adolescentes chilenos encabezan el consumo mundial de tabaco entre los 13 y 15 años, según lo revelan los resultados preliminares de la Encuesta Mundial de Tabaquismo Juvenil encargada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Prácticamente el 18% de los jóvenes admite el inicio del tabaquismo antes de los 10 años, y 10% señala haber recibido cigarrillos en forma gratuita de parte de promotores de las tabacaleras.

Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC), que ha recordado que uno de cada dos adolescentes que empiece a fumar y no abandone ese hábito morirá por alguna enfermedad relacionada con esa adicción.

Se ha dicho por numerosos científicos que fumar es considerado la primera causa de muerte evitable. La adicción al tabaco resta entre 10 y 20 años de vida, según ha alertado hoy la

Ahora, “No existe consumo seguro y sano”, esta es una realidad y cada año mueren en España por una enfermedad relacionada con el tabaco alrededor de 50.000 personas,

Se ha dicho también , que la OMS considera el tabaco como un epidemia que se transmite a través de la publicidad y del patrocinio de actividades deportivas. Desde ya , peligrosas formas de propagar la muerte.

También esta claro que : el 90% de los fumadores muestra una clara dependencia del tabaco y dos tercios confiesan dificultades para dejar de fumar ha señalado el doctor Francisco Camarelles, del programa de actividades preventivas de la semFYC,España.

¿QUE SUCEDE CON LOS FUMADORES PASIVOS?

La situación de fumadores pasivos es “Terrible” , ellos no escapan a las consecuencias de esta pandemia. Los no fumadores que conviven con fumadores tienen un riesgo 35 veces mayor de contraer cáncer de pulmón OMS . ¿No es esto una violación a los derechos humanos?

Cada año el tabaco ocasiona 4 millones de muertes en el mundo, lo que significa que cada día mueren alrededor de 10,000 personas por enfermedades asociadas al tabaquismo.

VEAMOS 17 PUNTOS INERESANTES DE SEGUIR MEDITANDO Y ESTUDIANDO; A SABER:

1. Se calcula que 500 millones de personas que viven actualmente morirán por causa del tabaco y de esas muertes, la mitad ocurrirá a una edad prematura, es decir entre los 40 y 60 años, ya que los fumadores de largo plazo tienen 50% de probabilidades de morir por alguna enfermedad relacionada con el tabaco. El problema es tal que se estima que para el año 2020 el tabaco será la mayor causa de muerte y discapacidad y matará a más de diez millones de personas por año, causando más muertes que el SIDA, accidentes de tránsito, homicidios y suicidios, alcoholismo y drogas ilícitas todos combinados. ¿ Se están respetando los derechos humanos en estos miles de muertes?
2. Un problema verdaderamente severo es que un tercio de la población mundial de 15 años y más ya fuma y la edad de inicio a esta adicción está disminuyendo considerablemente. Si bien la cifra de fumadores hombres en el mundo rebasa al de las mujeres, los últimos años se ha visto un incremento bastante considerable de mujeres adolescentes que se desarrollan esta adicción.

3. El hábito de fumar es causa de unas 25 enfermedades comprobadas, siendo sobre todo responsable de:

4. El 30 % de todas las cardiopatías coronarias.
5. El 80-90 % de todos los casos de Enfisema-Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC) .
6. El 30 % de todas las muertes por cáncer.
7. El 90 % de los casos de Cáncer de pulmón .
8. El 70 % de cáncer de laringe.
9. El 50 % de cáncer en boca.
10. El 50 % de cáncer de esófago.
11. El 30-40 % de cáncer de vejiga.
12. El 30% de cáncer de páncreas.
13. Los no fumadores que conviven con fumadores tienen un riesgo 35 veces mayor de contraer cáncer de pulmón, que aquellos que no conviven con fumadores.
14. El 42% de los niños con enfermedades respiratorias crónicas son fumadores pasivos.
15. En el mundo unos 100.000 niños y jóvenes se convierten diariamente en fumadores, los que son conocidos en la industria tabacalera como "fumadores de reemplazo", porque van sustituyendo a los que desaparecen prematuramente por muerte o porque van dejando el hábito.
16. El riesgo de desarrollar varios tipos de cáncer aumenta, cuando el tabaco se asocia con el consumo de alcohol.
17. Pero también hay buenas noticias, ya que el riesgo de padecer cáncer se reduce inmediatamente al dejar de fumar, aunque el fumador tarda en igualar la esperanza de vida de un no fumador entre los 10 a 15 años después de dejar el tabaco.

