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martes, mayo 16, 2006

PREGUNTAS Y RESPUESTAS EN LEY ANTITABACO

ALGUNAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS A LA NUEVA LEY ANTITABACO

¿Dónde se prohíbe fumar?En el interior de todos los servicios públicos, universidades y centros de formación técnica, hospitales y consultorios, teatros y cines, centros culturales, aeropuertos y terminales de buses, recintos deportivos, supermercados y centros comerciales. En general en todo espacio que reúna a personas.

¿Se puede fumar en la oficina?En el caso de oficinas y otros lugares de trabajo de propiedad privada, se podrá fumar cuando los propietarios o administradores así lo dispongan, eso sí tomando en cuenta la opinión de los empleados. En el caso de oficinas públicas está prohibido fumar.

 ¿Se puede vender cigarrillos a menores de edad? No. Se prohíbe la venta de cigarrillos a menores de 18 años, así como vender tabaco a menos de 100 metros de un colegio.

 ¿A qué sanción me expongo si fumo en un lugar no autorizado? Si una persona es encontrada fumando en un lugar no autorizado, se expone a una multa de media unidad tributaria mensual (U.T.M.). Si es reincidente (dos veces en un mismo año), se expone a una multa de 1 unidad tributaria mensual (U.T.M.) En caso de haber una tercera reincidencia, la multa será de una y media unidades tributarias mensuales (U.T.M.). Modifica la Ley del Tránsito a fin de establecer como infracción grave el fumar mientras se conduce. Este proyecto de ley tiene por objetivo la modificación el artículo 198 de la Ley de Tránsito Nº 18.290, estableciendo como infracción o contravención grave a dicha ley que los conductores de vehículos motorizados fumen mientras manejan. De esta manera, se busca sancionar el consumo de pipas, cigarros, cigarrillos, puros y otros productos similares que puedan actuar como elemento distractor ante un eventual accidente de tránsito.

Ley antitabaco, saludos Rodrigo González Fernández., consultajuridica.blogspot.com;tabaquismos21.blogspot.com

 

 

 

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