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domingo, enero 08, 2006

DESDE EL SENADO

Presidente del Senado declaró inadmisible reforma al sistema electoral binominal

La medida la adoptó en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y siguiendo lo que calificó como “un precedente inalterable: que la Sala del Senado siempre ha respetado la declaración de inadmisibilidad realizada por las comisiones”.

Sala del Senado

Tras casi dos horas de debate, el Presidente del Senado, Sergio Romero acogió la decisión de mayoría de la Comisión de Constitución, en cuanto a declarar inadmisible la reforma al sistema electoral binominal. La medida la adoptó, en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y argumentó que “siguiendo los precedentes inalterables, en el sentido que la Sala siempre ha respetado la declaración previa de inadmisibilidad realizada por las comisiones, no cabe al Senado pronunciarse sobre el fondo mismo de la reforma”.

Agregó que “valoro la intención manifestada por un grupo de senadores para realizar una presentación al Tribunal Constitucional para que resuelva sobre la interpretación del artículo 68” -relativo las facultades de insistencia del Presidente de la República- , ya que “previendo esta situación hace unos días envié al Ministro del Interior una carta donde le hago notar mis dudas constitucionales al respecto y le hice llegar una minuta para que pudiera conocer las aprensiones sobre la materia”.

La determinación de inadmisibilidad provocó la crítica de los senadores José Antonio Viera Gallo y Andrés Zaldívar quienes “haciendo uso de la atribución que contempla el artículo 131 N° 4 del Reglamento  plantearon la inconstitucionalidad del informe mismo de la Comisión de Constitución”, por lo que pidieron que la Sala se pronunciara al respecto. No obstante, el senador Romero dirimió la discusión señalando que “en el informe de la comisión no he encontrado ninguna materia inconstitucional y de acuerdo al mismo Reglamento del Senado si alguno de los senadores tiene un punto de vista contrario este tema, esto debiera ser planteado en la próxima sesión, porque no hubo acuerdo para prorrogar la hora de la orden del día, más allá de las 20:30 horas”.

Esto último fue rebatido por el senador Zaldívar quien exigió precisar si el Reglamento señala tal consideración. En la oportunidad, intervinieron además los senadores Andrés Chadwick, Alberto Espina, Jaime Gazmuri y Hernán Larraín quienes sostuvieron un arduo debate respecto al procedimiento con que el Ejecutivo repuso la reforma al sistema electoral, a través del artículo 68 de la Constitución que le permite al Presidente de la República insistir en la otra cámara, cuando un proyecto de su iniciativa es rechazado en la cámara de origen.

Arduo debate

En primer término, el senador Andrés Chadwick, integrante de la Comisión de Constitución informó que “la instancia analizó si se tenía o no las atribuciones para pronunciarse sobre la inadmisibilidad del proyecto de reforma al sistema binominal y por la mayoría de sus miembros resolvió que era viable pronunciarse, de acuerdo al artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional que da amplias atribuciones al presidente de la Sala, al presidente de la Comisión, a la Sala misma o a la comisión, para en cualquier trámite de un proyecto o reforma constitucional pueda pronunciarse”

Respecto a la decisión misma de inadmisibilidad, el senador Chadwick aclaró que se fundamentó en el hecho que “las reformas constitucionales tienen de acuerdo al artículo 127 inciso 3° de la Carta Fundamental principios de especialidad jurídica: En todo lo no previsto en este capítulo será aplicable en la tramitación de los proyectos de reforma constitucional, las normas sobre formación de la ley debiendo respetarse siempre los quórums respectivos”. Por lo tanto, dijo “el artículo 68 de la Carta Fundamental se aplica a leyes comunes”.

Aseguró que “la mayoría de la Comisión estimó que el artículo 68 es incompatible y contradictorio con el  artículo 127 sobre reformas constitucionales y lo estableció así porque cuando se presentó el inciso tercero del artículo 127 de la Constitución se hizo mediante un veto presidencial y allí se señaló específicamente que  tenía por objeto incluir el trámite de la Comisión Mixta en el tratamiento de las reformas constitucionales”. Por otra parte, manifestó que “el inciso tercero del artículo 127 exige que se respeten los quórums constitucionales y pone como exigencia  frente a cualquier materia, el respeto de los quórums; mientras que el artículo 68 de la Constitución ni en la naturaleza de los quórums, ni en el número de los parlamentarios que exige, cumple la exigencia de los quórums. 

En ese sentido aclaró que “mientras el artículo 127 exige un quórum positivo, de los 3/5 de los parlamentarios en ejercicio;  el artículo 68 de la insistencia exige un quórum presuntivo, que significa que basta que no se alcance un determinado quórum de rechazo a la norma para que se entienda aprobada”.

 

Voto de minoría

Por su parte, el senador Andrés Zaldívar, quien fue parte de la minoría de la Comisión de Constitución que no fue partidario de declarar la inadmisibilidad, dijo que “la comisión no ha tenido argumento válido para sostener la tesis que nos ha traído al Senado”.

Esto, precisó, porque a su juicio la comisión no tiene la facultad para declarar inadmisible una reforma constitucional, así como tampoco cuestionar utilización del artículo 68 de la Constitución, pues ello sólo habilita el proyecto para que pueda volver a la Cámara de origen para su trámite legislativo.

En tal sentido, dijo que las veces en que se ha presentado una situación similar, se ha entendido que la habilitación de un proyecto es independiente de la propia tramitación del mismo, la que debe ceñirse a los quórum y procedimientos de formación de la ley.

A su juicio, la comisión especializada ha tomado “un camino muy riesgoso” al declarar la inadmisibilidad de un trámite, puesto que “lo que procede es que el Tribunal Constitucional vea si es constitucional o no”.

El senador Zaldívar añadió que “la decisión tomada por la Comisión de Constitución no tiene validez, más aún, creo que la inadmisibilidad que pudiéramos declarar acá, infringiría abiertamente el artículo 7° de la Constitución por atribuirnos una facultad que no corresponde. Es al Tribunal Constitucional a quien le corresponde dirimir y resolver las cuestiones de constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de proyectos de ley o de reforma constitucional y de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso”.

Coincidió con su par, el senador José Antonio Viera Gallo, voto de minoría en la Comisión de Constitución, quien expresó que dicha instancia “sobrepasó sus atribuciones porque no tiene facultades para declarar un trámite, a su juicio, mal planteado por el Presidente de la República. Sólo el Tribunal Constitucional puede declarar inadmisible un trámite legislativo. Esto es grave porque el día de mañana una mayoría circunstancial de una comisión puede enervar la urgencia, con que el Jefe de Estado quiere aprobar un proyecto, con las consecuencias que eso significa en materias económicas o internacionales”.

Agregó que “otro punto importante es saber si el artículo 68 significa un trámite habilitante para el Ejecutivo o es una forma que una cámara imponga su criterio sobre otra”. En ese sentido,  explicó que “la única interpretación lógica del artículo 68 de la Carta Fundamental es la que se ha dado ya 4 veces respecto a distintos proyectos de ley, es decir, que cuando se recurre a la cámara revisora para requerir los 2/3 es solamente para reponer y reiniciar la discusión, a fin de no tener que esperar un año para reponer un proyecto si éste ha sido rechazado en general o que la cámara de origen pueda repensar su posición primitiva”.

Advirtió que “este tema tiene trascendencia política porque sentaron un precedente grave y que podría ser mal utilizado por otras personas”. Por ello recalcó la importancia que este tema “llegue al Tribunal Constitucional y allí se dirima cómo y cuándo se pueden declarar las inadmisibilidades y la interpretación correcta del artículo 68”.

 

Doctrina común

En tanto, el senador Alberto Espina, recalcó que “el tema de fondo es cómo se aplica la Constitución frente a una norma que fue incorporada en las últimas reformas constitucionales y cómo se genera una doctrina que permita tener respecto de la Constitución, los mayores consensos posibles”.

Justificó como titular de la comisión de Constitución, su decisión de “aclarar los procedimientos y las normas sobre esta materia constitucional que fueron solicitados por el senador Andrés Chadwick” y  señaló que el 131 del Reglamento del Senado, permite las siguientes indicaciones: “aplazar la consideración de un asunto; proponer una cuestión previa para promover una cuestión del impedimento; para promover la cuestión de inadmisibildiad a discusión o votación del asunto en debate y promover algunas de las indicaciones que se promuevan”.

 

En cuanto al tema de fondo, el senador Espina argumentó que “en la última discusión de las reformas constitucionales tuvimos que hacer ingeniería legislativa porque no estaba contemplado el trámite de la Comisión Mixta y mediante un veto del Presidente de la República se incorporó una norma que permitiera el tratamiento de las reformas constitucionales, incluyendo la Mixta y no se dijo una palabra de la insistencia”. Por ello, declaró que el Ejecutivo equivocó el camino y “la insistencia es incompatible con la facultad de insistencia porque se deben respetar los quórums”.