¿QUE SUCEDE EN JAPON?

Tokio, Japón (RCN) – Un estudio gubernamental reveló que el riesgo se presenta en las personas que son adictas al cigarrillo y que pasan de los 40 años. El científico de la División de Epidemiología y Prevención del Centro Nacional de Cáncer, Motoki Iwasaki, explicó que la dependencia excesiva de la nicotina aumenta el riesgo de sufrir depresión. En el estudio realizado por El Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar japonés, se analizaron los hábitos de 45 mil hombres entre los 40 y los 69 años, entre 1.990 y 1.993. Finalmente los investigadores hicieron un sondeo en el año 2.000 sobre la relación entre fumar y el suicidio. De las 173 personas que se suicidaron en el tiempo que duró la investigación, ciento ocho eran fumadores.

CHILE ES UN PAÍS MUY FUMADOR, CON GRAN CANTIDAD DE ADICTOS

¿y no será por ello los altos índices de depresión?

Chile encabeza ranking de adicción. Un tercio de niños de 13 a 15 años reconoce que fuma. No sólo fuma el que tiene un cigarrillo en la mano. También lo hace el que no fuma pero respira en ambientes contaminados con el humo del cigarrillo.

En Chile no hay conciencia del daño que se provoca a los demás fumando en su presencia. El así llamado "humo de segunda mano" contiene todos los carcinógenos identificados en el humo inhalado directamente por el fumador.

Entonces es una realidad indesmentible que ésta exposición implica para el fumador pasivo un aumento del 30% de riesgo de mortalidad por enfermedad coronaria, así como aumento significativo en accidentes cerebrales, cáncer y enfermedades respiratorias.

Pero también los niños expuestos al humo del cigarrillo tienen mayor riesgo de desarrollar asma, otitis, neumonía y bronquitis.
La legislación Chilena e Internacional , generalmente es deficitaria, se ha dicho en innumerables foros en el Mundo. Tenemos legislaciones “ cínicas”.

LA LEY DEL AVESTRUZ

Son “Legislaciones cínicas” : Esto se llama popularmente la “ley del Avestruz”. tenemos “un terrorismo subterráneo” que nadie quiere ver y menos el que fuma ( ¡BASTA YA!... DE TANTA HIPOCRECÍA POLITICA ) , TODOS SABEN QUE EL TABACO MATA al que esta también largo tiempo en las oficinas, hoteles , bancos , funcionarios públicos , en la Cámara de Diputados o en el Senado de la República , en las Oficinas de la Moneda; en todos lados; se está legislando y esta ley ¿no ha llegado demasiado tarde en solidaridad a los fumadores pasivos ya muertos por inhalar el humo del demócrata compañero/a de trabajo..?, viva la democracia…, pero lejos del fumador..?, etc. etc.

