TU NO ESTAS SOLO EN ESTE MUNDO si te ha gustado algun artículo , compártelo, envialo a las Redes sociales, Twitter, Facebook, : Compartamos el conocimiento

martes, octubre 24, 2017

Juzgado Civil de Santiago condena a dueño de perro a pagar indemnización

Dejó con serias lesiones a motociclista.

Juzgado Civil de Santiago condena a dueño de perro a pagar indemnización por accidente de tránsito provocado por el animal.

Tribunal ordenó a propietario de perro de raza boyero pagar $1.088.694 a conductora de motocicleta accidentada el 14 de junio de 2014, en Avenida Cuarto Centenario.

23 de octubre de 2017

El Primer Juzgado Civil de Santiago condenó al propietario de un perro que provocó un accidente de tránsito en junio de 2014, que dejó con serias lesiones a motociclista.
En el fallo se ordenó al dueño a pagar la suma de $1.088.694,  por concepto de daño emergente, a la conductora quien conducía su motocicleta por Avenida Cuarto Centenario, el 14 de junio de 2014, vía en la que fue embestida por el perro raza boyero de propiedad de Carranza Garcés.
La sentencia establece que los medios de prueba aparejados, son insuficientes para acreditar la exclusión de toda responsabilidad que sobre el demandado recae, habida cuenta que no existe discusión en autos sobre si el animal sub-lite contaba o no con una correa y un collar de seguridad, sino que lo que se controvierte es si esa medida era o no suficiente para evitar la posible huida de la mascota; en ese contexto, el demandado no aparejó al proceso medio de prueba que permitiese ilustrar al Tribunal respecto al collar utilizado y si éste era de aquellos recomendados para animales cuyo peso sobrepasa los 50 kilogramos, presumiéndose que si el actor transporta habitualmente a su mascota en vehículo, debe prever medidas de seguridad por sobre lo recomendado, debido al peligro a que expone a los terceros ante la escapada o huida de un animal de esa envergadura, no habiendo acreditado, tampoco, que hubiese tomado todas las medidas de seguridad para evitar que el animal escapara del auto, lo que conlleva a desestimar la defensa aludida y por consiguiente rechazar lo alegado respecto del caso fortuito o fuerza mayor contenido en el artículo 45 del Código Civil.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
  • Siguenos en twitter: @rogofe47Chile
 CEL: 93934521
Santiago- Chile