 

Debate político

El senador Jaime Gazmuri, Vicepresidente del Senado, pidió a la Mesa “habilitar el debate sobre el fondo de este debate, que es: si el Senado tiene o no la disponibilidad para que la Cámara de Diputados reinicie el debate sobre reforma al sistema electoral que es por lo demás un tema que se ha venido planteando insistentemente hace 16 años”.

Puntualizó que “ me sorprende cuando se dice que  este es un debate político en un período electoral. Entonces ¿qué somos?: Somos la representación de la soberanía de la nación, el órgano legislativo y los que establecemos las normas sobre las cuáles la sociedad se construye. Y cuando hay que hablar más de política es cuando hay elecciones y no menos, porque hay controversias reales y de fondo sobre el régimen político, electoral , laboral o incluso los problemas de corrupción”.

Por ello, rechazó “la tendencia sistemática de la oposición de eludir el debate de los temas políticos controversiales” y pidió al titular del Senado que “no use artilugios para evitar un pronunciamiento de fondo y si coincide con la interpretación del presidente de  la Comisión de Constitución  voy a pedir que se vote porque no es lógico que en cualquier cuestión, una comisión esté por encima de la Sala”.

Por su parte, el senador Hernán Larraín defendió la postura mayoritaria de la Comisión de Constitución argumentando que en virtud del artículo 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso “siempre se ha interpretado que si la comisión ha declarado un proyecto inadmisible, no lo puede ver la Sala”.

El parlamentario, dijo que no corresponde utilizar la vía de la insistencia que está señalado en el artículo 68 de la Carta Fundamental, pues éste “es una norma excepcional para los proyectos, por lo que no se puede extender su aplicabilidad a las reformas constitucionales, porque los quórum que se establecen en dicho articulado, no se compadecen con los quórum establecidos para las reformas constitucionales”.

Asimismo, refutó las interpretaciones que impedirían a una comisión declarar la inadmisibilidad de un determinado proyecto o reforma ya que “en ninguna parte del derecho constitucional dice que sólo el Tribunal Constitucional puede pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de un trámite legislativo y que la comisión sólo puede hacerlo respecto a las indicaciones”.
 
Finalmente, el ministro secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, planteó a nombre del Ejecutivo que discrepan, tanto en el fondo como en la forma, respecto de la interpretación que hizo la Comisión de Constitución del Senado al declarar inadmisible el trámite de la reforma y justificó el procedimiento utilizado por el gobierno para tratar el tema.

“Tenemos la convicción de que la facultad de declarar las inadmisibilidades es una potestad reglada y sólo procede para los proyectos de ley e indicaciones” dijo el secretario de Estado, tras puntualizar que en este caso ello no se podría aplicar puesto que se está tratando una reforma constitucional.

 

jueves, enero 05, 2006

Algo que hay que tener en cuenta...

El poder y los corruptos

Enviado el Septiembre 26, 2005 04:40 PM en .

"It is said that power corrupts, but actually it's more true that power attracts the corruptible. The sane are usually attracted by other things than power."

("Dicen que el poder corrompe, pero en realidad es más cierto que el poder atrae a los corruptos. A la gente normal les atraen por lo general otras cosas, no el poder".)

David Brin

 

miércoles, enero 04, 2006

1000 millones de internautas

Un destacado profesor Universitario, no creyente de internet nos preguntó y consultó ¿Cuántos miles de personas creen que ya están en la Red? Yo le respondí …mira son varios millones , cerca de mil millones de personas.

YA SOMOS 1000 MILLONES EN INTERNET

Somos mil millones de usuarios de internet ha señalado Marta Salazar, abogado, U. de Chile es responsable de este blog: Alemania: economía, sociedad y derecho que siempre nos deleita con cosas interesantísimas de Europa.

Ver también: Usuarios de internet en el mundo y Usuarios de Internet por Idioma

(AméricaEconomía.com) Internet despide el año con la mayor cifra de usuarios de su historia: 1.000 millones. Esta cantidad de usuarios viene de un estudio de la firma Morgan Stanley, que se basa en estimaciones dada la imposibilidad de un censo real, pero que encaja con la línea de crecimiento detectada en la red durante los últimos años.

Sin ir más lejos, Internet World Stats, que integra datos de Nielsen NetRatings, la International Telecommunications Union y otras fuentes, señala que en noviembre los usuarios eran 973 millones.

Los 1.000 millones de internautas revelan que un importante porcentaje de la población mundial ya tiene acceso a la red, donde se estima que una de cada seis personas tiene acceso a la web.

La incorporación a la red de países como China, que actualmente tiene 103 millones de internautas, es uno de los factores claves en el explosivo crecimiento de la red, mientras que otras zonas como Estados Unidos o los países nórdicos europeos tienen altos porcentajes de población conectada pero tendencia a estancarse.

Técnicamente internet tiene 36 años de historia, pero su popularización y masificación se ha producido durante la última década, por lo que la cifra de mil millones de usuarios tiene aun más importancia. Según Morgan Stanley, en los próximos diez años la red sumará otros 1.000 millones de usuarios, aunque esta cifra es superable para otras previsiones.

Gary Chapman, director del 21st Century Project, estima que si funcionan los planes de alfabetización digital de la ONU y proyectos como el One Laptop Per Child (un portátil por niño), que el Instituto de Tecnología de Massachusetts y Nicholas Negroponte impulsan para el Tercer Mundo, en 2015 se puede llegar a la cifra de unos 3.000 millones de internautas.

El estudio también revela algunas tendencias para el 2006. Según Morgan Stanley, la banda ancha y la tecnología móvil son dos apuestas seguras de futuro. Los usuarios quieren conectarse de forma permanente. Además, la personalización y los contenidos generados por los usuarios (RSS, 'blogs', etc.) van a seguir creciendo durante el próximo año, según este informe.

En el balance final, los números apuntan a que el 36% de usuarios de la red son asiáticos; 24% europeos y el 23% norteamericanos.

Somos 1000 millones en internet, nosotros obviamente, con consultajuridica.blogspot.com vamos contribuyendo a la cifra,

Saludos Rodrigo González Fernández. Consultajuridica.blogspot.com

 

ES IMPORTANTE IR TOMANDO CONCIENCIA SOBRE LOS BIOCOMBUSTIBLES EN CHILE

MAS SOBRE BIOCOMBUSTIBLES,

Más del 40% de los vehículos que se vendan en Europa este año ( 2006) tendrán motores de biodiesel. Este será el año del biofuel. ¿El comienzo del fin de la crisis energética? De momento, seguramente el comienzo de una transformación tecnológica y social. Pero ojo: no todos los biofuels son iguales ni acarrean las mismas consecuencias. El juego está abierto.

Pero esto sucede en Europa. ¿Que pasa en Chile.? Bueno no mucho…. Hay que preparar la normativa para que esto pueda suceder en Chile.. Esto  debería ser preocupación de candidatos a la presidencia.

Saludos biocombustibles.blogspot.com, Rodrigo González Fernández

tabaco laboralistas

ABOGADOS LABORALISTAS EN ESPAÑA CONTESTAN ESTAS PREGUNTAS .

BUENO ES QUE  EL  LEGISLADOR CHILENO TOMO NOTAS

1 ¿Pueden preguntarme si fumo en una entrevista de trabajo?

 

Condicionar una contratación por ser o no ser fumador sería contrario a los derechos fundamentales de la Constitución. Vulneraría el derecho a la intimidad y al trabajo. Lo que haga el empleado en su vida privada no es asunto del empresario mientras no afecte a su trabajo, si bien éste puede advertir en la oferta y en el contrato que está prohibido fumar en el trabajo.

 

2¿Es posible fumar en las terrazas, balcones o patios de la oficina?

 

La ley sólo permite fumar en las zonas que estén al aire libre, salvo que la empresa lo prohíba. Teóricamente, si las terrazas y balcones están bajo techado no se podría fumar, mientras que el patio, al no estar techado, podría ser considerado un espacio al aire libre.

 

3 ¿Llegará el tabaco a ser un motivo de despido?

 

Sí, siempre y cuando el trabajador incumpla reiteradamente la prohibición de fumar o empiece a ausentarse de forma injustificada por su adicción. Estas conductas acabarán incluyéndose en los convenios colectivos como infracciones laborales, pero actualmente podrían constituirse como incumplimiento del deber de obediencia a las instrucciones del empresario.

 

4 ¿Podrán negociarse descansos para echar un pitillo? En principio, no hay obstáculo para que en la negociación colectiva se pacten descansos para los trabajadores que fumen. Aunque, para evitar agravios, se deberá compensar a los no fumadores con los mismos descansos o reducciones en las nóminas de los fumadores.