¿SUPRIMIR LA PRODUCCIÓN Y FABRICACIÓN, LA VENTA ?
Se ha estudiado mucho sobre el particular en el derecho comparado. Surge de inmediato la “ presión” El millonario lobbying en contrario de las tabacaleras internacionales. Muchos Políticos no están ni ahí con suprimir la producción y fabricación de tabaco en Chile . Creo que es porque hasta los políticos se dan cuenta , de que eliminar algo que ha sido costumbre durante 500 años no es tan fácil de exterminar. "Que tu mano derecha no sepa lo que hace la izquierda", dijo Dios mismo, que era en aquellos tiempos algo así como ministro del interior en la Biblia y ha dicho por allí un Español en un foro. .
…¿no tendrían que comenzar por prohibir su venta? …ya sabemos que una enorme proporción del presupuesto del estado son los impuestos, sobre todo el del tabaco; ¿que pasa? … que ¿ no les conviene prohibir su venta?.... El gobierno recauda miles de millones en impuestos, IVA y licencias y luego se lava la cara con leyes inservibles que solo protegen a las Tabacaleras y permiten seguir vendiendo cada día más.Permiten seguir matando gente todos los días… En definitiva es una droga letal con la que se financia el estado, con ciudadanos "supuestamente" libres de decisión.

EL TABACO ES ADICTIVO ¿QUE PASA CON LA OMS?

El tabaco es adictivo es cierto ; entonces : que se actúe de igual modo que con la cocaína. Y ya está. ¿Por qué no lo hacen?.... ahhh, con la doble moral del estado, con ese maldito doble Standard nos hemos topado, hemos chocado con esa dura pared…

La casi unanimidad de los países miembros de la Organización Mundial de la Salud (OMS) aprobó el texto final del primer tratado internacional de lucha contra el tabaco, cuyo objetivo es disminuir la mortalidad como consecuencia del tabaquismo. Asi lo informó oportunamente la prensa del mundo. Chile participó activamente en la elaboración, estudio y redacción del documento, dando su voto aprobatorio a través del jefe de la División de Rectoría y Regulación del Minsal, Dr. Fernando Muñoz, quien se encuentra participando de la asamblea del organismo en Ginebra. Somos muy buenos en estos Organismos Internacionales , lo que me alegra.Es ya un avance notable.

El paso siguiente en los países corresponde a la ratificación por los respectivos congresos, pues es un tratado que refuerza las acciones nacionales orientadas al control del tabaquismo y le dará a los gobiernos del mundo bases legales para combatir el hábito de fumar. Acá es donde hay que tener cuidado porque Chile suele demorar muchos años en ratificar tratados.

Este tratado multilateral es el primero de salud pública que se celebra bajo los auspicios de la OMS y aborda la epidemia del consumo de tabaco, la que de acuerdo a cifras del organismo, mata a 4,9 millones de personas anualmente. Se estima que para el año 2030, diez millones de personas morirán por esta causa, de las cuales el 70% se encontrará en países en desarrollo.

Aunque cada país se ha organizado de manera diferente para analizar el convenio, en Chile el Ministerio de Salud ha convocado a diversos ministerios para tales efectos, conformando además un grupo para proyectar las responsabilidades sectoriales.

En Chile, se ha dicho que el cigarrillo cobra la vida de unas 14 mil personas cada año. La mitad de los fumadores iniciados en la adolescencia y que lo sigue haciendo regularmente, morirá a causa del tabaco. De ellos, la mitad perderá la vida antes de los 60 años

A su turno la Organización Mundial de la Salud (OMS) sindica el tabaquismo como una epidemia. Esto ya ha sido reiterativo. Chile es uno de los países fuertemente afectados. Según la Encuesta Mundial de Tabaquismo en Jóvenes (EMTA), nuestro país es el número uno en consumo de cigarrillos. Además, un 22% de las muertes por enfermedades cardiovasculares están relacionadas al tabaco. Estas patologías son la principal causa de decesos en Chile.

CONVENIO MARCO CON LA OMS
Ante estas cifras alarmantes que se han
señalado por la OMS , la ratificación del Convenio Marco contra el Tabaquismo - primer instrumento jurídico mundial para reducir las defunciones y enfermedades relacionadas al tabaquismo - es “una oportunidad para implementar una política de prevención que permita proteger a las futuras generaciones”, enfatiza Marisol Acuña, médico de la Sociedad Chilena de Enfermedades Respiratorias y encargada de la comisión de tabaco de la misma entidad.

