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martes, septiembre 27, 2005

LEY DE QUIEBRAS II OPINION MINISTRO BATES

Congreso Aprobó Ley De Quiebras II

Por amplia mayoría, la Sala del Senado aprobó hoy -en tercer trámite constitucional- el proyecto de ley de Quiebras II, iniciativa que, entre otras materias, privilegia los acuerdos entre deudores y acreedores por sobre la liquidación forzosa de la empresa. La iniciativa completó de esta manera su tramitación legislativa, quedando en condiciones de ser promulgada como Ley de La República.

El proyecto, que forma parte de la Agenda Pro-crecimiento impulsada por el Ejecutivo, representa un avance en la materia, ya que busca equilibrar la viabilidad de la empresa, la estabilidad de los trabajadores, además de asegurar a los acreedores el pago de sus deudas.

Según explicó el Ministro de Justicia Luis Bates, “la norma legal ampliará el objeto de la Ley de Quiebras a los Convenios concursables, perfeccionando la normativa de las diversas clases de convenios y liberalizando los acuerdos extrajudiciales destinados a resolver la insolvencia del deudor. Por otra parte, dijo, introduce el derecho de los acreedores a exigir la proposición de convenios preventivos y establecer proposiciones alternativas”.

En cuanto al conocimiento de los convenios, Bates señaló que esta ley permitirá resolverlos a través de los arbitrajes, cuando las sociedades están sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, con excepción de las compañías aseguradoras. También –dijo- podrá hacerse a través de un árbitro cuando el 66 por ciento del total de un pasivo así lo acuerde.

El eje de la iniciativa establece una serie de reglas que pueden ser sometidas a evaluación, como por ejemplo, la situación legal, contable, económica y financiera del deudor. Además, propone a los acreedores un convenio más ventajoso que la quiebra, o si se prefiere se podrá solicitar al tribunal respectivo la declaración de liquidación, como última instancia.

Cabe recordar que esta iniciativa fue presentada al Congreso Nacional en noviembre de 2004, siendo despachada en su primer trámite por el Senado en junio pasado, posteriormente fue la Cámara de Diputados la que aprobó –el 29 de agosto pasado- la iniciativa, introduciéndole algunas cambios, por lo que debió volver a la Cámara de origen para su ratificación, lo que se produjo hoy. La denominada ley de Quiebras I, en tanto, que está en vigencia desde mayo pasado, fue aprobaba en enero de 2005 por el parlamento. Este primer proyecto tenía por objeto mejorar y hacer más transparente la institución de los síndicos privados y perfeccionar el sistema de administración contenida en la Ley de Quiebras Nº 18.175 que data de 1982.
lEY DE QUIEBRAS II: saludos Rodrigo González Fernández, rogofe47@hotmail.com

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