 

Pero hasta que estas negociaciones no se incorporen a los convenios colectivos, hoy por hoy, ningún trabajador tiene derecho a reclamar estos descansos para fumar.

 

5. ¿Qué pasaría si un policía encuentra a un cliente fumando en mi floristería, aunque yo le avisara de que no podía? (Pedro).

 

 

Su tienda es un local comercial abierto al público y un centro de trabajo en los que existe una prohibición absoluta de fumar. Como empresario, saldrá perjudicado si alguien fuma dentro. Al cliente podrán sancionarle con 30 €, pero cometería una infracción grave sancionada desde los 600 a los 10.000 €. Además, puede ser denunciado por un policía, un cliente o un inspector que puede aparecer sin aviso.

 

6. ¿Es conveniente especificar en un currículo si no se es fumador? (Rosario)

 

Si se especifica en su historial profesional la condición de fumador o no, se está facilitando a la empresa una posible vulneración de derechos fundamentales, pues podrá filtrar a aquellos que no especifiquen su condición de no fumador. Sería como si una trabajadora especificase en su currículum vítae que es estéril y no tiene ninguna intención de adoptar hijos en un futuro.

Saludos Rodrigo González Fernández tabaquismos21.blogspot.com

 

Dinos... qué dudas tienes sobre el tabaco y tu lugar de trabajo

 

martes, enero 03, 2006

TRES IDEAS PARA EL TERMINO DE LA CAMPAÑA


1º Proyecte la imagen de la victoria.


Escribió Maquiavelo : “todos ven lo que pareces, pocos perciben lo que eres...a un príncipe no le es necesario tener todas las cualidades, pero sí aparentarlas”... Osténtese siempre como la persona idónea para ocupar el puesto en disputa conforme a las creencias del electorado acerca de las cualidades personales que los políticos deben poseer para desempeñar ese cargo. Trate de empatar su imagen conforme a esas creencias y "posicionarlo" en la mente de los electores respecto a la imagen que tengan de sus competidores. Y como está en campaña, muéstrese siempre como quien tiene el triunfo asegurado. “Ya ganamos”, “Ya cada vez somos más”, decía Fox para provocar la cargada de los que quieren estar siempre con el vencedor y que por ser muchos pueden decidir la victoria. El principio general es "Cuando usted asume la apariencia de poder, las personas se lo dan pronto".

2º Contraste su campaña, mensaje e imagen con los de sus opositores.

El elector no escoge a quien considera la mejor opción para un determinado puesto. Tiene que votar sólo por los que aparecen en la boleta electoral, a menos que desee que su voto se anule. Por eso no es raro que vote por el que considera menos malo o que vote para evitar que gane alguien que repudia, como fue el voto anti PRI en el 2000. Si el elector decide conforme a las diferencias entre los candidatos, contraste usted personalidades, mensajes, partidos, estilos, etc., para facilitarle su decisión. El ataque a los otros es la manera más rápida de contrastarse. De ahí el auge de la campaña negativa.

3º Repita su mensaje todo el tiempo, en todos lados y por todos los medios.

Buena parte de los electores no se ocupan de la política, están desinformados y atienden poco a las campañas. Según dicen, el elector requiere recibir no menos de siete impactos propagandísticos para que darse cuenta que hay que votar. Por eso, se aconseja que la propaganda tenga unidad, continuidad e integre todas las acciones en las calles, en la radio, en la televisión, por los candidatos, los brigadistas, etc. Mantenga usted un cerco permanente de propaganda alrededor del elector, y como en el Bolero de Ravel, asegúrese que el mensaje siempre sea el mismo, pero con variaciones sobre el mismo tema y que lo reciba el votante adondequiera que esté.
SALUDOS RODRIGO GONZÁLEZ fERNANDEZ, CONSULTAJURIDICA.BLOGSPOT.COM

LAS PYME A COTIZAR EN BOLSA,¿ PORQUE NO?

¿Porque no Las pymes no podrian cotizar en bolsa?
Mucho se habla y poco se hace sobre la Pyme en Chile . Habría que promover la creación de un Mercado Alternativo Bursátil (MAB), con el fin de dar respuesta a aquellos valores que por sus características especiales requieren un tratamiento especial y que no tienen los recursos necesarios para entrar en el Mercado común y ya tradicional de bolsas ha escrito Alvaro Ojeda en blog salmon que nos envia información diariamente sobre empresas.
La aparición de un Mercado Alternativo Bursátil supone que las pequeñas y medianas empresas podrían acceder a la financiación bursátil, no a través del primer mercado de las Bolsas de Valores, que conlleva cargas económicas y organizativas que normalmente exceden sus posibilidades pymes, sino mediante un sistema de negociación específico de regulación más flexible y adaptado en mayor medida a las necesidades de estas empresas como ya se ha legislado en España. ¿Porque no en Chile?
La idea es buena y tiene sentido en tanto en cuanto potencia la figura empresarial de este país por antonomasia: la pyme. La figura Pyme que es la que mayor cantidad de empleos otorga. La que he visto que los grandes conglomerados empresariales estudian en Seminarios internacionales, la misma que estudia el BID, las Naciones Unidas, en fin. Ahora bien, para poder acceder a financiación de este tipo, la creación de este nuevo Mercado Alternativo Bursátil es condición necesaria, pero no suficiente, pues habría que ver el interés que despertará entre el colectivo de los inversores esta nueva forma de financiación (objetivo de las compañías) y de obtención de rentabilidad (objetivo de los inversores). Entonces, a legislar ya sobre esta forma de financiamiento real para la pyme. Es una idea buena para los candidatos a la Presidencia .
Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

[El Blog Salmón] Recomendaci�n: AIM, mercado financiero para los menos grandes

rogofe47@hotmail.com te env�a una noticia de El Blog Salmón :

AIM, mercado financiero para los menos grandes
http://www.elblogsalmon.com/archivos/2005/10/13-aim-mercado-financiero-para-l.php

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[El Blog Salmón] Recomendaci�n: Las pymes podrán cotizar en bolsa

rogofe47@hotmail.com te env�a una noticia de El Blog Salmón :

Las pymes podrán cotizar en bolsa
http://www.elblogsalmon.com/archivos/2006/01/02-las-pymes-podran-cotizar-en-b.php

Excelente noticia que ambien puede ser aplicable en Chile

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domingo, enero 01, 2006

¡Inocente! El verdadero poder es el 'político' asi lo escribió Franky en "voto en blanco", estoes, Francisco Rubiales en el dia de los inocentes.




Mijaíl Jodorkovski Hoy es el día de los inocentes y algunos inocentes creen que el verdadero poder es el económico y que detrás de los políticos visibles se esconden poderes ocultos y magnates desconocidos. Eso es, precisamente, lo que quieren que pensemos los verdaderos poderosos, interesados en que el pueblo ignore que el verdadero poder es el político, el que cuenta con recursos tan imresionantes como la ley, el ejército, la policía y el presupuesto, además de los servicios de inteligencia, fondos reservados y cientos de miles de fieles funcionarios y empleados al servicio del "Estado".

Si alguien lo duda que contemple hoy a Mijaíl Jodorkovski. Hace dos años era el hombre más rico de Rusia y encabezaba la entonces principal petrolera rusa, Yukos, pero hoy se pudre en la cárcel y pasa las fiestas navideñas en la fría Siberia, sometido a unas condiciones carcelarias espantosas. El único delito probado al ex oligarca es que osó desafiar al Kremlin con sus ambiciones políticas, lo que enfureció a Putin y le costó una condena a ocho años de prisión. Por haber retado al poder político, hoy está obligado a fabricar manoplas en la cárcel con una máquina de coser. No puede leer, comparte dormitorio con 150 presos y usa como retrete un galpón colectivo, con cinco agujeros en el suelo.

Si todavía quedan dudas, que mire más cerca, en la misma España, y contemplen a Mario Conde o a Javier de la Rosa, ambos magnates y ambos en la cárcel, el primero de ellos por haber cometido delitos económicos y, sobre todo, por haber tenido ambiciones políticas y haber retado al poder establecido en la Moncloa.

Si todavía existen dudas sobre quien manda en el mundo o quienes son los nuevos amos, que le pregunten a José María Ruiz Mateos. Había forjado un imperio económico demasiado grande y el poder político, que se sintió amenazado, borró del mapa el imperio Rumasa, a golpe de decreto, a pesar de que se trataba de un gobierno democrático.

El último argumento es preguntarse ¿acaso hay altos jerarcas políticos en la cárcel? Los que están, como Sadan Husseim o el serbio Milosevic, es porque osaron enfrentarse a otro político más poderoso.

