Fecha de publicación: 29/06/2016
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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Santiago- Chile
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Fecha de publicación: 29/06/2016
La Alianza del Pacífico, el proyecto de integración comercial conformado por Chile, Colombia, México y Perú, ha conseguido mucho en poco tiempo. Prueba de ello es el magnetismo que ejerce sobre los gigantes del MERCOSUR.
Los presidentes en ejercicio de Perú, Chile, México y Colombia: Humala, Michelet, Peña Nieto y Santos.
Este año, un suceso inédito hará que el encuentro empresarial de la Alianza del Pacífico, que se realiza este jueves (30.6.2016) en la ciudad chilena de Frutillar, tenga una importancia simbólica tan grande como su cumbre presidencial, pautada para el día siguiente en Puerto Varas, al sur de Santiago: los mandatarios de Argentina y Costa Rica, que no pertenecen a ese proyecto de integración comercial latinoamericano, se mezclarán con los emprendedores e inversionistas de ese bloque y Brasil enviará a sus industriales como emisarios.
La presencia del jefe de Gobierno costarricense, Luis Guillermo Solís, no extraña porque su país está cada vez más cerca de unirse a la Alianza del Pacífico, fundada por Chile, Colombia, México y Perú en 2011. Pero la coincidencia del nuevo "hombre fuerte" de Buenos Aires, Mauricio Macri, y de los empresarios brasileños en la cita de este 30 de junio es percibida como una señal prometedora, sobre todo para la presidenta de Chile, Michelle Bachelet, quien se ha esmerado en acercar al Mercado Común del Sur (MERCOSUR) a la Alianza del Pacífico.
"Son loables los esfuerzos de Chile por conseguir que el MERCOSUR se abra hacia la Alianza del Pacífico porque, de tener éxito, estimularían una verdadera integración regional; de momento, el MERCOSUR es un puñado de mercados relativamente cerrados", comenta Christoph G. Schmitt, director ejecutivo principal de la Lateinamerika Verein, la asociación de empresarios alemanes con intereses en América Latina y el Caribe. A sus ojos, el intercambio entre ambas uniones es viable sin que haya fricciones ideológicas y sin que ninguno salga perdiendo.
Conexiones bienvenidas
La Alianza del Pacífico era rechazada por la predecesora de Macri en la presidencia de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner (2007-2015), quien la describía como un club creado por Ejecutivos de derecha alineados con los intereses de Estados Unidos. El pasado 8 de junio, Argentina fue aceptada en sus filas como el 49º Estado observador. El canciller chileno, Heraldo Muñoz, ha defendido el "rol articulador" de su país, afirmando que "nuestra propuesta de 'convergencia en la diversidad' ya se impuso en la región".
Entre los paneles temáticos de la cumbre empresarial de este jueves (30.6.2016) hay uno dedicado al análisis de otros mecanismos de integración, como la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) y el Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC). Eso obliga a preguntar: ¿cómo evolucionan los nexos entre la Alianza del Pacífico y la Unión Europea (UE)? "Individualmente, los países con costas en el Pacífico cultivan sus tratados de libre comercio con la UE, pero como bloques, sus intercambios podrían ser mayores", dice Schmitt.
También el economista de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) Sebastián Nieto Parra elogia el empeño de la Alianza del Pacífico en ampliar sus conexiones dentro y fuera del continente americano; a su juicio, eso puede fomentar la competitividad de los países latinoamericanos. No obstante, el experto ve deficiencias que el cuarteto formado hasta ahora por Chile, Colombia, México y Perú debe atender pronto.
Desafíos por delante
Aunque la OECD aplaude la entrada en vigor de un protocolo comercial que permite la circulación sin aranceles del 92 por ciento de los productos y servicios de la Alianza del Pacífico, y también celebra la flexibilización de las reglas de origen, Nieto Parra recalca que es necesario ver avances en otros campos, como el de la integración financiera, que contribuiría a atraer inversiones extranjeras y a estimular las economías de escala.
"El Mercado Integrado Latinoamericano (MILA), que integra a las bolsas de valores de Chile, Colombia, México y Perú, es una iniciativa bienvenida; pero el MILA todavía debe homologar algunas reglas tributarias y de procesos si se quiere atraer activos financieros", señala Nieto Parra. "El otro asunto impostergable es el de la reducción de los costos de transporte. Hoy en día, en América Latina, los costos más altos no corresponden a los aranceles, sino a la logística y el transporte", explica el especialista.
"El desarrollo de una mejor logística y una mejor infraestructura de transporte es fundamental. Y ahí me refiero a una infraestructura multimodal que vaya más allá de la construcción u optimización de las carreteras. Hacen falta puertos, canales y vías férreas. Desde luego, también hay que hacer un análisis costo-beneficio para saber qué impacto social, ecológico y medio ambiental tendrán esos proyectos. En ese sentido, también se debe poner énfasis en que las alianzas público-privadas generen beneficios tangibles", sostiene Nieto Parra.
A pesar de la debilidad de la economía global, este puerto apunta a un nuevo récord en el manejo de contenedores: más de 10 millones de contenedores estándar (TEU). En 2014 Hamburgo movió 9,7 millones de contenedores, un aumento del 5%, en comparación con 2013.