La Unión Europea ha puesto en marcha una nueva campaña de lucha contra el tabaquismo a la que dedicará 72 millones de euros, un 8% de los alrededor de 900 millones anuales con los que, en paralelo, se subvenciona este cultivo en Europa.

Esta campaña de prevención y ayuda para dejar de fumar se prolongará hasta 2008 y estará dirigida principalmente a los adolescentes entre 15 y 18 años y a los jóvenes entre 18 y 30 años.

En la actualidad, los jóvenes europeos encienden sus primeros cigarrillos a los 13 años, lo que constituye un hecho "preocupante", según el comisario europeo de Sanidad y Protección de los Consumidores, Markos Kyprianou.

Durante la presentación de la campaña, llamada "Help" (Ayuda), Kyprianou señaló que la UE "no pretende sustituir las acciones nacionales, sino complementarlas" y se mostró "frustrado" de que el tabaquismo mate a tantos ciudadanos de la UE.

BIBLIOGRAFÍA
1. Pearl R. Tobacco smoking and longevity. Science 1938; 87: 216-7.
2. CDC. Achievements in public health, 1900-1999: Tobacco use in the United States, 1900-1999. MMWR 1999; 48: 986-93.
3. OPS. El tabaquismo en América Latina, Estados Unidos y Canadá (período 1990-1999). Junio 2000.
4. Medina E, Pascual JP. Tabaquismo en médicos y estudiantes de medicina. Rev Méd Chile 1985; 113: 688-9
5. OPS. Boletín Epidemiológico 1989. Vol 10, N 3.
6. Wald NJ, Hackshaw AK. Cigarette smoking: an epidemiological overview. Br Med Bull 1996; 52: 3-11.
[ Medline ]
7. Daszenies S, Covacevich C. Tabaquismo en estudiantes de enseñanza media de una comunidad rural de Chiloé. Rev Méd Chile 1999; 127: 38-43.
8. Medina E, Kaempffer A. Tabaquismo en Santiago, 1993-94. Rev Méd Chile 1995; 123: 652-8.
9. OMS. Tabaco o Salud: un informe sobre la situación mundial. 1997.

¿QUE ESTAMOS HACIENDO EN CHILE? ESPERAMOS RESPUESTAS …. ESPERAMOS COLABORACIONES DE TODO EL MUNDO, ESPERAMOS AYUDA FRATERNAL...SALUDOS AL FORO RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, …

TABAQUISMOS21.BLOGSPOT.COM

martes, agosto 02, 2005

EL TABAQUISMO Y LA MUERE, UN DERECHO HUMANO A PROTEGER

EL TABAQUISMO Y LA MUERTE, UN DERECHO HUMANO A PROTEGER
Rodrigo González Fernández
Consultajuridica.blogspot.com