Si usted todavía piensa que hay poderes ocultos como los templarios, los rosacruces y otros pertenecientes a la fábula, o que son los magnates los que mueven los verdaderos hilos del poder, entonces es que no quiere ver la realidad.

Entonces, Felicidades porque hoy es su día.

Saludos FRANKY , DESDE SANTIAGO DE CHILE,
El futuro de la prensa impresa
HA DICHO ENRIQUE DANS
Interrumpo brevemente mi relax vacacional para leerme esta interesante columna de Robert X. Cringely en su púlpito, "Stop the presses: how pay-per-click is killing the traditional publishing industry", prediciendo la caída de la prensa impresa. No debido a la sustitución de hábitos de lectura, ni a los nuevos dispositivos, ni a la creciente facilidad para leer en un medio electrónico, sino debido a algo completamente diferente: la publicidad y la reinterpretación de la misma. Muy en la línea de las conclusiones de mi artículo del mes pasado en PC Actual, de hecho. Si cambia el balance de publicidad frente a contenido, cambia el negocio, y las cuentas ya no salen.

El artículo completo es largo, pero muy interesante.


Technorati tags: press, magazines, print, Cringely
QUE ES EL CORAJE PARA STEVE JOBS
Nos han enviado este post desde Microciervos uno de los buenos blogs Españoles.

"Tu tiempo es limitado, de modo que no lo malgastes viviendo la vida de alguien distinto. No quedes atrapado en el dogma, que es vivir como otros piensan que deberías vivir. No dejes que los ruidos de las opiniones de los demás acallen tu propia voz interior. Y, lo que es más importante, ten el coraje para hacer lo que te dicen tu corazón y tu intuición. Ellos ya saben de algún modo en qué quieres convertirte realmente. Todo lo demás es secundario.
– Steve Jobs, en el discurso de graduación de Standford (2005)
Un gran saludo PARA INICIAR EL AÑO 2006 con lo que es Coraje para Steve Jobs, RODRIGO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, consultajuridica.blogspot.com

sábado, diciembre 31, 2005

LOBBYING SIN CAER EN TRAFICO DE INFLUENCIAS

Se nos ha consultado ¿quienes serán los lobistas... ¿cualquiera? ¿los que asi se dicen llamar...? ¿o los que adquieran un título en alguna universidad o en algún instituto especializado para los efectos?
La ley al parecer no se ha preocupado de esto... Esto es de la mayor importancia

Cámara Alta discutirá en general proyecto que regula el lobby este martes 3 de enero
La iniciativa está en segundo trámite y busca transparentar y reconocer legalmente la actividad del lobby o gestión de intereses.

Sala del Senado
Este martes 3 de enero, la Sala del Senado deberá discutir en general el proyecto que regula el lobby con el propósito de reconocer legalmente dicha actividad y normar la gestión de intereses, a objeto de hacerla más transparente.
La iniciativa que está en tercer lugar de la tabla de sesiones de ese día, se encuentra en segundo trámite en el Congreso y ya fue analizada por la Comisión de Gobierno del Senado, presidida por el senador Hernán Larraín.
“Ojalá que podamos aprobar este proyecto en general y darnos un buen tiempo para verlo en particular, porque es una buena iniciativa para discutir el tema del tráfico de influencias”, dijo el senador Larráin tras señalar que el proyecto “es un intento serio de regular el tráfico de influencia de todas las personas o grupos de intereses que intentan obtener que sus planteamientos sean recibidos y recogidos”.
La iniciativa regula el lobby o gestión de intereses y la define como la actividad de promoción, defensa o representación de intereses de personas, instituciones u organizaciones privadas o públicas, ejercida por personas naturales o jurídicas, con el propósito de influir en las decisiones de los órganos de la Administración y del Parlamento.
Asimismo, el proyecto define al lobbysta como la persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que realiza las actividades antes descritas y hace un distinción entre éste y el lobbysta profesional, quien es definido en la iniciativa como aquella persona que realiza “habitualmente y en forma remunerada acciones de gestión de interés ante alguna de las autoridades que tienen la obligación de registrar los contactos o actividades de lobby efectuadas ante ellas”.
El texto también contempla la creación de dos registros públicos de lobbystas, uno a cargo del Ministerio de Justicia y otro a cargo de una comisión bicameral permanente de fiscalización del lobby, en los cuales deberán inscribirse todas las personas que deseen desarrollar esta actividad de manera profesional.
Para evitar que surjan interpretaciones equívocas respecto de las actividades que pueden entrar en la categoría de lobby, el proyecto especifica que no constituyen actividades de ese tipo las expresiones realizadas a través de discursos o publicaciones; las manifestaciones realizadas en reuniones o asambleas públicas; las declaraciones o comunicaciones hechas por funcionarios públicos o parlamentarios en el ejercicio de sus funciones o las declaraciones o informaciones entregadas a alguna comisión del Congreso, entre otras.
Normas para los lobbystas
El texto establece que quienes realicen profesionalmente actividades de lobby estarán obligados a informar semestralmente, sobre las autoridades, miembros, funcionarios y organismos ante las cuales hayan desarrollado gestiones de intereses, las materias en las que hayan intervenido, los intereses que hayan promovido y los objetivos de cada una de las gestiones realizadas.
Asimismo, señala que los lobbystas profesionales no podrán defender o representar, de manera simultánea, intereses opuestos y tampoco podrán contribuir al financiamiento de partidos políticos ni de campañas electorales, entre otras disposiciones.
Si algún lobbysta incurre en faltas a la ley, las autoridades competentes podrán aplicar sanciones que dependan de la gravedad de la falta, las que pueden ir desde la amonestación escrita, multas de hasta 150 Unidades Tributarias Mensuales, la suspensión del registro público hasta por tres años e incluso la eliminación definitiva de dicho registro.

Esta por salir nuestro libro "El Lobbying sin caer en el tráfico de influencias ", que hemos preparado estudiando el derecho comparado de los EEUU y del Parlamento Europeo. Ambos con tratados de libre comercio que Chile ha suscrito y en que se encuentra normado el Lobbying.

Saludos lobyingchile, blogspot.com, Rodrigo González Fernández

SERGIO ROMERO PRESIDENTE DEL SENADO


CON UNA INTERVENCIÓN DEL PROPIO PRESIDENTE DEL SENADO QUISIERAMOS SALUDAR A TODOS NUESTROS LECTORES Y DESEARLES FELIZ AÑO NUEVO:

INDEPENDENCIA Y RESPETO

POR SERGIO ROMERO P., PRESIDENTE DEL SENADO

Presidente del Senado Sergio Romero

La opinión pública ha conocido los anuncios de una moción de censura en mi contra – destinada a buscar mi destitución como titular de la Cámara Alta- motivada por las críticas que formulé a la intención del Presidente de la República de reponer en el Senado el proyecto de reforma al sistema binominal, previamente rechazado en la Cámara de Diputados. En la oportunidad, me referí también a la controvertida conducta de intervencionismo electoral que ha tenido el Ejecutivo en el actual proceso eleccionario.


En el ejercicio de la Presidencia del Senado he actuado sobre la base de defender los principios de independencia y respeto entre las personas y los poderes del Estado, así como para otorgarle a la Corporación los mayores grados de transparencia y modernidad. En ese marco, esta no es la primera vez que planteo la inconveniencia de convertir las Cámaras Legislativas en buzones o escenarios de juegos políticos electorales.



Quisiera recordar que hace poco se anunció otra censura en mi contra, que provenía de la misma bancada que anunció la actual y que luego no se formalizó, a raíz de una decisión de hacer públicas - como regla general- las sesiones y votaciones en el Senado, a la luz del mandato constitucional.



Asimismo, en términos de ser consecuente con la aplicación estricta de las normas constitucionales y legales, resolví con apego a este criterio la situación generada con ocasión del reemplazo del senador Lavandero hace solo meses, lo que puede haber irritado a quienes se sintieron perjudicados en sus intereses. Sin embargo, la consecuencia es un valor que esta por encima de motivaciones particulares.


Con la misma decisión que he defendido los fueros del Senado y la aplicación de las normas constitucionales, reafirmo hoy mi resolución de afrontar con la mayor decisión y serenidad las contingencias de un voto de censura, anunciado por haber emitido opiniones políticas realizadas a título personal, como cualquier ciudadano tiene derecho a formularlas, acerca de la inconveniente intervención del Presidente de la República en el proceso eleccionario. Es de la esencia de la democracia emitir opiniones sin censura previa y sin temor a represalias.

Por otra parte, siempre defenderé la independencia y el respeto que se merece el Poder Legislativo, ya que se pretende utilizar al Senado como escenario de un nuevo juego electoral, sin destino, a través de un proyecto vacío y ya fracasado en la Cámara de Diputados, que se refiere al sistema binominal.



