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miércoles, abril 19, 2006

EL SILENCIO DEL PODER JUDICIAL
Jorge Gálvez S. (*)     

Publicado en la Segunda , un excelente trabajo y que concuerda, además, con lo que hemos sostenido en diversos artículos de este blog.


En el común de los países es frecuente que la comunidad conozca a las personas que ocupan los diversos cargos públicos, y que estas autoridades participen activamente en el debate público relacionado con las materias propias de su competencia, con lo cual la ciudadanía puede formarse una idea más o menos acertada en relación a las ideas y tendencias de cada personaje público, y escuchar de primera fuente los motivos por los cuales se adoptó una decisión que puede afectarle o serle relevante.tadas con los hechos terroristas que las motivaron.

 

"Del poder judicial y de los jueces se puede decir cualquier cosa, expresar cualquier crítica, atribuir intereses ocultos, acusar falta de preparación, alegar severos desaciertos jurídicos, y últimamente incluso imputar groseras faltas de moralidad, sin que exista una respuesta institucional o individual que desmienta lo que suelen ser mentiras fácilmente demostrables”.

 

Ello permite no sólo valorar adecuadamente el desempeño de la respectiva autoridad, sino que en general contribuye a mejorar la percepción de transparencia de la institucionalidad política, evitando o al menos disminuyendo las especulaciones relativas a motivaciones oscuras o irregulares.

En Chile, ello se produce con la mayoría de las autoridades de la administración, y casi con exceso en relación a los parlamentarios y autoridades políticas. Sin embargo, un grupo muy importante de autoridades públicas, pertenecientes a uno de los tres poderes del Estado, como es el Poder Judicial, sencillamente no participa del debate público, o lo hace de manera extraordinariamente excepcional cuando se dicta una resolución de enorme impacto público.

Lo anterior, se debe entre otras razones, a que la ley a través del propio Código Orgánico de Tribunales somete a los jueces a un estatuto particularmente severo en cuanto a restringir su posibilidad de debatir públicamente, prohibiéndoles por ejemplo expresar y aun … insinuar privadamente su juicio respecto de los negocios que por la ley son llamados a fallar; o Dirigir al Poder Ejecutivo, a funcionarios públicos o a corporaciones oficiales, felicitaciones o censuras por sus actos; o Publicar, sin autorización del Presidente de la Corte Suprema, escritos en defensa de su conducta oficial.

Además de estas razones legales, los jueces estiman en general prudente evitar abanderarse públicamente, ya que con posterioridad sus dichos pueden servir para cuestionar su imparcialidad al resolver las controversias sometidas a su decisión, y afectar así el desempeño de sus funciones. Ello, con mayor razón si se trata de cuestiones sometidas al debate público, donde puedan terminar polemizando con abogados o funcionarios de la administración del Estado, que el día de mañana puedan ser juzgados por ellos mismos.

Finalmente, existe la extendida idea de que la forma adecuada a través de la cual el Juez expresa sus valoraciones, no puede ser otra que a través de sus sentencias, las que hacen innecesarios mayores comentarios o explicaciones. Al respecto suele decirse “el juez habla a través de sus fallos”.

El problema es que, atendidas estas buenas razones que desaconsejan que los Jueces intervengan en el debate público y emitan valoraciones en los temas en que intervienen, se produce un efecto tan perjudicial como injusto para la imagen del poder judicial y la confianza que en razón de ella le deposita la comunidad.

En efecto, en cuanto se exprese con un mínimo respeto que no implique la comisión de una injuria o calumnia, del poder judicial y de los jueces se puede decir cualquier cosa, expresar cualquier crítica, atribuir intereses ocultos, acusar falta de preparación, alegar severos desaciertos jurídicos, y últimamente incluso imputar groseras faltas de moralidad, sin que exista una respuesta institucional o individual que desmienta lo que suelen ser mentiras fácilmente demostrables, o presentar y explicar en un lenguaje adecuado los argumentos que motivan razonablemente una determinada decisión.

En este contexto es frecuente escuchar a políticos criticando la no aplicación de una ley, sin que escuchemos a el o los jueces criticando a los políticos por los vergonzosamente imperfectos que son algunos cuerpos legales, sus severos errores técnicos, o su falta de racionalidad o coherencia con otras normas vigentes del ordenamiento, que entran en conflicto con aquellas cuya aplicación se reclama. O escuchar a abogados justificando una decisión desfavorable en el desacierto del Juez, sin que escuchemos las razones que tuvo el juez para desechar tales argumentos o preferir otros, o la debilidad de las pruebas invocadas para acreditar los hechos afirmados. O, finalmente escuchar las críticas de quienes atribuyen al poder judicial las falencias de seguridad ciudadana, sin que oigamos respuestas muy razonables, relativas a la naturaleza de garantía para el imputado que la ley atribuye a la función de los jueces, a los escasos recursos con que cuenta el poder judicial, o a como en el caso concreto las evidencias presentadas -reportajes “denuncia” de televisión por ejemplo- fueron insuficientes para adoptar las medidas drásticas que la prensa reclama.

Lo anterior contribuye a explicar en buena parte la imagen que refleja actualmente el poder judicial en las evaluaciones ciudadanas. Probablemente cualquier institución pública que diariamente decida los temas más relevantes del país, que diariamente sea criticada, y que casi nunca responda o aclare lo que se dice de ella gozaría de la misma reputación.

La solución para esto es clara, y corresponde a la que siguen prácticamente todas las instituciones y poderes públicas: tener un vocero con experiencia y capacitación en manejo de medios y de información, dedicado a ello tiempo completo, y que tenga la capacidad y autoridad para hacerse de la información relevante, y luego explicar y rebatir las críticas que se formulen, sirviendo así de voz de un Poder Judicial hasta ahora demasiado introvertido.

*Abogado Albagli, Zaliasnik y Cía.
Profesor Derecho Penal PUC.
Doctor (c) en Derecho Penal Universidad Pompeu Fabra

 

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