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miércoles, octubre 05, 2005

LA PROFESION LEGAL Y SISTEMA LEGAL CHILENO

El discurso de la reforma del “sistema legal” se ha venido escuchando desde la década de los 60 y se ha insistido en la modificación de la educación legal y jurídica ( en sentido amplio) y evidentemente en la formación de jueces. Se ha hablado incluso de “ crisis” como peligro y oportunidad según Squella
Un discurso de la “crisis”( discurso de minorías ) y uno “legalista”( el oficial) que están en permanente tensión según destaca y ha explicado el profesor Marcelo Montero I, por diversas razones políticas, sociales y religiosas.
Chile mantiene la tradición jurídica de Derecho Civil o tradición Romano- Canónica al decir de John Henry Merryman y esto en oposición, por cierto a la tradición del Common Law propia de los anglosajones . El discurso legalista nace en la tradición del Derecho Civil. Este tiene – evidentemente - una fuerte influencia de la Iglesia Católica y de sus Universidades. Y quienes la siguen entienden perfectamente el sistema legal y sus influencias ( véase ley de Matrimonio Civil)
Desde la Revolución francesa, el constitucionalismo, la codificación francesa dan lugar a cuerpos normativos sistemáticos en que la percepción es la ley y justicia que eran lo mismo. Es la ley la principal fuente de derecho y nacerá o se originará “el legalismo” , en que el derecho se agota en la Ley
Estas ideas francesas son traídas a Chile por don Andrés Bello ( hoy se celebran 150 años con un Congreso Internacional ) y en especial éste recoge la obra de Pothier y en definitiva se somete la voluntad del juez a la voluntad originaria del legislador.
Asi las escuelas de Derecho, desde sus orígenes , se acogen a este sistema legalista y son formados miles de estudiantes como profesionales cultos, informados . expertos en el manejo de códigos y leyes, llegando a tener la profesión de abogado un gran prestigio social, político y de fuerte influencia en la sociedad.
De tal forma, que el legalismo francés se instaura en Chile y lo recogen importantes profesores : desde ya , Claro Solar, Arturo Alessandri entre otros que parafrasearon el derecho francés.
Entonces, fácil es comprender porque el “legalismo” ha sido el discurso oficial durante 150 años en Chile Muchas generaciones de abogados han sido formado con unos mismos libros y sus actualizaciones – aproximaciones – revisitas - vigentes hasta el día de hoy . Pero el mundo cambió radicalmente . Hoy no es el mismo mundo de Bello y menos aquel de los clásicos franceses y tampoco ya lo es de nuestros propios clásicos señalados. La sociedad reclama cambios
De aquí surge el problema del objeto final de la enseñanza de derecho. ¿Cómo se imparte la formación legal en las Universidades Chilenas? ¿Se esta formando licenciados en ciencias jurídicas o se está formando abogados? Porque hay una gran diferencia entre ambos.
En definitiva, ante un sistema legalista fuertemente radicado – se dice - es muy difícil un cambio, pero no hay que claudicar; porque seguir en la memorización de conceptos, características ; tipos legales, en que el capital del profesor ha sido saberse de memoria su código y el juez tenerlo al frente como una biblia etc. ha sido lo mejor valorado en los exámenes finales y de grado en las diferentes universidades latinoamericanas y también por algunos expertos que juzgan mediáticamente a jueces … Esto debe cambiar. Es más, debe cambiar aquello que sea la Corte Suprema quien entregue el Título de abogado y las Universidades solo entregan un grado.¿Cómo se conforman las Universidades , sin llegar a poder entregar el título profesional por el cual el alumno pagó para su instrucción y la universidad cobró y exigió el pago ? Eso es cosa del pasado.
Entonces, la educación legal debe cambiar , debe ajustarse a la realidad , ajustarse al siglo XXI para que no se diga que los que aplican el derecho , esto es los jueces, lo hacen de una forma arcaica y para quienes dictan las leyes que aplicarán estos jueces, no lo hagan fuera de la realidad y los estudiantes de universidades Chilenas que imparten la Carrera de Derecho, para que no estudien miles de conceptos que hoy se los da un computador una “palm” y otros instrumentos que vendrán. Don Andrés Bello no tenía Palm, no tenía computador y menos internet y todas las TIC. Los jóvenes de hoy, lo tienen todo y además tienen un mundo de la información global que es enorme. Pero deben adquirir las destrezas en un derecho moderno y global Es en ese mundo global donde deberán desempeñarse en su vida profesional. ¿Se están adiestrando profesionales para ese mundo global en las diferentes facultades de Derecho del país?
Pareciera ser que hay mucho que analizar antes de juzgar a parlamentarios y jueces en su actuar que le es propio y tampoco hay que llegar a decir …” es lo que hay”…la cuestión es más profunda y amerita grandes reformas. No se puede esperar otros ciento cincuenta años para reformar “ el sistema legal”, “la profesión legal chilena” como bien ha dicho el profesor Marcelo Montero I. de la Universidad Diego Portales.
Reforma al sistema Legal y a la profesión legal chilena, Saludos Rodrigo González Fernández consultajuridica.blogspot.com. rogofe47@hotmail.com