Quisiera recordar que con este expediente se mal utiliza un procedimiento legislativo- postergando proyectos importantes - y se pasan por alto acuerdos y declaraciones de no hacer modificaciones al sistema binominal, a través de nuevas reformas constitucionales, sino que hacerlo por la vía legislativa. Para este efecto, hemos estado disponibles para crear una unidad de trabajo con el Presidente de la Cámara de Diputados.

Fue el propio Presidente de la República quien, el 17 de septiembre, al firmar las reformas constitucionales, señaló que “serán otros”, los que se encarguen de modificar el sistema electoral. Tampoco entonces se cumple, por el Ejecutivo, con lo que se acuerda o se ofrece.



Asimismo, resulta sorprendente que el Ejecutivo pretenda insistir ante el Senado con un proyecto de Reformas Constitucionales para modificar el sistema binominal , en circunstancias que el articulo 68 de la Constitución que se pretende aplicar no procede cuando se trata de reformas Constitucionales, al tenor del artículo 127 de la misma Carta Fundamental, dado que ella prescribe que sólo puede reformarse con lo quórums positivos del artículo 127 y no con los negativos del articulo 68 de la Constitución Política.


Reitero que el Congreso Nacional debe ser respetado y no debe ser utilizado como escenario de juegos políticos electorales, que sólo consiguen desprestigiar los procesos legislativos con proyectos sin contenido, postergando en cambio la tramitación de iniciativas de gran valor como las de seguridad contra la delincuencia, o de importancia trascendente como las del lobby, los gobiernos corporativos y las leyes orgánicas del Congreso Nacional y del Tribunal Constitucional.


Estoy convencido que esta censura, que carece de todo fundamento, no prosperará, ya que no es posible amordazar toda crítica política y que ésta sólo sea lícita cuando la realizan las autoridades del Ejecutivo y los personeros de la Concertación.
INTERVENCIÓN DEL pRESIDENTE DEL sENADO DE cHILE, DON SERGIO ROMERO PIZARRO, consultajuridica.blogspot.com, Rodrigo González Fernández

jueves, diciembre 29, 2005

[El Blog Salmón] Recomendaci�n: Hipotecas a cien años

rogofe47@hotmail.com te env�a una noticia de El Blog Salmón :

Hipotecas a cien años
http://www.elblogsalmon.com/archivos/2005/12/28-hipotecas-a-cien-anos.php

Que interesante hipoteca a 100 años . se podrá en Chile? ¿Porque NO? Invitemos a los Bancos a pensar sobre esto.

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El Blog Salmón
http://www.elblogsalmon.com

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http://www.sixapart.com/movabletype/

50 greatest gasgets.

The 50 Greatest Gadgets of the Past 50 Years

No se lo pierdan, la lista de PC-World. De los 50 productos, sólo he tenido tres: el walkman de la Sony (pero en la versión antilluvia), el teléfono inalámbrico de la Motorola y el mouse de Microsoft. Se ve que no he disfrutado del progreso, o tal vez que compré los mismos productos, pero de una marca más barata.

The 50 Greatest Gadgets of the Past 50 Years

miércoles, diciembre 28, 2005

Un interesante y didactico articulo sobre "EL ESTADO DE DERECHO "

Un lector nos consulta acerca del estado de Derecho. Es frecuente que políticos al fragor de discusiones  señalan …mire eso no corresponde a un “ estado de derecho” o cuando dicen ….en un “estado de derecho”   las cosas se dan….

 

¿QUÉ ES EL ESTADO DE DERECHO?

 

     Existe un Estado de Derecho siempre que el poder se haya sometido a la limitación de las normas y la persona humana goza de libertad.

 

     Impera en todas las constituciones democráticas la concepción del Estado de Derecho. El Estado de Derecho está sometido a un sistema de normas jurídicas.

 

     Es cierto que todo Estado crea y utiliza un derecho: todo Estado funciona con un orden jurídico, con un sistema normativo; en la actualidad no cabe pensar en un Estado sin Derecho, sin orden jurídico, sin sistema de legalidad (existencia de un conjunto coherente de normas). La existencia de un orden jurídico, de un sistema de legalidad en un Estado no autoriza a hablar sin más ni más de Estado de Derecho.

 

     No todo Estado es Estado de Derecho. El Estado de Derecho es el Estado sometido al Derecho.

 

     Por tanto, la fórmula Estado de Derecho sirve para indicar una subordinación o sujeción del Estado al Derecho.

 

     Seguramente, por tratarse de "un amo sin rostro", como lo definió Octavio Paz, o una "inconcebible abstracción", como lo caracterizó Borges, encuadrar al Estado en un marco jurídico que transmita seguridad parece una tarea inabordable. El panorama actual indica una tendencia contraria, los gobiernos conductores del Estado se salen de cauce y mientras éste se debilita en lo económico, se fortalece en el ejercicio de inmunidades que se oponen al ciudadano. Al mismo tiempo que se desprende de sus activos mediante la venta de empresas públicas, acciona dentro de una serie de leyes y jurisprudencias antiguas que le permiten expropiar sin audiencia previa, cobrar tributos sin audiencia previa, rodeado de privilegios del fisco frente a los particulares, cuando estas situaciones, entre muchas otras, ya no se encuentran en otros países.

 

     El Estado de Derecho, como perspectiva contemporánea de las relaciones entre política y derecho, debe concebirse como la respuesta a un problema ético general: la necesidad de someter el poder público al Derecho.

 

     Un régimen de Estado es un régimen jurídico del poder público. Pero esta naturaleza no agota el concepto del Estado, como dice Luis Sánchez Agesta, ni es el único elemento de su organización, sino que el Derecho está en equilibrio con otros factores que integran el orden estatal. Todo Estado, por consiguiente, no es por sí Estado de Derecho, sino sólo aquel en que se ha producido un equilibrio entre el impulso del poder y de la libertad (de la acción política subjetiva), y el orden regulador del Derecho (orden político institucionalizado); esto es, aquel en que el Derecho Positivo encarna de una forma satisfactoria los valores de justicia y seguridad que son función del Derecho y encuentra en estos valores la fuerza necesaria para contener el poder y la libertad.

 

     El tratadista Luis Sánchez Agesta en su libro Lecciones de Derecho Político, nos da la siguiente definición de Estado de Derecho:

 

     "Por Estado de Derecho se entiende todo Estado en que el poder respeta al derecho objetivo vigente y el subjetivo existente; en que el Estado posee una organización encaminada a conseguir este fin, comprendiendo toda actividad como una competencia jurídica prefijada por una norma cuya violación pone en movimiento una autoridad del Estado en poder jurídico, garantizando su actuación conforme al Derecho. Supone la respuesta al problema del equilibrio de los impulsos del poder y la libertad dentro del orden. Implica la adopción de una serie de técnicas que vinculan el poder público al Derecho y la libertad al orden jurídico que la define y ampara."

 

     En otras palabras, cuando un Estado configura jurídicamente la organización y ejercicio del poder político, de manera que los individuos estén protegidos por la existencia previa de las normas e instituciones garantizadoras de sus derechos y libertades, cuando toda la actividad estatal se somete a esas normas e instituciones, sin más excepciones que las exigidas por el bienestar general, entonces nos encontramos ante una comunidad jurídica civilizada.

 

     Por nuestra parte, pensamos que el decir que el Estado de Derecho no es más que el ideal de un Estado en el que están determinadas las limitaciones de la autoridad, en relación a la libertad, es poco si se tiene en cuenta que la determinación de los confines entre autoridad y libertad deja sin enjuiciar el problema de la extensión real de la libertad, pero es mucho si se piensa que mientras el poder continúe siendo algo sobrepuesto a la sociedad y extraño a ella y las tensiones en la estructura de la sociedad hagan que el dualismo entre autoridad y libertad se resuelva en una irreductible antitesis, no podrá existir libertad sin la certeza de la ley; certeza que, quizá, constituya el mínimo de libertad - la libertad moderna - que puede y debe ser asegurada frente al Estado, si queremos llamarlo Estado legal.

