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viernes, diciembre 10, 2010

Presidente Juica: “Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este”

Presidente Juica: "Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este"

El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan, sostuvo

 

PRESIDENTE JUICA: "ES IMPROPIO QUE UN ESTADO TENGA UN SISTEMA CARCELARIO COMO ESTE"

El presidente de la Corte Suprema, ministro Milton Juica Arancibia, se reunió esta mañana con la fiscal judicial de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, para conocer los últimos antecedentes referidos al incendio ocurrido la madrugada del miércoles 8 de diciembre, en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel, y que costó la vida de 81 internos.

 

Tras la reunión, el titular del máximo tribunal compartió la preocupación manifestada por la fiscal Mónica Maldonado, en orden a que se hace impostergable implementar soluciones definitivas al hacinamiento y entregar las condiciones que permitan la reinserción de quienes cometen delitos.

 

"Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este. Es una cosa pública y notoria que los sistemas carcelarios en Chile están colapsados y, por lo tanto, hay que hacer todos los esfuerzos posibles a nivel político y a nivel de gobierno para mejorar ese estándar. El estándar de Chile es un estándar deficitario y eso nadie lo puede poner en duda", sostuvo el presidente Juica.

 

El alto magistrado agregó que "nadie puede ignorar todo el esfuerzo que ha hecho la Fiscal de la Corte Suprema, quien desde hace mucho tiempo que se constituye y ha reclamado de la situación carcelaria, eso es de conocimiento público. Desde el punto de vista del Poder Judicial hemos hecho lo que debíamos hacer y puesto en conocimiento de quien corresponde la situación carcelaria (…) Siempre hemos dicho que los recursos no son suficientes, que hay sobrepoblación, que los reclusos están hacinados y que todos los problemas que se pueden producir se deben a las deficiencias penitenciarias".

 

Al ser consultado, por la posibilidad de que un hecho como el ocurrido la cárcel de San Miguel vuelva a presentarse en otro penal, indicó: "si estamos en una situación en que hay una sobrepoblación aproximada de entre  70% a 90% y en algunas partes del 100% de la población, indudablemente no hay  control. Además, hay un déficit de funcionarios penitenciarios evidente. Esos factores no son los adecuados para neutralizar cualquier tipo de conflicto como el que lamentablemente ocurrió. Es impensable que un recinto penitenciario quede a cargo de 5 gendarmes cuando hay cerca de 2 mil personas, (porque) en una situación de conflicto no sé qué pueden hacer".

 

Por último, advirtió sobre el creciente número de personas privadas de libertad, que empinan a Chile como uno de los países con mayores índices por cada 100 mil habitantes de toda América. "No puede ser que este país con una gran grado de desarrollo económico presente ese tipo de antinomia que nos ponen en el concierto internacional como un país que tiene más presos que otros de menor desarrollo económico (…) Hay otras medidas alternativas que no funcionan. No funcionan adecuadamente los mecanismos de solución alternativa de conflictos, las libertades condicionales, porque también hay que decirlo, hay un mensaje muy fuerte de que no es bueno que las personas salgan en libertad. El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan", concluyó

 


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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

 CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO -  GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES   ,  asesorías a nivel nacional e  internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

 CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

 

En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

 

En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

 

Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

 

"Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

 

Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

 

Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

 

La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

 

En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

 

El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

 

"Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

 

Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

 

Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

 
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Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

 

En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

 

En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

 

Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

 

"Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

 

Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

 

Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

 

La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

 

En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

 

El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

 

"Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

 

Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

 

Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

 

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Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

 

En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

 

En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

 

Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

 

"Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

 

Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

 

Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

 

La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

 

En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

 

El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

 

"Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

 

Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

 

Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

 

 

Fuente:poderjudicial.cl
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Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

El presidente de Chile, Sebastián Piñera, pidió el día 9 a la oposición apoyar su proyecto de reforma al sistema penitenciario, tras el incendio que dejó 81 reos muertos y 14 heridos.

Al recibir el Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos, el mandatario dijo que espera que "aprendamos la lección de este trágico y doloroso accidente de la cárcel de San Miguel, y que aceleremos el ritmo para una profunda reforma a nuestro sistema penitenciario".

