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jueves, febrero 23, 2006

¿QUE ES EL PROTOCOLO DE KIOTO?

Un empresario nos consulta de que se trata el protocolo de Kyoto. Como siempre cuando es una consulta de carácter general la incluimos acá para que el mayor número de personas  puede acceder a ella. La pregunta vino a propósito de estudios de Biocombustibles  y de la posibilidad de que el Gobierno estudie una Política de Estado en esta materia

 

Durante la Cumbre Mundial de Desarrollo Sustentable celebrada en Río el año 1992, los países acordaron que la evidencia científica sobre el cambio climático hacía pertinente que se adoptaran medidas a nivel global. De ahí nació la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (UNFCCC, en su sigla en inglés). La Convención divide a los países, que denomina con las palabra “Partes” en dos grandes grupos: Partes Anexo I y Partes No Anexo I. La Parte Anexo I se refiere a países industrializados, muchos de ellos incluidos como miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OECD) más los estados de Europa Central y del Este.

La Conferencia de las Partes, llamada comúnmente COP’s, constituye el cuerpo supremo de la Convención sobre Cambio Climático y la integran un total de 181 países que han ratificado la Convención Marco sobre Cambio Climático. Este cuerpo sesiona 1 vez al año para revisar los progresos de la Convención, la experiencia ganada en su implementación y el estado del conocimiento científico logrado.

El Protocolo de Kioto adoptado en diciembre de 1997 en la Tercera Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), refleja los acuerdos alcanzados en el complejo proceso de establecer una respuesta a este desafío ambiental y adquiere importancia en el hecho que establece límites a las emisiones de GEI de los países industrializados. Las Partes Anexo I acordaron el compromiso de reducir las emisiones totales de 6 GEI: Dióxido de carbono (CO2); metano (CH4) y óxido nitroso (N2O); además de los tres gases fluorados: Hidrofluorocarbonos (HFC); perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6)) en al menos un 5% por debajo de los niveles de 1990 entre el período 2008 – 2012.

El Protocolo introdujo asimismo tres nuevos mecanismos internacionales denominados "mecanismos de flexibilidad" o "mecanismos de Kioto", que son componentes básicos sin los cuales el Protocolo difícilmente podría entrar en vigor. El objetivo de esos mecanismos es hacer menos oneroso la aplicación del Protocolo. Estos mecanismos son; el comercio internacional de los derechos de emisión de GEI con efectos a partir de 2008 ("comercio de los derechos de emisión", conocido como transacción de emisiones), la implementación conjunta (IC) y el mecanismo de desarrollo limpio (MDL). Los dos últimos implican la transferencia de los créditos de reducción de las emisiones acumuladas gracias a proyectos de reducción de las emisiones en otros países no Anexo I.

La Comunidad Europea se comprometió a reducir la emisión de GEI en un 5% para el período 2008 – 2012 en relación a los niveles de 1990. El monto de reducción total que deberá alcanzar la UE es de 424 millones de toneladas de CO2 para el 1er período de compromiso. Los mayores niveles de reducción, en términos cuantitativos, deberán ser afrontados por Alemania, Reino Unido, Italia, Dinamarca y Países Bajos. Contrariamente, algunos países como Grecia y España pueden aumentar considerablemente sus emisiones (25 y 15% respectivamente).

El Protocolo de Kioto aún no entra en vigencia, ya que debe ser ratificado por 55 Partes en la Convención, entre los que deben encontrarse países desarrollados cuyas emisiones combinadas de CO2 superen el 55% del total de ese grupo. Dado que Estados Unidos (a quienes les corresponde el 36% del total de los países desarrollados) no tiene intención de ratificarlo, el umbral del 55% sólo se puede alcanzar con la participación de Rusia (17%).

Saludos Rodrigo González Fernández, consultajuridica.blogspot.com

 

 

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