De un tiempo a esta parte observamos en el mundo que una ola de demandas están siendo presentadas por lo distintos gobiernos (de Panamá, Guatemala, Nicaragua y Venezuela contra las tabacaleras. Probablemente Rusia y Brasil harán lo mismo; en USA también por los diferentes Estados, en fin ) Asi se informó por diversos medios no hace mucho tiempo atrás. Todas esas demandas se han copiado el modelo de las demandas de los fiscales estatales, en las que se llegó a un arreglo extrajudicial por 246.000 millones de dólares y asi lo señalaba Amy Ridenour, en artículos por diversos medios de comunicación y en la Red.
Hoy en Chile hay cientos de personas interesadas en estudiar este particular tema y nos han encargado revisar ciertos aspectos jurídicos en relación al tabaquismo y sus consecuencias .Pero no caeremos en los errores y horrores que en esta materia se han deslizado hasta la fecha. Tampoco en ciertas prácticas llevadas a cabo y que todos han conocido. Hoy esta lo que se llama los “ intereses difusos” y los ciudadanos están más maduros que hace una década y por lo tanto exigen más y mejores derechos .
Se han dado algunas cifras en el mundo y localmente y se ha dicho que existe una Mortandad de más de 1,1 millón de latinoamericanos mueren anualmente por tabaquismo y la OMS proyecta que esta cifra se triplicará en 20 años. En el mundo mueren cada año cinco millones de personas, y en Chile, 13 mil personas. El 22,5% de ellas asociado a causas cardiovasculares; el 43,6% a cáncer y el 33%. por enfermedades respiratorias .Estas cifras las autoridades ya deberían tenerlas actualizadas y son mayores. Entonces, ¿ que significa esto? Si tenemos una población de más de trece mil personas que mueren cada año como consecuencias de tabaquismo, y las autoridades nada hacen en concreto y se permite seguir funcionando a todas luces grandes plantas productoras de “ lo que se ha dado en llamar “ un inicio de la muerte” En los últimos cinco años se habrían muerto 65.000 por influencia del tabaco. Esto es simplemente macabro, alarmante , pavoroso. ¿ Es la muerte legalizada? ¿Es una muerte autorizada?.¿Alguien tiene derecho a autorizar la muerte? Ahora si se compara con el caso CELCO, en que no se ha muerto nadie por la instalación de una planta productora de Celulosa generando un escándalo de proporciones nunca visto antes en la historia empresarial del País, llegando a cerrarse una industria en que se invirtieron miles de millones de dólares … y si consideramos que en hay varias de estas plantas Tabacaleras que producen o generan muerte a miles de compatriotas …con autorización de la autoridad ¿no estamos ante un escándalo de proporciones? ¿Cómo se entiende que sigan funcionando – perseverando en la generación de muertes - y atentando contra el principal derecho humano que es la vida?
Ahora bien, si comparamos el tabaquismo con otras enfermedades tenemos que El tabaquismo causa más muertes que el sida, tuberculosis, malaria, accidentes de tránsito, ; pero también vamos a encontrar más homicidios, suicidios y la mortalidad materna juntos han denunciado los organismos internacionales.

Necesario es también considerar los elementos Tóxicos que genera el tabaco :asi, el tabaco contiene 4.000 sustancias tóxicas una vez encendido, de las que más de 400 son probadamente cancerígenas. Si son substancias cancerígenas que van a acelerar la muerte y las graves consecuencias para la calidad de vida para quienes logren salvarse

El tabaco es un accidente de la historia, ha precisado el NIC; Los estudios realizados por esta repartición, una de las 27 que integran los Institutos Nacionales de Salud (NIH) de Estados Unidos de Norteamérica , demuestran que además del terrible cáncer de pulmón, enfermedades cardiovasculares, bronquitis y enfisemas, se ha detectado una relación con el cáncer de cuello uterino a raíz del traslado de los tóxicos por el torrente sanguíneo.

Incluso, obviamente , hay efectos genéticos, como la fisura del paladar o la predisposición a fumar en la adolescencia. Y esto no se remite sólo a quienes fuman. El humo pasivo también mata, añade.

Sin embargo hay un factor económico que es muy importante para el Estado cual es lo referente a los tributos, a los impuestos : En 2001, la industria tabacalera chilena aportó $303 mil millones en impuestos al fisco. Entonces , Equivale a dos años de cobertura del plan AUGE. ¿ Esta dispuesto el estado chileno a renunciar a esta cifra de dinero? O es el valor de los miles de muertos que dejan los efectos del tabaco después de recibir esa cantidad por concepto de tributos?

Pero también es importante ponderar el consumo que a pesar de campañas no se ven cifras que baje la adicción : Se ha dicho que el 42,9% de la población de 12 a 64 años fuma en Chile, . El 46.4% de los hombres y el 39.5% de las mujeres, y en todos los estratos económicos el consumo se sitúa entre el 40% y 44%. Estas son cifras generosas , porque en la realidad deben ser más altas. Ya se han ordenado algunas encuestas y veremos muy pronto resultados.