Añadió que es paradójico el esfuerzo hecho para salvar las vidas de 33 mineros, "frente a lo poco que hacemos como sociedad y a lo poco que hemos avanzado como país para garantizar condiciones más dignas y seguras a miles y miles de compatriotas que están privados de libertad".

Indicó que son unas 109.000 las personas condenadas a privación de libertad, pero sólo unas 53.000 están cumpliendo penas al interior de recintos penales.

No obstante, precisó, esa cifra implica un 66 por ciento de hacinamiento, con 21.000 presos en la cifra de sobrepoblación en las cárceles.

Mencionó algunas de las medidas de su proyecto de reforma, entre ellas la de construir cárceles modulares con una inversión de 460 millones de dólares, lo que permitiría ampliar a 10.000 nuevas plazas, a fin de reducir a la mitad la sobrepoblación penal.

Piñera matizó las críticas emitidas por el oficialismo en el sentido de que la situación carcelaria es un problema heredado de los gobiernos de la opositora Concertación por la Democracia, que estuvo en el poder desde 1990 y hasta marzo de este año.

Afirmó que "es poco lo que hemos hecho como sociedad en este tema y es poco lo que hemos avanzado", dijo al aclarar que este problema se arrastra por décadas, pero que no es su intención mirar hacia atrás sino mirar hacia adelante.

Estas palabras fueron agradecidas por el ex presidente Ricardo Lagos (2000-2006), quien tras el acto habló con el gobernante y dijo que le hizo sentir su molestia con la insistencia de algunos ministros de que la situación carcelaria es "heredada".

Lagos dijo que habló con Piñera "porque sus ministros pensaban que el gobierno comenzó en Chile cuando ellos asumieron", añadiendo que el presidente le dijo que "debió haberse hecho un reconocimiento porque sé todo lo que se hizo antes".

El mandatario aseguró que "nuestro interés no está tanto en mirar hacia atrás para buscar responsabilidades, sino que juntos mirar hacia delante para ver cómo hacemos en forma eficaz, oportuna y exitosa esta gran reforma".

Los 81 reos fallecidos en el incendio en la cárcel de San Miguel comenzaron a ser sepultados, mientras aún hay 50 cuerpos que no han podido ser identificados y los 14 heridos están en grave estado y reciben atención médica en hospitales públicos.

Según la versión oficial, el incendio se produjo tras una riña entre los reclusos que usaron un balón de gas y quemaron sus colchonetas, lo que generó un fuego incontrolable y terminó en la mayor tragedia carcelaria del país.

Piñera encabezó la ceremonia esta mañana en el Centro Cultural del Palacio La Moneda para la presentación del Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos: "Situación de los Derechos Humanos en Chile 2010".

El reporte informa que varios recintos penitenciarios del país tienen el doble de presos de acuerdo a su capacidad, e incluye un análisis sobre la calidad de vida de los reos: hacinamiento y maltrato.

También abarca otras temáticas, como el trabajo infantil, los pueblos originarios y el femicidio (asesinato de mujeres por sus parejas).(Xinhua)

 


Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

El presidente de Chile, Sebastián Piñera, pidió el día 9 a la oposición apoyar su proyecto de reforma al sistema penitenciario, tras el incendio que dejó 81 reos muertos y 14 heridos.

Al recibir el Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos, el mandatario dijo que espera que "aprendamos la lección de este trágico y doloroso accidente de la cárcel de San Miguel, y que aceleremos el ritmo para una profunda reforma a nuestro sistema penitenciario".

Añadió que es paradójico el esfuerzo hecho para salvar las vidas de 33 mineros, "frente a lo poco que hacemos como sociedad y a lo poco que hemos avanzado como país para garantizar condiciones más dignas y seguras a miles y miles de compatriotas que están privados de libertad".

Indicó que son unas 109.000 las personas condenadas a privación de libertad, pero sólo unas 53.000 están cumpliendo penas al interior de recintos penales.

No obstante, precisó, esa cifra implica un 66 por ciento de hacinamiento, con 21.000 presos en la cifra de sobrepoblación en las cárceles.

Mencionó algunas de las medidas de su proyecto de reforma, entre ellas la de construir cárceles modulares con una inversión de 460 millones de dólares, lo que permitiría ampliar a 10.000 nuevas plazas, a fin de reducir a la mitad la sobrepoblación penal.

