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sábado, diciembre 31, 2005

LOBBYING SIN CAER EN TRAFICO DE INFLUENCIAS

Se nos ha consultado ¿quienes serán los lobistas... ¿cualquiera? ¿los que asi se dicen llamar...? ¿o los que adquieran un título en alguna universidad o en algún instituto especializado para los efectos?
La ley al parecer no se ha preocupado de esto... Esto es de la mayor importancia

Cámara Alta discutirá en general proyecto que regula el lobby este martes 3 de enero
La iniciativa está en segundo trámite y busca transparentar y reconocer legalmente la actividad del lobby o gestión de intereses.

Sala del Senado
Este martes 3 de enero, la Sala del Senado deberá discutir en general el proyecto que regula el lobby con el propósito de reconocer legalmente dicha actividad y normar la gestión de intereses, a objeto de hacerla más transparente.
La iniciativa que está en tercer lugar de la tabla de sesiones de ese día, se encuentra en segundo trámite en el Congreso y ya fue analizada por la Comisión de Gobierno del Senado, presidida por el senador Hernán Larraín.
“Ojalá que podamos aprobar este proyecto en general y darnos un buen tiempo para verlo en particular, porque es una buena iniciativa para discutir el tema del tráfico de influencias”, dijo el senador Larráin tras señalar que el proyecto “es un intento serio de regular el tráfico de influencia de todas las personas o grupos de intereses que intentan obtener que sus planteamientos sean recibidos y recogidos”.
La iniciativa regula el lobby o gestión de intereses y la define como la actividad de promoción, defensa o representación de intereses de personas, instituciones u organizaciones privadas o públicas, ejercida por personas naturales o jurídicas, con el propósito de influir en las decisiones de los órganos de la Administración y del Parlamento.
Asimismo, el proyecto define al lobbysta como la persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que realiza las actividades antes descritas y hace un distinción entre éste y el lobbysta profesional, quien es definido en la iniciativa como aquella persona que realiza “habitualmente y en forma remunerada acciones de gestión de interés ante alguna de las autoridades que tienen la obligación de registrar los contactos o actividades de lobby efectuadas ante ellas”.
El texto también contempla la creación de dos registros públicos de lobbystas, uno a cargo del Ministerio de Justicia y otro a cargo de una comisión bicameral permanente de fiscalización del lobby, en los cuales deberán inscribirse todas las personas que deseen desarrollar esta actividad de manera profesional.
Para evitar que surjan interpretaciones equívocas respecto de las actividades que pueden entrar en la categoría de lobby, el proyecto especifica que no constituyen actividades de ese tipo las expresiones realizadas a través de discursos o publicaciones; las manifestaciones realizadas en reuniones o asambleas públicas; las declaraciones o comunicaciones hechas por funcionarios públicos o parlamentarios en el ejercicio de sus funciones o las declaraciones o informaciones entregadas a alguna comisión del Congreso, entre otras.
Normas para los lobbystas
El texto establece que quienes realicen profesionalmente actividades de lobby estarán obligados a informar semestralmente, sobre las autoridades, miembros, funcionarios y organismos ante las cuales hayan desarrollado gestiones de intereses, las materias en las que hayan intervenido, los intereses que hayan promovido y los objetivos de cada una de las gestiones realizadas.
Asimismo, señala que los lobbystas profesionales no podrán defender o representar, de manera simultánea, intereses opuestos y tampoco podrán contribuir al financiamiento de partidos políticos ni de campañas electorales, entre otras disposiciones.
Si algún lobbysta incurre en faltas a la ley, las autoridades competentes podrán aplicar sanciones que dependan de la gravedad de la falta, las que pueden ir desde la amonestación escrita, multas de hasta 150 Unidades Tributarias Mensuales, la suspensión del registro público hasta por tres años e incluso la eliminación definitiva de dicho registro.

Esta por salir nuestro libro "El Lobbying sin caer en el tráfico de influencias ", que hemos preparado estudiando el derecho comparado de los EEUU y del Parlamento Europeo. Ambos con tratados de libre comercio que Chile ha suscrito y en que se encuentra normado el Lobbying.