Ahora respecto de los Espacios: hay estudios en relación con la nicotina ambiental realizado en Santiago entre noviembre y diciembre de 2002 detectó altos niveles de sustancia del humo del cigarrillo en bares, restaurantes y heladerías y otros lugares. En las nuevas encuestas se ampliarán los ambitos de cobertura.

¿Cuánto de esto hay en los hogares, Universidades, estadios, etc.?

También se ha dicho que comprar una cajetilla de cigarros es como adquirir una pistola, o cualquier otro tipo de arma de fuego y dispararse todos los días. Es un suicidio lento. Es peor que un suicidio asistido, porque de este lento suicidio ya se tenía conocimiento.

Cada vez que se enciende un cigarrillo se liberan 4.000 sustancias tóxicas, de las cuales al menos 400 son probadamente cancerígenas, explica Michele Bloch, investigadora del Instituto Nacional del Cáncer (NIC, por sus siglas en inglés), ubicado en Washington, Estados Unidos. Fundamentalmente vamos a encontrar nicotina, alquitrán, amonio que es usado como detergente, arsénico poderoso veneno de carácter bíblico milenario, DDT, poderoso insecticida prohibido en casi todo el mundo, formaldehídos, que es una sustancia para conservar cadáveres, ácido nítrico, monóxido de carbono asi lo han descrito profesionales de la Clínica Alemana de Santiago. Entonces el tabaco, produce serios daños al cerebro , produciendo síntomas parecidos a los de otras drogas como la cocaína y la heroína produciendo también una tremenda adicción. En suma el tabaco produce Cáncer, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares severas, alteraciones de la piel, alteraciones del embarazo y afecta fuertemente al feto.

Pero no solo va a afectar a quienes fuman sino que también a su entorno y está allí el gran afectado sin fumar que es el fumador pasivo, porque va a respirar los ambientes contaminados que contienen todos y cada uno los elementos del humo del que esta fumando y afecta a los adultos y a los niños que tendrán una mayor propensión al asma, otitis, neumonía y bronquitis. Este fumador pasivo estará expuesto a un espectacular aumento de posibilidades en más de 30% de riesgo de mortalidad por enfermedad coronaria, accidentes cerebrales, cáncer y un conjunto de enfermedades respiratorias. Pero lo peor del caso es que cada fumador va afectando además su” bolsillo” es un fuerte gasto por el consumo pero mayor aún por las consecuencias, porque la enfermedad ligada al cáncer trae nefastas consecuencias al afectado y su familia y también para el Estado.

Creo que los candidatos a la Presidencia de la República deberían emitir un pronunciamiento sobre este delicado tema, que aumenta los riesgos de hacer serias enfermedades y a la vida del ser humano, a la calidad de vida por sus consecuencias Estamos ante una grave violación del principalísimo derecho humano, la vida. Entonces merecemos protección constitucional, merecemos protección de los organismos internacionales, y porque no decirlo , si Chile aprobara o mejor dicho ratificara en el parlamento la Corte Penal Internacional de Justicia, también habría de poder recurrirse a ella oportunamente. ¿Qué opina la ciudadanía al respecto? Invito a opinar , incluso a las compañías tabacaleras nacionales e internacionales que mucho tienen que decir.