Piñera matizó las críticas emitidas por el oficialismo en el sentido de que la situación carcelaria es un problema heredado de los gobiernos de la opositora Concertación por la Democracia, que estuvo en el poder desde 1990 y hasta marzo de este año.

Afirmó que "es poco lo que hemos hecho como sociedad en este tema y es poco lo que hemos avanzado", dijo al aclarar que este problema se arrastra por décadas, pero que no es su intención mirar hacia atrás sino mirar hacia adelante.

Estas palabras fueron agradecidas por el ex presidente Ricardo Lagos (2000-2006), quien tras el acto habló con el gobernante y dijo que le hizo sentir su molestia con la insistencia de algunos ministros de que la situación carcelaria es "heredada".

Lagos dijo que habló con Piñera "porque sus ministros pensaban que el gobierno comenzó en Chile cuando ellos asumieron", añadiendo que el presidente le dijo que "debió haberse hecho un reconocimiento porque sé todo lo que se hizo antes".

El mandatario aseguró que "nuestro interés no está tanto en mirar hacia atrás para buscar responsabilidades, sino que juntos mirar hacia delante para ver cómo hacemos en forma eficaz, oportuna y exitosa esta gran reforma".

Los 81 reos fallecidos en el incendio en la cárcel de San Miguel comenzaron a ser sepultados, mientras aún hay 50 cuerpos que no han podido ser identificados y los 14 heridos están en grave estado y reciben atención médica en hospitales públicos.

Según la versión oficial, el incendio se produjo tras una riña entre los reclusos que usaron un balón de gas y quemaron sus colchonetas, lo que generó un fuego incontrolable y terminó en la mayor tragedia carcelaria del país.

Piñera encabezó la ceremonia esta mañana en el Centro Cultural del Palacio La Moneda para la presentación del Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos: "Situación de los Derechos Humanos en Chile 2010".

El reporte informa que varios recintos penitenciarios del país tienen el doble de presos de acuerdo a su capacidad, e incluye un análisis sobre la calidad de vida de los reos: hacinamiento y maltrato.

También abarca otras temáticas, como el trabajo infantil, los pueblos originarios y el femicidio (asesinato de mujeres por sus parejas).(Xinhua)

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AGRICULTURA BLOGGER Nuevos emprendimientos para Los Lagos y Paillaco

Nuevos negocios para Los Lagos y Paillaco

categorias: Sociedad - Local

10-12-2010

Emprendimientos son financiados por el gobierno a través del FOSIS.

or Franco Fercovic.

 

Escrito por Marcos Labra

 


95 emprendedores y emprendedoras de Paillaco y Los Lagos recibieron los certificados, entregados por el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, FOSIS, que acreditan su participación en el Programa de Apoyo al Microemprendimiento, donde se capacitaron en la formulación de negocios exitosos y recibieron recursos para el inicio de distintos emprendimientos, entre ellos, trabajos de bordado ruso, fabricación de distintos tipos de artesanías, instalación de peluquerías e invernaderos, venta de leña y crianza de aves.

"Este programa tiene por objetivo principal sacar a las personas de su situación de pobreza y entregarle herramientas para que puedan generar ingresos propios y apunta al gran desafío que tiene el Gobierno de Chile, que es superar la pobreza al año 2018 y superar la indigencia hacia el año 2014", sostuvo el Director Regional del FOSIS, Sergio Salazar Vargas.

La autoridad agregó que "es muy importante reconocer que el FOSIS ha hecho una importante inversión social, y para el año 2011 su presupuesto ha aumentado en más de 50 mil millones de pesos y desde la perspectiva del gasto social, dos de cada tres pesos del presupuesto de la nación van a ir destinados a fomentar los programas de corte social".

El Programa de Apoyo al Microemprendimiento del FOSIS ayuda a iniciar emprendimientos o desarrollar trabajos por cuenta propia. EL programa contempla cursos y talleres grupales donde se entrega capacitación para desarrollar habilidades emprendedoras y aprender a administrar una microempresa.