SENADO RESPALDA A MINISTRO MUÑOZ Y TRANSPARENCIA


Categórico respaldo del Senado al ministro Sergio Muñoz como nuevo integrante de la Corte Suprema
Con sus 48 años de edad, será el magistrado más joven del máximo tribunal de justicia. Sin embargo, previo a la ratificación de su nombramiento, el Senado tuvo un candente debate jurídico de más de una hora, luego que el Presidente de la Corporación, anunciara sesión y votación pública, poniendo en práctica el artículo 8° de la nueva Constitución

Por 36 votos a favor, es decir cinco más del quórum requerido y 8 en contra, el Senado aprobó la solicitud del Presidente de la República, para designar como ministro de la Corte Suprema al juez Sergio Muñoz Fajardo, quien alcanzó máxima notoriedad al llevar procesos tan complejos como la red de pedofilia del empresario Claudio Spiniak y las cuentas en el banco Riggs de la familia Pinochet, entre otros.
El juez, egresado como abogado de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, y con una impecable trayectoria profesional, con sus 48 años de edad, será el magistrado más joven de la Suprema y ocupará la vacante que dejó el ministro Hernán Alvarez.
Y aunque la votación tomó escasos minutos y fue secreta, lo cierto es que fue necesario un candente debate jurídico de una hora, la suspensión de la sesión por 5 minutos y una reunión de urgencia del Presidente y Vicepresidente, senadores Sergio Romero y Jaime Gazmuri, respectivamente, con los jefes de comités, para solucionar el “impasse” que se produjo por la división de los senadores, respecto de la decisión de la mesa, de que tanto la sesión como la votación debían ser públicas.
El fundamento era el artículo 8° de la nueva Constitución que establece que "son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen, por lo que ni el Senado, ni sus comisiones, pueden celebrar sesiones o partes de sesiones en forma secreta o reservada, ni someter a votación asuntos de igual manera, que no se encuentren previstos en la misma Constitución Política o en una Ley.
En la reunión de la mesa con los comités se acordó que la sesión seguiría con carácter público, pero la votación sería secreta, además se anunció la petición al Ejecutivo para que califique con suma urgencia el proyecto de ley orgánica del Congreso Nacional que la adecua a los cambios de la nueva Constitución.
Un Senado distinto
“Quiero señalar que este es un debate histórico en el Senado, ya que se ha planteado en términos concretos y directos por parte de la Presidencia del Senado que, el mandato constitucional debe aplicarse en todas sus formas no sólo al poder legislativo, sino a todos los poderes del estado. Quiero señalar que ha habido altura de miras, argumentaciones, y por supuesto, contradictorias posiciones que engrandecen al Senado”, dijo el titular de la Cámara Alta.
Resaltó que manteniendo la interpretación de que todas las votaciones y sesiones deberían ser públicas en el futuro “he tomado la decisión de mantener el carácter público de la sesión. Sin embargo, y con el objeto de conciliar posiciones he admitido que se vote y espero por última vez, con el sistema de votación reservada privada o secreta”, apuntó.
El senador Romero, aseguró que, a pesar del prolongado debate, no se sintió cuestionado “porque era una interpretación jurídica y la Sala estaba dividida. Yo tenía a favor el reglamento y la prudencia me indicó que había que escuchar a los comités y después decidir”. Añadió que la corporación “es un organismo transparente, vivo y que permitió que todos ustedes pudieran escuchar los debates sobre la materia y no hubiese sido posible si no hubiese tomado la decisión de haber hecho pública la sesión. Me siento enaltecido, respaldado porque siento que iniciamos un proceso irreversible en el país. El país de ayer quedó atrás con la norma del artículo octavo que nace del proyecto de ambas mociones parlamentarias, de las cuales yo fui uno de los firmantes. Hemos hecho una contribución y hay que reconocer que hoy tenemos un Senado distinto”, concluyó