Saludos al foro
Rodrigo González Fernández
Consultajuridica.blogspot.com

EL TABAQUISMO Y LA MUERTYE

EL TABAQUISMO Y LA MUERTE, UN DERECHO HUMANO A PROTEGER

Rodrigo González Fernández
Consultajuridica.blogspot.com

De un tiempo a esta parte observamos en el mundo que una ola de demandas están siendo presentadas por lo distintos gobiernos (de Panamá, Guatemala, Nicaragua y Venezuela contra las tabacaleras. Probablemente Rusia y Brasil harán lo mismo; en USA también por los diferentes Estados, en fin ) Asi se informó por diversos medios no hace mucho tiempo atrás. Todas esas demandas se han copiado el modelo de las demandas de los fiscales estatales, en las que se llegó a un arreglo extrajudicial por 246.000 millones de dólares y asi lo señalaba Amy Ridenour, en artículos por diversos medios de comunicación y en la Red.
Hoy en Chile hay cientos de personas interesadas en estudiar este particular tema y nos han encargado revisar ciertos aspectos jurídicos en relación al tabaquismo y sus consecuencias .Pero no caeremos en los errores y horrores que en esta materia se han deslizado hasta la fecha. Tampoco en ciertas prácticas llevadas a cabo y que todos han conocido. Hoy esta lo que se llama los “ intereses difusos” y los ciudadanos están más maduros que hace una década y por lo tanto exigen más y mejores derechos .
Se han dado algunas cifras en el mundo y localmente y se ha dicho que existe una Mortandad de más de 1,1 millón de latinoamericanos mueren anualmente por tabaquismo y la OMS proyecta que esta cifra se triplicará en 20 años. En el mundo mueren cada año cinco millones de personas, y en Chile, 13 mil personas. El 22,5% de ellas asociado a causas cardiovasculares; el 43,6% a cáncer y el 33%. por enfermedades respiratorias .Estas cifras las autoridades ya deberían tenerlas actualizadas y son mayores. Entonces, ¿ que significa esto? Si tenemos una población de más de trece mil personas que mueren cada año como consecuencias de tabaquismo, y las autoridades nada hacen en concreto y se permite seguir funcionando a todas luces grandes plantas productoras de “ lo que se ha dado en llamar “ un inicio de la muerte” En los últimos cinco años se habrían muerto 65.000 por influencia del tabaco. Esto es simplemente macabro, alarmante , pavoroso. ¿ Es la muerte legalizada? ¿Es una muerte autorizada?.¿Alguien tiene derecho a autorizar la muerte? Ahora si se compara con el caso CELCO, en que no se ha muerto nadie por la instalación de una planta productora de Celulosa generando un escándalo de proporciones nunca visto antes en la historia empresarial del País, llegando a cerrarse una industria en que se invirtieron miles de millones de dólares … y si consideramos que en hay varias de estas plantas Tabacaleras que producen o generan muerte a miles de compatriotas …con autorización de la autoridad ¿no estamos ante un escándalo de proporciones? ¿Cómo se entiende que sigan funcionando – perseverando en la generación de muertes - y atentando contra el principal derecho humano que es la vida?
Ahora bien, si comparamos el tabaquismo con otras enfermedades tenemos que El tabaquismo causa más muertes que el sida, tuberculosis, malaria, accidentes de tránsito, ; pero también vamos a encontrar más homicidios, suicidios y la mortalidad materna juntos han denunciado los organismos internacionales.

Necesario es también considerar los elementos Tóxicos que genera el tabaco :asi, el tabaco contiene 4.000 sustancias tóxicas una vez encendido, de las que más de 400 son probadamente cancerígenas. Si son substancias cancerígenas que van a acelerar la muerte y las graves consecuencias para la calidad de vida para quienes logren salvarse

El tabaco es un accidente de la historia, ha precisado el NIC; Los estudios realizados por esta repartición, una de las 27 que integran los Institutos Nacionales de Salud (NIH) de Estados Unidos de Norteamérica , demuestran que además del terrible cáncer de pulmón, enfermedades cardiovasculares, bronquitis y enfisemas, se ha detectado una relación con el cáncer de cuello uterino a raíz del traslado de los tóxicos por el torrente sanguíneo.

Incluso, obviamente , hay efectos genéticos, como la fisura del paladar o la predisposición a fumar en la adolescencia. Y esto no se remite sólo a quienes fuman. El humo pasivo también mata, añade.

Sin embargo hay un factor económico que es muy importante para el Estado cual es lo referente a los tributos, a los impuestos : En 2001, la industria tabacalera chilena aportó $303 mil millones en impuestos al fisco. Entonces , Equivale a dos años de cobertura del plan AUGE. ¿ Esta dispuesto el estado chileno a renunciar a esta cifra de dinero? O es el valor de los miles de muertos que dejan los efectos del tabaco después de recibir esa cantidad por concepto de tributos?