Fuente:http://www.elnaveghable.cl/admin/render/noticia/22904
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INDIGENA CHILE: Seminario: Desafíos de los derechos de los pueblos indigenas. 10 de Diciembre

Seminario: Desafíos de los derechos de los pueblos indigenas. 10 de Diciembre

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janaya-conf4El Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas (CEPPDI) invita al Seminario y Conferencia: "Consulta Previa y desafíos de los derechos de los pueblos indigenas"

La jornada se realizará en la Sala Helvio Soto, de la Escuela Latinoamericana de Estudios de Postgrado, U. ARCIS, Huérfanos 1721, Santiago, Chile. 10 de diciembre a las 18:00 hrs.

En la jornada se  abordará el candente tema de la consulta previa y se presentará en Chile el libro colectivo "El Desafio de la Declaración. Historia y Futuro de los derechos de los pueblos indigenas", publicado por IWGIA

Contaremos con la participación  - via videoconferencia-  de James Anaya, Relator Especial de Naciones Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la presencia en Chile del destacado investigador Luis Rodriguez-Piñero, uno de los principales expertos en Convenio 169 y normas de consulta.


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FELIPE CUBILLOS Y LA OPORTUNIDAD PARA UN MEJOR ESTADO

Participación ciudadana
 
ES IMPORTANTE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN TODAS LAS POLITICAS PÚBLICAS
Posteado en EMOL," Un Estado ineficiente es un Estado inmoral ". Col de Felipe Cubillos
 
Tiene razón Felipe Cubillos y es la oportunidad para cambiar la administración del Estado, cambiar los criterios de administración y de los funcionarios.
Ha pasado la época para que los Gobiernos continúen desarrollando su actividad en la forma tradicional, que impone la lentitud y complejidad en los hechos, actos y negocios jurídicos administrativos que en ocasiones producen tentaciones para el mal uso de los recursos del Estado, generando altos índices de corrupción, ya no es el Estado omnímodo; probablemente no se destierren las inconductas, pero soy un convencido  de que posibilitará un cambio   favorable en las mismas.-
Es el momento para que el Gobierno  actual deje una impronta en materia carcelaria y destierre para siempre la entropía estatal de la concertación  pasada y oponga una an-entropia en materia de políticas públicas carcelarias con alta participación ciudadana.
Con la participación ciudadana se genera el control social y se establece responsabilidades contra el actor o actores por el perjuicio ocasionado a la administración gubernamental, luego, también es un medio para velar y fortalecer la continuidad, la sostenibilidad, la confianza, la confiabilidad, la ética tanto de los servidores públicos como de los usuarios finales, desde la perspectiva interna. En cuanto al relacionamiento internacional, se facilita el intercambio de información produciendo la dinámica comunicacional necesaria para los negocios y actos administrativos estables.
 
para ver la col.de Felipe Cubillos en EMOL y comentarios, pincha aquí:
 
 
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Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

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reajustes si pero con medidas de modernización y capacitación

REAJUSTE+INNOVACIÓN Y CAPACITACION EN EL ESTADO
Independientemente del reajuste que el gobierno otorgue al sector público necesariamente deben ir medidas tendientes a modernizar el aparto estatal en función de la eficiencia y buen servicio a los administrados.

Pero el gobierno debe exigir y brindar  capacitación a sus funcionarios y no olvidar que actualmente estamos en constante cambio donde la era de la globalización y el avance tecnológico se hace más evidente y la organización gubernamental no puede estar al margen más aún si éste desea  transparentar sus actos administrativos y mantener informada a la ciudadanía de ellos convirtiéndolos en agentes de control social.

También el gobierno debe perfeccionar todo lo relativo al "gobierno electrónico" que permite la participación ciudadana en la actividad estatal y que va a permitir o facilitar la relación ciudadano-estado, fortaleciendo el sentido de "responsabilidad de ambos en la administración, control y supervisión

Pero al mismo tiempo es necesario aclarar ante los ciudadanos el hecho de que estos paros de funcionarios públicos son ilegales. Lo grave es que los gobiernos en Chile nunca aplican la ley a los funcionarios públicos por paros ilegales.


