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sábado, septiembre 17, 2005

CONSERVADOR DE BIENES RAICES

Se nos consulta que es el Conservador de Bienes Raíces. www.conservador.cl allí encontraran importante informacion .Quienes estudiamos Derecho Civil, allí se nos enseñó los principales aspecto sobre esta materia y agradecemos a los profesores Ana Maria Watkins y Armando Arteaga, en la Universidad La República.

Veamos algo:

La institución del Conservador de Bienes Raíces de Santiago se creó a través del Decreto con Fuerza de Ley 247 el 20 de mayo de 1931 y desde entonces ha regido los registros conservatorios de los bienes raíces.
¿Cuál es su misión?

Los Conservadores de Bienes Raíces son ministros de fe encargados de los registros conservatorios de bienes raíces cuyo objeto principal es mantener la historia de la propiedad inmueble y otorgar una completa publicidad a los gravámenes que pueden afectar a los bienes raíces.La misión del Conservador de Bienes Raíces es tan importante que, graficándolo en términos simples, no existiría un título o dominio como tal si la propiedad no es registrada por el Conservador.Su función es sumamente importante por cuanto es el Conservador quien estudia la legalidad y otorga validez a los títulos de propiedades, considerando la inscripción como requisito, prueba y garantía de la posesión.
¿Cómo se organiza el servicio registral?

La organización del servicio registral - normativa que regula el ordenamiento jurídico de los actos y contratos que por su importancia el legislador somete a registro para su publicidad y eficacia jurídica-, así como el carácter de agentes fiscalizadores del cumplimiento de las obligaciones tributarias que la ley da a Notarios y Conservadores, se contempla fundamentalmente en los siguientes cuerpos legales:• Derecho de Propiedad. Constitución Política de la República de Chile.• Código Civil. • Código Orgánico de Tribunales.• Reglamento del Conservador.• Decreto con Fuerza de Ley 247 de 1931 sobre Organización del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.• Código de Procedimiento Civil.• Código de Comercio Código de Minas.• Código de Aguas.• Código y leyes tributarias.• Leyes sobre Prendas especiales (Agraria, Industrial y de Compraventa de Bienes Muebles a Plazo).• Leyes que rigen el Sistema Electoral que entrega a los Conservadores y otros miembros de las votaciones populares y escrutinios. • Poder Judicial, funciones esenciales para el desarrollo de las votaciones populares y escrutinios.• Ley de Bancos e Instituciones Financieras.
¿Cómo operan los Conservadores de Bienes Raíces y qué funciones cumplen?

Los Conservadores de Bienes Raíces – tres en el caso de Santiago - tienen un libro denominado repertorio en el cual anotan todos los títulos que se presentan y llevan tres registros denominados.1. Registro de propiedad2. Registro de hipotecas y gravámenes3. Registro de interdicciones y prohibiciones de enajenar• En el primero se inscriben las transacciones de dominio (transferencia, transmisiones y adquisiciones por prescripción).• En el segundo las hipotecas, los censos, los derechos de usufructo, uso y habitación, los fideicomisos, las servidumbres y otros gravámenes semejantes.• En el tercero, las interdicciones y prohibiciones de enajenar y todo impedimento o prohibición referentes a inmuebles que limite de cualquier modo el libre ejercicio del derecho de enajenar (embargo, cesión de bienes, litigios etc.).
¿Cómo funcionan los registros de los conservadores y cuál es la función del Conservador?

Con arreglo a la ley, las actuaciones registrales constituyen el catastro jurídico que forma el Conservador por medio de las inscripciones, subinscripciones y archivo de planos, da las copias y certificaciones con fuerza legal que le solicitan de aquellas y de éstos.Por iniciativa del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la institución mantiene a su costa un archivo microfilmado de respaldo de inscripciones, índices y planos, el que será sustituido por un archivo digitalizado en discos ópticos para la adecuada actualización y transmisión a distancia de la información registral.• Inscripciones.• Subinscripciones.• Archivo de planos.• Copias.• Certificados.• Índices de inscripciones para acceso a la información registral.

Saludos y consulten a Rodrigo González Fernández, consultajuridica,blogspot.com