Distintas interpretaciones
El senador Romero, al inicio de la sesión entregó a la Sala todos los argumentos jurídicos para aplicar las normas sobre transparencia de la nueva Constitución y aludió a un oficio del 2 de agosto enviado por el ministro Secretario General de la Presidencia a todos los ministerios, en que asegura que con la Reforma Constitucional, “Chile habrá dado un paso decisivo en materia de acceso a la información el Estado, eliminando definitivamente de nuestro sistema, los secretos o reservas reglamentarias, salvo aquello que la ley califique como reservado podrá tener esta condición y la ley general será el carácter público de la información, regla que se aplicará tanto a la administración como a todos los órganos del Estado, incluido el Congreso, el Poder Judicial y el Banco Central”. El primer parlamentario, en disentir de ésta interpretación fue el senador Juan Antonio Coloma, quien enfatizó que “nunca nadie planteó que el artículo octavo podía influir en la forma de tomar decisiones por parte de los órganos del Estado y del Parlamento. Pretender aplicar la norma del articulo 8° de la Constitución es transgredir el espíritu y la forma de tomar decisiones” y defendió la norma reglamentaria vigente que establece que serán siempre secretas las votaciones de asuntos de interés particular que afecten a personas determinadas. Esto es para cautelar la independencia de los que toman decisiones como de los que pueden ser objeto de toma de decisiones”, puntualizó. Por su parte, el senador José Antonio Viera Gallo, solicitó pedir informe a la Comisión de Constitución para que estudie la forma en que el reglamento del Senado debe adecuarse a la nueva Constitución y el distinto tipo de normas. “Si aceptáramos a fardo cerrado lo que usted plantea, con muy buena intención, de hacer transparentes todos los actos del Senado, en el futuro solo podría declarar secreta una sesión el Presidente de la República, por tanto usted como Presidente del Senado se estaría cercenando una atribución que actualmente tiene”. Agregó que ello puede incidir en el equilibrio de poderes y declarándose partidario de las votaciones Públicas, dijo que la interpretación de la mesa de las reformas constitucionales “nos podría llevar a cambios de mucha envergadura de lo que ha sido la historia del Congreso Nacional”.
El senador Adolfo Zaldivar, también pidió una definición de la Comisión de Constitución para dirimir las posiciones distintas. “Porque no es bueno señor Presidente que aparezca imponiéndose por una decisión, un asunto que requiere un gran consenso”. Añadió que “ hay cosas en la vida que no se pueden discutir en público y hay cosas en que la privacidad nos puede llevar a tomar una buena decisión. Creo que uno de los requisitos esenciales de un senador de tener prudencia, ponderación y resolver bien, se puede perder”, alertó.
Por su parte, el senador Hernán Larraín quien también pidió el pronunciamiento de la comisión de Constitución, expresó su coincidencia con la mesa en el sentido de que hay que llevar el sentido de transparencia hasta su última consecuencia como lo establece la nueva Constitución. Sin embargo, aclaró que la propia disposición del articulo octavo, permite que se establezcan excepciones y “estas excepciones si fueron establecidas en conformidad a la ley debe entenderse que siguen vigente” y precisó que respecto al reglamento interno “lo que está en cuestión es cual es la naturaleza jurídica de éste y cuando en algunas materias tiene rango de ley, y, en estos casos, no sería válida la interpretación del Presidente del Senado”.
El senador Mario Ríos, declaró que “yo no soy un órgano del Estado, formo parte de un órgano del Estado llamado Senado que actúa con los acuerdos y en la forma en que señala su reglamento” y pidió votar privadamente y sin discusión y además, solicitar todos los antecedentes a la Comisión de Constitución para “tener en el actuar futuro una fórmula que nos permita cumplir en la mejor forma posible las nuevas normas constitucionales
A su turno, el senador Andrés Chadwick llamó la atención sobre los precedentes que se pueden sentar a partir de la decisión que tome el Senado, ya que siempre se ha considerado que el Reglamento de la Corporación tiene el valor de una ley “ y si le perdemos el valor de una ley, esto tiene que ir a control de legalidad de la Contraloría General de la República y se debe dictar el decreto correspondiente como reglamento, para efecto de que efectivamente este de acuerdo con la legislación común de Chile”. Añadió que lo menos que se puede pedir es el pronunciamiento de la Comisión de Constitución.
En tanto el senador Andrés Zaldivar, apuntó a que el Presidente del Senado no estaba interpretando el reglamento, para lo cual está facultado, sino el artículo octavo de la Constitución y se manifestó en la línea de interpretación de los senadores Larraín y Chadwick, en el sentido de que “hoy día todos los actos del Ejecutivo que son secretos, deberían darse a la publicidad, los de la Cancillería, del Ministerio de defensa, de todos y cada uno de los órganos del Estado. Hay que buscarle la racionalidad a la norma, y por ello se estableció la cuarta transitoria que señala que “cuando se requiera una ley orgánica constitucional, mientras no se dicten los correspondientes cuerpos legales, se mantienen los vigentes”. Agregó que, en situaciones internacionales graves, el Senado no podría tener una sesión secreta para conocer todos los antecedentes, antes de tomar una decisión como Parlamento”.
También los senadores Baldo Prokurica y Carlos Ominami, pidieron tener un pronunciamiento de la Comisión de Constitución, por considerar que la discusión “es muy compleja” porque chocan facultades constitucionales y reglamentarias. Este último dijo que en las votaciones de nombramientos “es una garantía que debe darse a los senadores, el poder votar confidencialmente , para garantizar la autonomía e independencia”.
A favor de la interpretación de la mesa