 

     Por esto, la afirmación y el mantenimiento de una forma de Estado que garantice un mínimo de certeza en lo que afecta a la existencia del individuo y de sus libertades, constituye en nuestros días una exigencia elemental e irrenunciable por cuyo reconocimiento se siente justamente obligado a luchar todo aquel que desee contribuir al progreso de la sociedad. Pero la libertad jurídica, la libertad moderna, es la única libertad que puede y debe ser salvada de la prepotencia del Estado, esta libertad es una libertad contradictoria, porque el Derecho que debe limitar el poder del Estado está condicionado - y más que nunca en el Estado contemporáneo - precisamente por ese poder. Y la historia enseña cuan precaria es para la libertad de la mayor parte de los hombres una garantía que deriva de un poder que sólo formalmente es poseído por la generalidad de los ciudadanos mientras que, en realidad, es expresión de la fuerza y de los intereses de una parte de ellos, como ha acaecido hasta ahora en toda forma conocida de Estado.

http://www.bma.org.mx/publicaciones/ediciones/estado/division/derecho/estado.html

 

Anotaci�n de Microsiervos enviada por rodrigo gonzalez fernandez


Hola rodrigo gonzalez fernandez

rodrigo gonzalez fernandez (rogofe47@hotmail.com) te recomienda esta anotaci�n de Microsiervos (http://www.microsiervos.com):

http://www.microsiervos.com/archivo/ordenadores/decalogo-informatica.html

Mensaje: Un interesante art�culo de microsiervos .

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Enviado desde http://www.microsiervos.com

martes, diciembre 27, 2005

Algunos lectores nos han preguntado que significa la fidelización. Acá les entregamos un interesante artículo que compartimos con ustedes.

 

CONCEPTO DE FIDELIZACIÓN

 

Entendemos por fidelización el mantenimiento de relaciones a largo plazo con los clientes más rentables de la empresa, obteniendo una alta participación en sus compras.

La fidelización, tal como se entiende en el marketing actual, implica el establecimiento de sólidos vínculos y el mantenimiento de relaciones a largo plazo con los clientes.

Por tanto, evolucionamos de un marketing centrado en el corto plazo a un marketing con un enfoque estratégico. Tradicionalmente muchas empresas se centraban en el proceso de venta y consideraban concluido dicho proceso cuando se cobraba. El incremento de la competencia, las nuevas obligaciones legales y las crecientes exigencias de los consumidores requieren de las empresas una sustancial atención a la satisfacción del consumidor y al proceso post-compra.

El concepto de fidelidad para el marketing implica que los consumidores realizan todas o la mayoría de sus compras de un cierto tipo de producto en nuestra empresa. Un aspecto fundamental es que porcentaje representan las ventas de una empresa en las compras de una cierta categoría de productos por parte de un cliente.

Es decir, un consumidor que durante años se compra sus camisas en el Corte Inglés es un cliente fiel. Un consumidor que sólo bebe Coca Cola durante años es un consumidor fiel. Y también es un consumidor fiel el que durante años realiza operaciones financieras con dos bancos, manteniendo sus vínculos con ambos.

Si gestiono un restaurante, un aspecto fundamental del éxito será conseguir una clientela fiel. El negocio puede ser un gran éxito si un cierto grupo de personas se mantienen como clientes durante años. Incluso ese grupo de clientes leales que repiten las visitas a mi restaurante en ocasiones comen en otros restaurantes. Por tanto, un aspecto fundamental de la gestión es que porcentaje del gasto que mis clientes habituales realizan en los bares y restaurantes obtiene mi negocio.

Otro aspecto de la fidelidad desde esta perspectiva de marketing es que trata de mantener como clientes a ciertos grupos, normalmente los más rentables, mientras que en muchas ocasiones interesa desprendernos de otros clientes poco rentables.

FIDELIZACION. Saludos Rodrigo González Fernández   consultajuridica,blogspot.com

Dra Marta Salazar Sánchez

EL MATRIMONIO NO ES UN CONTRATO

 

Marta Salazar Sánchez  Doctora en Derecho, Universidad Julius-Maximilian, Würzburg, Baviera

 

 Pueden revisar aquí : http://alemaniaeconomiasociedadyderecho.blogspirit.com/about.html

 

 Alemania, economía y sociedad es uno de los mejores blogs que visto, debe ser por la influencia alemana de la autora. Desde luego, lo tendremos entre nuestros  favoritos . Allí encontrarán información muy bien elaborada para el mundo del derecho  que tanto necesita leer, que tanto necesita revisitar antiguos institutos jurídicos , porque tenemos una sequía literaria del derecho tremenda en Chile. . Aquí pueden hacerlo.

Se han cumplido algunos meses desde la incorporación de nuestro país al grupo de estados cuya legislación acepta y regula el divorcio vincular. Como los ánimos ya están más calmados después de la fuerte discusión a que asistimos previamente a la aprobación de la ley de divorcio, me parece que es posible dialogar acerca de la esencia del matrimonio. Me gustaría plantear una idea novedosa, esta vez, nacida en el seno de las universidades europeas y producto, primeramente, de estudios jurídico-históricos. Hay que tener presente que las instituciones de Derecho no nacen como callampas (setas) después de la lluvia, sino que se forman a lo largo de los siglos, en una frase inolvidable que le escuché a mi profesora de Historia del Derecho.

   “En su esencia, el matrimonio no es un contrato. O si se quiere es un contrato sui generis o un súper contrato, aunque me inclino a no emplear estos términos porque resultan equívocos. Una buena parte de la doctrina europea ha empezado a hablar de alianza o pacto. La gran diferencia entre esta nueva forma de ver el matrimonio y la anterior, es que el objeto del matrimonio son los cónyuges mismos y no una mera regulación de la sexualidad y de los bienes’’.

Quiero referirme a la naturaleza contractual del matrimomio. Desde la Antigüedad y hasta el s XII, hombres y mujeres no se casaban ante el estado, ni ante el rey, ni ante el ayuntamiento. El consentimiento matrimonial era bifásico, se dividía en dos etapas: los esponsales (pacto familiar que tenía lugar cuando los futuros contrayentes eran aún niños) y las nupcias (durante la adolescencia y cuyo punto culminante era la unión sexual). No había un momento en que los esposos pronunciaran el Sí, quiero. El consentimiento no era otra cosa que la voluntad marital, cuyo instante más significativo era el conocimiento sexual. Esto conducía a la existencia de los matrimonios clandestinos, en que la unión se producía entre personas que no estaban comprometidas en matrimonio por sus familias. De manera que se presentaban casos en que una persona tenía dos esposos/sas, uno/a en ciernes y otro/a con el/la cual ya se había llegado a la unión sexual.

La declaración de voluntad mediante palabras expresadas por los esposos presentes y libres, el Sí, quiero fue creada por los teólogos y canonistas del s XII y recogida por las Decretales, el Derecho Canónico de la época. Ahora bien, los profesores de Bolonia y París que forjaron este ordenamiento matrimonial, adoptaron de los civilistas de los s. XII y XIII, la clasificación del matrimonio entre los contratos bilaterales, tomada a su vez, del Derecho romano. Como en los contratos es indispensable el consentimiento, les pareció que éste era el vehículo jurídico más apropiado para salvaguardar la voluntad de los contrayentes -sobre todo de la mujer- frente terceros, especialmente frente a la familia, para casarse con quien quisieran.

 

Este ordenamiento jurídico matrimonial fue recepcionado por el estado moderno, al codificar, entre los s XIX y XVIII, el matrimonio civil o legal, oportunidad en que se acentuó aún más, la idea del matrimonio-contrato.

Pero, en su esencia, el matrimonio no es un contrato. O si se quiere es un contrato sui generis o un súper contrato, aunque me inclino a no emplear estos términos porque resultan equívocos. Una buena parte de la doctrina europea ha empezado a hablar de alianza o pacto. La gran diferencia entre esta nueva forma de ver el matrimonio y la anterior, es que el objeto del matrimonio son los cónyuges mismos y no una mera regulación de la sexualidad y de los bienes. Mientras en los contratos bilaterales, las personas intercambian derechos y deberes, que recaen sobre cosas, objetos extrínsecos a los propios contratantes, en el pacto conyugal, se entregan y aceptan los esposos mismos.

La entrega personal no puede ser sino única y exclusiva en el tiempo y en el espacio. Esta nueva manera de concebir -jurídicamente- el matrimonio, que tiene hondas raíces en la historia social, puede contribuir significativamente al desarrollo de lo que llamaría una nueva cultura de la alianza conyugal.

Gracias Dra  Salazar Sanchez por poder disfrutar de sus artículos. Un saludo de Rodrigo González Fernández  desde consultajuridica.blogspot.com , Santiago, Chile

 

 

 

 

LA OBLIGATORIEDAD, PARA TODAS LAS AUTORIDADES QUE EJERCEN FUNCIONES PÚBLICAS, DE EFECTUAR UNA DECLARACIÓN DE PATRIMONIO

Presidente Lagos: "Esta ley hace más transparente la acción de las autoridades y las instituciones públicas"

 

El Presidente Lagos promulgó la iniciativa legal que establece la obligatoriedad, para todas las autoridades que ejercen funciones públicas, de efectuar una declaración de patrimonio. "Con estas medidas construimos una institucionalidad vigorosa para prevenir la corrupción", expuso.