Pero también es importante ponderar el consumo que a pesar de campañas no se ven cifras que baje la adicción : Se ha dicho que el 42,9% de la población de 12 a 64 años fuma en Chile, . El 46.4% de los hombres y el 39.5% de las mujeres, y en todos los estratos económicos el consumo se sitúa entre el 40% y 44%. Estas son cifras generosas , porque en la realidad deben ser más altas. Ya se han ordenado algunas encuestas y veremos muy pronto resultados.

Ahora respecto de los Espacios: hay estudios en relación con la nicotina ambiental realizado en Santiago entre noviembre y diciembre de 2002 detectó altos niveles de sustancia del humo del cigarrillo en bares, restaurantes y heladerías y otros lugares. En las nuevas encuestas se ampliarán los ambitos de cobertura.

¿Cuánto de esto hay en los hogares, Universidades, estadios, etc.?

También se ha dicho que comprar una cajetilla de cigarros es como adquirir una pistola, o cualquier otro tipo de arma de fuego y dispararse todos los días. Es un suicidio lento. Es peor que un suicidio asistido, porque de este lento suicidio ya se tenía conocimiento.

Cada vez que se enciende un cigarrillo se liberan 4.000 sustancias tóxicas, de las cuales al menos 400 son probadamente cancerígenas, explica Michele Bloch, investigadora del Instituto Nacional del Cáncer (NIC, por sus siglas en inglés), ubicado en Washington, Estados Unidos. Fundamentalmente vamos a encontrar nicotina, alquitrán, amonio que es usado como detergente, arsénico poderoso veneno de carácter bíblico milenario, DDT, poderoso insecticida prohibido en casi todo el mundo, formaldehídos, que es una sustancia para conservar cadáveres, ácido nítrico, monóxido de carbono asi lo han descrito profesionales de la Clínica Alemana de Santiago. Entonces el tabaco, produce serios daños al cerebro , produciendo síntomas parecidos a los de otras drogas como la cocaína y la heroína produciendo también una tremenda adicción. En suma el tabaco produce Cáncer, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares severas, alteraciones de la piel, alteraciones del embarazo y afecta fuertemente al feto.

Pero no solo va a afectar a quienes fuman sino que también a su entorno y está allí el gran afectado sin fumar que es el fumador pasivo, porque va a respirar los ambientes contaminados que contienen todos y cada uno los elementos del humo del que esta fumando y afecta a los adultos y a los niños que tendrán una mayor propensión al asma, otitis, neumonía y bronquitis. Este fumador pasivo estará expuesto a un espectacular aumento de posibilidades en más de 30% de riesgo de mortalidad por enfermedad coronaria, accidentes cerebrales, cáncer y un conjunto de enfermedades respiratorias. Pero lo peor del caso es que cada fumador va afectando además su” bolsillo” es un fuerte gasto por el consumo pero mayor aún por las consecuencias, porque la enfermedad ligada al cáncer trae nefastas consecuencias al afectado y su familia y también para el Estado.

Creo que los candidatos a la Presidencia de la República deberían emitir un pronunciamiento sobre este delicado tema, que aumenta los riesgos de hacer serias enfermedades y a la vida del ser humano, a la calidad de vida por sus consecuencias Estamos ante una grave violación del principalísimo derecho humano, la vida. Entonces merecemos protección constitucional, merecemos protección de los organismos internacionales, y porque no decirlo , si Chile aprobara o mejor dicho ratificara en el parlamento la Corte Penal Internacional de Justicia, también habría de poder recurrirse a ella oportunamente. ¿Qué opina la ciudadanía al respecto? Invito a opinar , incluso a las compañías tabacaleras nacionales e internacionales que mucho tienen que decir.

Saludos al foro
Rodrigo González Fernández
Consultajuridica.blogspot.com