El senador Alberto Espina, presidente de la Comisión de Constitución advirtió que el articulo octavo de la actual Carta Fundamental, fija el principio de probidad y lo establece como una exigencia para el cumplimiento de las funciones públicas “y en un inciso separado, establece la transparencia e información de los actos de los órganos del Estado y señala que son públicos, así como los fundamentos y procedimientos que se utilicen”. Aclaró que las normas por centenarias que sean tendrán que cambiar con la nueva Constitución, como asimismo deberá adecuarse el reglamento que, obviamente tiene un menor rango.
En la misma línea se pronunció el senador Enrique Silva Cimma quien respaldó plenamente la interpretación del Presidente del Senado, pero pidió que se solicite un dictamen a la Comisión de Constitución para adoptar todos los cambios reglamentarios que se requieran y pidió someter a votación la nominación del juez Muñoz.
En tanto, el senador Guillermo Vásquez coincidió con la interpretación del Presidente del Senado y recordó que el Reglamento de la Corporación no es una Ley Orgánica Constitucional y podrá seguir aplicándose en la medida en que no sea contrario a la Constitución.
Finalmente, el senador Jaime Gazmuri, indicó que el voto secreto solo se justifica “cuando se pueda afectar la honra o los intereses individuales, como es el caso de la rehabilitación de ciudadanía, pero en una votación sobre la conformación de Poderes Públicos, tenemos la obligación de responder por nuestros votos públicos”. También coincidió con el senador Romero, en cuanto a que el reglamento del Senado tiene carácter de tal y por tanto, debe primar el artículo 8° de la Constitución.
sENADO RESPALDA MINISTRO MUÑOZ PERO HAY TRANSPARENCIA: Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com rogofe47@hotmail.com