 

Durante su intervención, recordó que la derecha se opuso a aprobar algunos aspectos del proyecto original, como extender esta obligación a directores de ISAPRES y AFP. "La vamos a reponer en el proyecto de ley que crea el Mercado de Capitales II, donde esperamos finalmente sea aprobada", comentó.

 

El Presidente de la República, Ricardo Lagos, afirmó que con la promulgación de la norma que establece la obligatoriedad de declarar bienes a las autoridades que ejercen funciones públicas, "tenemos una nueva ley que hace más transparente la acción de las autoridades, de los funcionarios y las instituciones públicas. Con estas medidas construimos una institucionalidad vigorosa para prevenir la corrupción, con transparencia y con publicidad".

 

Acompañado por los Ministros Secretario General de la Presidencia, Eduardo Dockendorff; Secretario General de Gobierno, Osvaldo Puccio; de Interior, Francisco Vidal; y de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre, además de parlamentarios, el Jefe de Estado encabezó en el Palacio de La Moneda la ceremonia de promulgación de la nueva ley. "Ponemos a disposición de todos los ciudadanos una herramienta efectiva y necesaria para conocer la situación patrimonial de sus autoridades al momento de asumir sus cargos", explicó.

 

Este cuerpo legal establece que todas las autoridades públicas deben realizar una declaración jurada de patrimonio antes de 30 días después de asumir el cargo, la que deberá ser actualizada cada cuatro años y repetirse una vez que el funcionario cese en sus funciones.

 

En su intervención, el Mandatario recordó las dificultades que atravesó esta ley antes de ser promulgada. "Promulgar esta ley de declaración patrimonial no ha sido tarea fácil. Tuvimos que sortear múltiples obstáculos durante su tramitación en el Congreso, para tener una ley que resguarde el interés nacional y no el interés de unos pocos", manifestó. Puso como ejemplo el largo tiempo que tardó su aprobación por parte de la derecha. "Nunca un proyecto con suma urgencia se había demorado tanto. Casi diez meses de discusión, no obstante tenía discusión inmediata, la cual demoró tres meses", expuso.

 

Sin embargo, señaló que esta iniciativa constituye "una de las prioridades fundamentales de mi gobierno que quedaban por promulgar". En este sentido, hizo mención a aquellas materias que la oposición se negaba a abordar, como las declaraciones de patrimonio de los parlamentarios, los fiscales del Ministerio Público o los consejeros del Banco Central, pero que finalmente "nuestra persistencia permitió que repusiéramos estas ideas y se aprobaran finalmente. Hoy, con orgullo podemos decir que estamos con una ley más completa y más transparente".

 

Finalmente, señaló que la ley promulgada es perfectible y aseguró que la incorporación de directores de ISAPRES y Administradoras de Fondos de Pensiones -cuya norma no fue aprobada por oposición de la derecha-, será discutida nuevamente en el futuro. "No nos parece que esa sea una razón plausible. Y por ello esta norma, que no se aprobó, la vamos a reponer en el proyecto de ley que crea el Mercado de Capitales II, donde esperamos finalmente sea aprobada", concluyó.

 

PRINCIPALES ASPECTOS DE LA LEY:

 

- Establece que todas las autoridades públicas deben realizar una declaración jurada de patrimonio antes de 30 días después de asumir el cargo, la que deberá ser actualizada cada cuatro años y repetirse una vez que el funcionario cese en sus funciones.

 

- Contendrá la individualización de todos los bienes inmuebles del declarante, indicando su ubicación y su inscripción de dominio, como también las de las prohibiciones, gravámenes e hipotecas que pudieren afectarle, incluidos los usufructos y fideicomisos, en el conservador de bienes raíces, el número de rol y su avalúo vigente para los efectos del impuesto territorial.

 

- Incluirá los vehículos motorizados; los derechos que le corresponden en comunidades o en sociedades constituidas en Chile o en el extranjero; el monto de los depósitos e instrumentos financieros, cualquiera sea su naturaleza, incluyendo la moneda en que consten y el lugar en que fueron tomados. También una declaración detallada del pasivo, si fuere superior a cien unidades tributarias mensuales.

 

- Los funcionarios de la Administración del Estado deberán remitir una copia de su Declaración Jurada de Patrimonio a la Contraloría General de la República, para su debida custodia. En el caso de los órganos autónomos, la copia de la declaración debe quedar en la Secretaría de cada uno de ellos.

 

- Establece también la figura penal del enriquecimiento ilícito, diseñada para aquellos casos en que exista un incremento injustificado del patrimonio de un funcionario público. Si hubiere un incremento relevante, se considerarán sanciones de multa e inhabilidad temporal para ejercer cargos públicos.

 

- Para hacer compatible esta norma con el principio constitucional de la presunción de inocencia, se fija que la prueba del enriquecimiento injustificado será siempre de cargo del Ministerio Público.

 

- Si una persona acusada de enriquecimiento ilícito resulta absuelta o sobreseída, deberá ser indemnizada por el querellante o denunciante.

 

- El proyecto considera además una disposición que busca regular algunos aspectos de la contratación entre entes públicos y sujetos privados, cuando existe una relación de parentesco entre las autoridades o directivos del servicio público y el tercero contratante.

 

¿QUIÉNES DEBEN DECLARAR?

 

Administración: El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los Subsecretarios, los Intendentes y Gobernadores, los Secretarios Regionales Ministeriales, los Jefes Superiores de Servicio, los Embajadores, los Consejeros del Consejo de Defensa del Estado, el Contralor General de la República, los oficiales generales y oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y niveles jerárquicos equivalentes de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Alcaldes, Concejales y Consejeros Regionales, directores de las empresas en que el Estado nombre uno o más directores y los directores y gerentes de las empresas del Estado que estén sometidos a la legislación aplicable a la Ley de Sociedades Anónimas.

 

Tribunales: Ministros de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, Ministros del Tribunal Constitucional y abogados integrantes, Ministros del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, los Ministros del Tribunal Calificador de Elecciones, los Ministros de los Tribunales Electorales Regionales.

 

Ministerio Público: El Fiscal Nacional, los fiscales regionales y los fiscales adjuntos.

 

Parlamentarios: Diputados y Senadores.

 

Banco Central: Los consejeros del Consejo del Banco Central.

 

SANCIONES:

 

Se establece un sistema único de sanciones para todos los sujetos obligados a declarar patrimonio, independientemente del órgano del Estado en que estos se desempeñen. Considera multas, que van de 5 a 15 UTM en aquellos casos en que no sea actualizada la declaración, y de 10 a 30 UTM en caso de omisión de la misma, inclusión de datos inexactos u omisión de datos relevantes.

 

En los casos de omisión inexcusable, omisión de datos relevantes u omisión contumaz en la realización de la declaración, deben ser tomados en cuenta en la calificación funcionaria del sujeto infractor.

 

Desde la Presidencia de la República nos informan – como siempre – en forma oportuna y completa. Saludos Rodrigo González Fernández  consultajuridica.blogspot.com

Fw: INFORMA .

 
----- Original Message -----
Sent: Tuesday, December 27, 2005 5:46 PM
Subject: RE: INFORMA .

Estimado Rodrigo:
 
Gracias por sus felicitaciones y por sus sugerencias de tema. Las tendremos en consideración en el futuro.
 
Asimismo, le invitamos a revisar nuestros temas anteriores haciendo clic en el enlace "Temas anteriores por materia", en la portadade nuestro sitio web, donde podrá revisar más trabajos, entre ellos uno sobre el defensor del ciudadano.
 
Atentamente,
 

Rodrigo de la Paz San Martín
Unidad de Contenidos (rdelapaz@bcn.cl)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Victoria s/n, Valparaíso, Chile
(56-32) 26 31 63 - (56-2) 270 17 00                                           

-----Mensaje original-----
De: Rodrigo Gonzalez F [mailto:rogofe47@mi.cl]
Enviado el: miércoles, 21 de diciembre de 2005 8:18
Para: editor@bcn.cl
Asunto: INFORMA .

QUISIERA SUGERIR UNOS  TEMAS PARA SER TRATADOS  EN PROFUNDIDAD:
 
1.- " LA GLOBALIZACIÓN Y EL lOBBYING INTERNACIONAL.IMPACTO EN CHILE Y FUTURO COMO DISCIPLINA UNIVERSITARIA
2.- " EL DEFENSOR DEL CIUDADANO Y SU IMPORTANCIA EN EL MUNDO. CHILE LO REQUIERE YA.EL CIUDADANO DEBE SER INFORMADO  DE SU FORMA DE OPERAR
3.- LOS BIOCOMBUSTIBLES  RENOVABLES COMO SOLUCION A PROBLEMAS ENERGETICOS, AGRICOLA, TRABAJO, CONTAMINACION , DESCENTRALIZACION  E INOVACION TECNOLOGICA .NECESIDAD DE UNA NORMATIVA PROMOCIONAL Y AD HOC PARA SU INSTAURACION EN CHILE EN FORMA MASIVA E INDUSTRIAL.
 