Saludos lobyingchile, blogspot.com, Rodrigo González Fernández

SERGIO ROMERO PRESIDENTE DEL SENADO


CON UNA INTERVENCIÓN DEL PROPIO PRESIDENTE DEL SENADO QUISIERAMOS SALUDAR A TODOS NUESTROS LECTORES Y DESEARLES FELIZ AÑO NUEVO:

INDEPENDENCIA Y RESPETO

POR SERGIO ROMERO P., PRESIDENTE DEL SENADO

Presidente del Senado Sergio Romero

La opinión pública ha conocido los anuncios de una moción de censura en mi contra – destinada a buscar mi destitución como titular de la Cámara Alta- motivada por las críticas que formulé a la intención del Presidente de la República de reponer en el Senado el proyecto de reforma al sistema binominal, previamente rechazado en la Cámara de Diputados. En la oportunidad, me referí también a la controvertida conducta de intervencionismo electoral que ha tenido el Ejecutivo en el actual proceso eleccionario.


En el ejercicio de la Presidencia del Senado he actuado sobre la base de defender los principios de independencia y respeto entre las personas y los poderes del Estado, así como para otorgarle a la Corporación los mayores grados de transparencia y modernidad. En ese marco, esta no es la primera vez que planteo la inconveniencia de convertir las Cámaras Legislativas en buzones o escenarios de juegos políticos electorales.



Quisiera recordar que hace poco se anunció otra censura en mi contra, que provenía de la misma bancada que anunció la actual y que luego no se formalizó, a raíz de una decisión de hacer públicas - como regla general- las sesiones y votaciones en el Senado, a la luz del mandato constitucional.



Asimismo, en términos de ser consecuente con la aplicación estricta de las normas constitucionales y legales, resolví con apego a este criterio la situación generada con ocasión del reemplazo del senador Lavandero hace solo meses, lo que puede haber irritado a quienes se sintieron perjudicados en sus intereses. Sin embargo, la consecuencia es un valor que esta por encima de motivaciones particulares.


Con la misma decisión que he defendido los fueros del Senado y la aplicación de las normas constitucionales, reafirmo hoy mi resolución de afrontar con la mayor decisión y serenidad las contingencias de un voto de censura, anunciado por haber emitido opiniones políticas realizadas a título personal, como cualquier ciudadano tiene derecho a formularlas, acerca de la inconveniente intervención del Presidente de la República en el proceso eleccionario. Es de la esencia de la democracia emitir opiniones sin censura previa y sin temor a represalias.

Por otra parte, siempre defenderé la independencia y el respeto que se merece el Poder Legislativo, ya que se pretende utilizar al Senado como escenario de un nuevo juego electoral, sin destino, a través de un proyecto vacío y ya fracasado en la Cámara de Diputados, que se refiere al sistema binominal.



Quisiera recordar que con este expediente se mal utiliza un procedimiento legislativo- postergando proyectos importantes - y se pasan por alto acuerdos y declaraciones de no hacer modificaciones al sistema binominal, a través de nuevas reformas constitucionales, sino que hacerlo por la vía legislativa. Para este efecto, hemos estado disponibles para crear una unidad de trabajo con el Presidente de la Cámara de Diputados.

Fue el propio Presidente de la República quien, el 17 de septiembre, al firmar las reformas constitucionales, señaló que “serán otros”, los que se encarguen de modificar el sistema electoral. Tampoco entonces se cumple, por el Ejecutivo, con lo que se acuerda o se ofrece.



Asimismo, resulta sorprendente que el Ejecutivo pretenda insistir ante el Senado con un proyecto de Reformas Constitucionales para modificar el sistema binominal , en circunstancias que el articulo 68 de la Constitución que se pretende aplicar no procede cuando se trata de reformas Constitucionales, al tenor del artículo 127 de la misma Carta Fundamental, dado que ella prescribe que sólo puede reformarse con lo quórums positivos del artículo 127 y no con los negativos del articulo 68 de la Constitución Política.


Reitero que el Congreso Nacional debe ser respetado y no debe ser utilizado como escenario de juegos políticos electorales, que sólo consiguen desprestigiar los procesos legislativos con proyectos sin contenido, postergando en cambio la tramitación de iniciativas de gran valor como las de seguridad contra la delincuencia, o de importancia trascendente como las del lobby, los gobiernos corporativos y las leyes orgánicas del Congreso Nacional y del Tribunal Constitucional.


Estoy convencido que esta censura, que carece de todo fundamento, no prosperará, ya que no es posible amordazar toda crítica política y que ésta sólo sea lícita cuando la realizan las autoridades del Ejecutivo y los personeros de la Concertación.
INTERVENCIÓN DEL pRESIDENTE DEL sENADO DE cHILE, DON SERGIO ROMERO PIZARRO, consultajuridica.blogspot.com, Rodrigo González Fernández