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COMO PRETENDE EL EX PREIDENTE LAGOS ENGAÑAR A LOS CHILENOS

EL INESCRUPULOSO LAGOS ESCOBAR VUELVE A LA POLITICA
 
El pueblo de Chile no se explica como el ex Presidente Lagos tiene cara para presentarse ante el país con la seguidilla de actos de corrupción de su gobierno y que nunca ha hecho un mea culpa; más aún , se ha reído del país cuando señaló aquello del "Jarrón" al desparecerse 100 millones de CORFO siendo vicepresidente de la estatal su propio yerno.

Para refrescarle la memoria  Viviana Matus Rodriguez, ha hecho una breve reseña de los hechos de corrupción de Lagos Escobar.

En materia de cárceles se partió con concesiones y se terminó con corrupción en su propio gobierno.


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es necesario hacer más por el emprendimiento real

CHILE DEBE SEGUIR CRECIENDO

Para poder crecer al ritmo de los últimos meses hay que tener tasas de interés acorde con aquello. Es decir preferentemente bajas

Sin embargo se requieren reformas concretas en materia de empleo, en la abolición del Boletín Comercial, en frenar la voracidad de la Banca,  la facilidad e incentivo a la creación de nuevas  empresas, a la disminución de trabas municipales que son tediosas y enormes.

Pero también se deben  abrir oportunidades al   acceso al crédito de largo plazo que si la Banca no lo puede o no quiere ponerlo a disposición de los pequeños y medianos empresarios  deberá hacerlo el Estado con sus instituciones  en el rol subsidiario que le corresponde .

CHILE Y SUS EMPRESARIOS  TIENEN CONFIANZA EN EL GOBIERNO DE SEBASTIÁN PIÑERA.

Fuente:RG
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Sarah Palin mató a un ciervo por televisión

Sarah Palin mató a un ciervo por televisión

La ex gobernador republicana y aspirante a la vicepresidencia de los EEUU en las últimas elecciones se animó a mostrar en su reality show sus varios intentos por cazar al animal. Luego de lograrlo, no vaciló en celebrar su muerte. Mirá el video

La popularidad de la republica se acrecienta a pasos agigantados, mientras que la de Barack Obama no puede congraciarse con tal situación. Y para mantener a sus seguidores contentos, Palin no se pone límites, de acuerdo con el diario español El Mundo.

En su reality show, Sarah sorprende con un video en el que muestra cómo mató a un ciervo indefenso, que no la había atacado ni molestado como para recibir tal castigo. Junto a su padre y vestida con ropa de camuflaje, la integrante de la fórmula presidencial que fue derrotada por la democrática del actual presidente de los EEUU enseña que sabe cazar.

Son varios los intentos que debe realizar Palin para lograr su cometido, dado que su precisión no es para nada exacta. Pero dado que el que persevera triunfa, la política logró acertarle al ciervo y dejarlo ya sin aliento.

Al momento de la muerte del animal la euforia victoriosa de la mediática es notable, lo que acrecentó la bronca de las asociaciones que protegen a los animales, como PETA, señala El Mundo.

Todo por unos puntos más de rating, todo por unos votos más. La necesidad de Sarah Palin de mantenerse en boca de todos la hace llegar a lugares insospechados, como a este campo en el que se cruza con este ciervo que nada entiende de demócratas o republicanos.

Encima, la ex gobernadora no tuvo reparos en desafiar a los protectores de los animales por twitter al advertir que no va a tolerar la hipocresía de los movimientos contra la caza.



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Fotos de Cristina Aguilera semidesnuda eran para "su estilista"

Fotos de Cristina Aguilera semidesnuda eran para
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Fotos de Cristina Aguilera semidesnuda eran para
Sinflash.com
jueves, 09 de diciembre de 2010 11:15 a.m.


Según los representantes de la rubia las imágenes fueron tomadas en la casa de la cantante y se filtraron en la red porque un hacker las obtuvo ilegalmente

Páginas de diarios, revistas, blogs de farándula y espectáculo, así como diversos portales web, publicaron la tarde de este miércoles varias fotos donde Cristina Aguilera aparece semidesnuda, posando con diversos atuendos brillantes sobre su cuerpo y los labios pintados de rojo.