DESDE YA FELICITACIONES A LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO Y SU PERSONAL POR  SER FUENTE INAGOTABLE DE INFORMACION AL SERVICIO DEL CIUDADANO Y DEL PAIS EN GENERAL
 
SALUDA ATENTAMENTE RODRIGO GONZALEZ FENANDEZ
CONSULTAJURIDICA.BLOGSPOT.COM
 RENATO SANCHEZ 3586
TRELEFONO: 5839786   2451168
 
 


__________ NOD32 1.1318 (20051211) Information __________

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domingo, diciembre 25, 2005

A washingtonpost.com article from: rogofe47@hotmail.com

You have been sent this message from rogofe47@hotmail.com as a courtesy of washingtonpost.com

Personal Message:
UN INTERESANTE ARTUCULO DEL WASHINGTON POST.

Human Brain Cells Are Grown In Mice

By Rick Weiss

By injecting human embryonic stem cells into the brains of fetal mice inside the womb, scientists in California have created living mice with working human brain cells inside their skulls.

The research offers the first proof that human embryonic stem cells -- vaunted for their potential to turn into every kind of human cell, at least in laboratory dishes -- can become functional human brain cells inside a living animal, reaching out to make connections with surrounding brain cells.

The human cells had no apparent impact on the animals' behavior. About 100,000 cells were injected into each animal and just a fraction survived in their new hosts. That means the animals' brains were still more than 99 percent mouse -- a precaution that helped avoid ethical objections to creating animals that were "too human."

The finding that the human cells are working in their new environment provides encouragement for those who hope to develop stem-cell-based therapies for neurodegenerative diseases such as Parkinson's.

More immediately, mice with humanized brains could be a boon for research, providing a living laboratory where scientists can study human brain diseases and drug companies can test the safety of experimental medicines.

"Let's say you're in the last stages of research before testing a new drug in humans," said lead researcher Fred Gage of the Salk Institute for Biological Sciences in La Jolla, Calif. "This could help tell you what effect it will have on human neurons inside a brain."

The work, published in today's issue of the Proceedings of the National Academy of Sciences, is the latest in the ethically challenging field of human-animal "chimera" research -- a reference to the Chimera of Greek mythology, which had a lion's head, a goat's body and a serpent's tail.

In previous studies, scientists had injected brain cells from aborted human fetuses into the brains of rodents and shown that the human cells could survive and migrate to various brain regions. But because those human brain cells were relatively mature, they were larger than their rodent counterparts and it often was unclear whether they were working.

The new work, which started with human embryonic stem cells instead of cells that had already become brain cells, showed that those human cells developed into all the major kinds of cells normally found in mammalian brains, namely neurons and nerve-nurturing glial cells. It also showed that the neurons are biologically active and make what appear to be good connections, or synapses, with adjacent mouse cells.

"It's the best evidence yet that they are integrating and functioning," said Irving Weissman, a Stanford University stem cell scientist. "It's a nice advance."

Reflecting growing concerns about the ethics of making animal-human hybrids, the National Academy of Sciences earlier this year released voluntary guidelines on chimera research that have been adopted by major research institutes and have been made mandatory in California for state grant recipients. The rules aim to limit the extent to which animals -- especially primates -- get humanized and to prevent the creation of human embryos inside animal wombs through the mating of animals bearing human eggs or sperm.

Those rules were not yet drawn up when the Salk experiments were conducted, but the protocol had the approval of the institute's ethics board. Moreover, before the results were published, the team asked for a new review, which concluded the work would have been approved even under the new NAS guidelines, Gage said.

The guidelines allow for a slow scale-up of the proportion of human cells in animals' brains. Gage estimated that in the latest work as few as 100 of the 100,000 injected cells survived and became integrated with the mouse brains, which typically contain 75 million to 90 million mouse cells.

Henry Greely, a Stanford law professor and ethicist who has reviewed proposals to create human-mouse chimeras, said the work looked "interesting, good and ethical" by current standards.

Stem cell therapies "will only work if the transplanted cells will make those connections," Greely said, "and there's no better place to test that but in an animal model."

In painstaking surgeries conducted on a small, heated operating platform, Gage and his co-workers, including Alysson R. Muotri and Kinichi Nakashima, partially removed 14-day-old mouse fetuses from the womb, being careful not to disrupt the placenta that provides maternal nourishment. After injecting the human stem cells into curved cavities of the brain called the lateral ventricles, they tucked the pups back in for their last week of development.

The human cells, taken from days-old human embryos by a San Diego company, CyThera Inc., had been engineered to emit a green fluorescence. That helped them stand out against the mouse cells when the animals' brains were later analyzed under the microscope.

Although embryonic stem cells have sometimes turned into tumors in other experiments, no such growths developed, Gage said. Nor were they rejected by the mice's immune systems, perhaps because they were injected so early that they were perceived as "self" rather than "other."

The cells migrated into the forebrain, where they grew only to the size of mouse neurons. Most extraordinary, Gage said, was that they connected to others and were firing -- though it is still unclear if they fire in electrical patterns typical of mouse or human cells.

One possible application, Gage said, would be to place healthy human cells in the brains of mice that have versions of human neuronal diseases, such Alzheimer's, Lou Gehrig's or Parkinson's, and see how the neurons fare.

That experiment might reveal whether those diseases have their roots elsewhere and subsequently affect neurons, or whether they emerge directly from ill neurons, in which case the human cells would remain unaffected.


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� 2004 The Washington Post Company

NUEVOS LUJOS Y MARKETING JURIDICO

En conversacion con unos posibles clientes de marketing juridico ,´les señalaba la mportancia del marketing y le damos unos ejemplos. Han quedado sorprendidos, pero lo más interesante es que están absolutamente convencidos de que sin acciones de marketing van a desaparecer. ( MARJURIDICO.BLOGSPOT.COM)

HAY EFECTIVAMENTE NUEVOS LUJOS

Nuevos lujos: marcas caras que cuestan poco ha dicho Juanjo Rodríguez en España y que compartimos con los de Marketing Jurídico en Chile… Ciertamente que esto es también válido a los Grandes estudios de Abogados nacionales. Ustedes van a ver grandes fusiones y asociaciones con importantes estudios jurídicos Españoles que son un lujo. Porque es obvio las grandes inversiones españolas en Chile a si lo ameritan.

Una nueva clase de marcas está naciendo: aquellas que son caras, pero cuestan poco. Piensa en Starbucks o Victoria’s Secret en Estados Unidos, o Il Caffè di Roma y Actimel (Danone) en España. Estas marcas ofrecen su producto hasta un 200% más caro que sus competidores, y sin embargo tienen una clientela tremendamente fiel.

Una de las claves es que, aunque más caras que la competencia, en valor absoluto su precio no es muy alto. Por ejemplo, 2,25 euros por un Actimel (no estamos hablando de comprar un Ferrari).
¿Que es el New Luxury en Los estados Unidos?
En Estados Unidos este movimiento se ha denominado New Luxury, y su explicación es compleja: la misma persona que paga 3 dólares por un café de Starbucks, o 400 por unos zapatos de Manolo Blahnik, solo compra los cereales y la leche cuando están en promoción. Los consumidores tienen patrones de compra radicalmente distintos en función de la categoría de producto, y del valor percibido que les ofrece la marca.

¿En que se basa el valor?

Este valor se basa en tres ejes: beneficios técnicos (como se “construye” el producto), funcionales (la experiencia que ofrece) y emocionales (como hace sentir al cliente). Estos últimos son esenciales: aunque sirvan para necesidades básicas, estos productos “refuerzan las emociones del consumidor, y alimentan sus aspiraciones de una vida mejor”. Cada vez es menos importante el producto en sí, y más la historia que nos cuenta.

Esta tendencia refuerza uno de los principales mensajes del marketing de los últimos años: la existencia de dos estrategias ganadoras radicalmente opuestas:

1º Orientación a precio:

 Ser el más barato de forma sistemática
 “Siempre Precios Bajos”
 El mejor exponente, Walmart en Estados Unidos
2º Orientación a marca:

 Dotar de una fuerza a la marca que hace casi irrelevante el precio
 Fuerte diferenciación emocional
 Posicionamiento basado en atributos “soft”
 El mejor exponente, Nike
Probablemente, aunque parezca un fenómeno reciente, esta evolución se base en los mismos principios que ya definía uno de los clásicos gurús del management, Michel Porter, en sus estrategias genéricas: precio, diferenciación o enfoque.
Saludos Rodrigo González Fernández, marjuridico.blogspot.com