CORTE SUPREMA DICTA SENTENCIA DEFINITIVA EN ARISTA PRINCIPAL DEL CASO MOP GATE
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación sobre una serie de irregularidades cometidas en el Ministerio de Obras Públicas y la empresa Gestión Ambiental y Territorial (GATE), proceso que investigó en primera instancia la ministra Gloria Ana Chevesich Ruiz.
En fallo unánime (causa rol 25378-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito, Andrea Muñoz y Manuel Antonio Valderrama– acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había condenado a 11 empleados de empresas consultoras que operaron con el MOP.
De esta forma, el máximo tribunal mantuvo la sentencia de primera instancia dictada por ministra Chevesich, que condenó a los siguientes funcionarios públicos:
-Carlos Cruz Lorenzen: 3 años de presidio en calidad de autor del delito de fraude al fisco continuado.
-Sergio Cortés Castro: 5 años de presidio como autor del delito de fraude al fisco continuado.
-Roberto Salinas Briones: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
-Sergio Hinojosa Ramírez: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
-Ramón Silva Améstica: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
-Eduardo Bartholin Zanetta: 61 días de presidio como autor de fraude al fisco.
-Gonzalo Castillo Navasal: 61 días de presidio como autor de fraude al fisco.
-Nassir Sapag Chain: 200 días de presidio como autor de fraude al fisco.
-Héctor Quiroz Astorga: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
-Dolores Rufián Lizana: 60 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
-Óscar Araos Guzmán: 541 días de presidio como autor de fraude al fisco continuado.
-Héctor Peña Véliz: 61 días de presidio como cómplice de fraude al fisco.
-Luis Jara Núñez: 40 días de presidio como encubridor de fraude al fisco.
La sentencia del máximo tribunal confirmó la sentencia de primera instancia: "(…) en atención a las fundamentaciones que se han reproducido, este tribunal no puede sino llegar a la convicción, basada en la prueba que analiza profusamente el fallo de primer grado, que en la especie se ha configurado el delito de fraude al Fisco ocasionado con las maquinaciones que se expresan claramente en el fundamento 22 del dictamen de primera instancia y que ocasionó al Estado un perjuicio efectivo de $799.142.217, en la que un grupo de personas idearon un procedimiento para sobrevalorar el precio de consultorías necesarias para cumplir objetivos de obras públicas estatales, para obtener indebidamente recursos que se destinaron a pagar honorarios no consultados en el presupuesto público y que el Fisco no estaba en el deber de solucionar, lo cual según los antecedentes latamente explicados en dicha sentencia, que se ha reproducido en lo pertinente, importa cumplir con los elementos del tipo penal que hacen ilícita esas maniobras dolosas".
Resolución que agrega: "Con el mismo rigor probatorio se ha demostrado que en dichas conductas ilícitas tuvieron participación culpable en el delito, que se calificó como continuado, los acusados Cruz Lorenzen, Cortés Castro, Salinas Briones, Hinojosa Ramírez, Silva Améstica, Bartholin Zanetta, Castillo Navasal, Sapag Chaín, Quiroz Astorga, Rufián Lizana, Araos Guzmán, Peña Véliz y Jara Núñez, de modo que esa convicción de condena basada rigurosamente en la prueba aportada y que se constituyen como cargos fehacientes de esa responsabilidad, obligan a aceptar el criterio de condena manifestado en la sentencia de primera instancia y por lo tanto, no es posible modificar esas determinaciones y que aparecen reclamadas en los recursos interpuestos por dichos sentenciados, para enervar esas decisiones".
"Esta Corte coincidirá –continúa– con la juez a quo en lo que se refiere a las absoluciones de determinados consultores que dispusieron los giros de cheques de la cuenta corriente de su empresa para hacer devolución de una parte de un precio que a instancias de funcionarios del MOP, mandante de dichos contratos, según condiciones impuestas de forma perentoria y que aparecían como aceptables o plausibles, de manera que en los casos de los inculpados Marcos Luraschi, Abdón Naím, Sergio González, Francisco González, Eduardo Valenzuela, Luis Arrau, Alejandro Gutiérrez, Francisco Donoso, Carlos Calderón, Luis Solar y Jorge Quiroz, no demostrada de manera vehemente la existencia de una colaboración maliciosa en la producción del suceso ilícito, ideado por funcionarios públicos de un organismo del Estado como es el MOP, es dable aceptar la certeza moral absolutoria arribada por la juez de primera instancia y que autoriza el artículo 456 bis del Código de Procedimiento Penal".
La sentencia, además, impone a los condenados Cruz, Cortés, Salinas, Hinojosa, Silva, Bartholin, Castillo, Sapag, Quiroz, Rufián, Araos, Peña y Jara, las penas accesorias de inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio público y se les impone una multa ascendente al 10% del monto defraudado.
En el aspecto civil, se acogió la demanda deducida por el Consejo de Defensa del Estado, por el Estado de Chile, y se condenó a los acusados a pagar la suma total $799.142.217 (setecientos noventa y nueve millones ciento cuarenta y dos mil doscientos diecisiete pesos).
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