 

De acuerdo a lo publicado por el portal E! Olnline Latinoamérica, y según lo dicho por el representante de Aguilera: "Las fotos de Christina que se colaron a la prensa fueron obtenidas ilegalmente por un hacker que se infiltró en la cuenta personal del estilista de ella,", dijo el manager.

 

En las fotos la cantante de 30 años también presenta algunos moretones en las piernas, el cabello medio recogido y unos tacones bastante altos. En otras tres imágenes aparece la rubia con diferentes vestimentas y una manta blanca para simular un traje de gala.

 

Era de esperarse y nadie imaginaba que las fotos se filtrarían en la red. "Las imágenes se tomaron en la privacidad del hogar de la Sra. Aguilera y fueron usadas como parte de un intercambio personal entre la estrella y su estilista", continúo explicando el representante quien además agregó: "Encontramos que las acciones de los hackers así como de la prensa que compró u obtuvo las imágenes son irresponsables y significan un agravio punible. Intentamos determinar la identidad de los hackers e iremos tras ellos agresivamente pues su conducta es deplorable".

 

Vean las fotos… ¿De verdad eran para su estilista?

 

 

 


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La violencia de género golpea a la farándula

La violencia de género golpea a la farándula

Leticia Brédice puso una denuncia contra su actual pareja. El caso de Vanucci, Sheen, Gibson y muchos más.

La violencia de género golpea a la farándula
La famosa en uno de sus peores momentos.
La violencia de género está lejos de desaparecer. Sólo en Mendoza y en el primer semestre de este año se asistieron a dos mujeres por día. Damas que fueron sometidas por sus parejas hasta el punto de llegar a denunciarlos. Esta realidad afecta a todas por igual. Tanto es así que ahora Leticia Brédice puso una denuncia contra su actual pareja.

La presidenta del Instituto Provincial de la Mujer, Dolores Alfonso, destacó (tiempo atrás a Los Andes) que durante la primera mitad del 2010 se atendieron 354 casos de violencia de género tanto en la sede provincial como en las áreas departamentales de San Martín, Capital, San Rafael, Godoy Cruz, Alvear, Maipú, Luján, Junín, Tunuyán y Rivadavia.

De esos, 333 correspondieron a casos de mujeres sometidas por sus parejas, lo que equivale a casi dos mujeres por día (si se tiene en cuenta que en ese período hay 181 días).
 
Estos datos sólo hablan de la provincia. A nivel nacional las cifras aumentan de forma considerable. Una realidad que afecta al espectáculo nacional e internacional. El último caso es el de Leticia quien fue a una Defensoría para denunciar a su actual novio por ser víctima de golpes, según informó Luis Ventura.

Ella no es la única. Tiempo atrás, Victoria Vanucci denunció al "Ogro" Fabbiani. Sobre esta situación, Vanucci comentó: "El dolor interno es mucho más fuerte que el externo. Lamentablemente lo comprobé, lo viví y me di cuenta de que es verdad. Me podés cortar un brazo y me va a doler, pero mucho más en el corazón".

Lamentablemente en la farándula internacional los casos abundan también. Tiempo atrás, Gabriela Spanic hizo público el maltrato por parte de su ex pareja el actor José Ángel Llamas.

Charly Sheen es uno de los acusados por violento. El famoso actor agredió a su esposa, Brooke Mueller. Por esta razón el matrimonio entró en crisis y terminó con el divorcio. Además, Brooke tuvo que ingresar a una clínica de rehabilitación para evitar recaer en sus adicciones.

Mel Gibson fue otro de los acusados en lo que va del 2010. Es que el actor y director hollywoodense aparentemente le rompió varios dientes a su ex novia, Oksanka Grigorieva, durante una discusión, en enero de este año.

Aunque el portal TMZ.com informó que Gibson tuvo un verdadero ataque de ira y golpeó sin piedad la cara de la pianista rusa, fuentes cercanas a Gibson dijeron que la pelea existió pero que no hubo tanta violencia.

Tras estas declaraciones, la policía del condado de Los Ángeles decidió investigar a Gibson por presunta violencia doméstica.

La historia de amor entre Gibson y la cantante comenzó a resquebrajarse a principios de este año hasta encontrarlos hoy, enfrentados por la tenencia de su hija y separados por una distancia de 90 metros.

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