CONAMA, es una institución de gobierno creada en 1994 por la Ley Nº19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente. Esta Ley fue la primera que abordó el tema ambiental comprensivamente, contribuyendo a resolver los problemas ambientales que por décadas han afectado al país.
CONAMA depende del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y una de sus tareas es coordinar la gestión ambiental del Estado. Existen Direcciones Regionales a lo largo de todo el país. Ver Organigrama La Ley de Bases Generales del Medio Ambiente establece como responsabilidad de CONAMA, actuar como un servicio de consulta, análisis, comunicación y coordinación en materias relacionadas con el medio ambiente. Además debe proponer al Presidente de la República, políticas para la gestión ambiental e informar sobre el cumplimiento de la legislación vigente, además es el órgano encargado de: - Administrar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, para introducir la dimensión ambiental en el diseño, ejecución, seguimiento y fiscalización de proyectos o actividades que se realicen en el país.
- Promover la Educación Ambiental para formar una ciudadanía que se reconozca como parte del mundo natural y conviva armónicamente con él. Hoy existen los programas: Forjadores Ambientales y Sistema Nacional de Certificación Ambiental para Escuelas.
- Financiar proyectos o actividades destinados a la protección o reparación del medio ambiente, la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental, a través del Fondo de Protección Ambiental.
- Elaborar normas ambientales y planes de prevención y descontaminación, instrumentos de gestión orientados a la recuperación de la calidad ambiental en el país.
- Promover la Participación Ciudadana en los procesos de toma de decisiones ambientales de los órganos administrativos con competencia en estas materias.
- Mantener el Sistema Nacional de Información Ambiental, SINIA, para ofrecer gratuitamente el acceso ciudadano a información sobre diferentes temáticas ambientales.
- Coordinar a los organismos vinculados con el apoyo internacional a proyectos ambientales y, junto con la Agencia de Cooperación Internacional del Ministerio de Planificación y Cooperación, MIDEPLAN, ser contraparte en proyectos ambientales con financiamiento internacional.
CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo, presidido por el Ministro presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente , está integrado por los ministros de Economía, Fomento y Reconstrucción, Obras Públicas, Transporte, Telecomunicaciones, Agricultura, Vivienda y Urbanismo, Bienes Nacionales, Salud, Minería, Planificación y Cooperación Educación, Defensa, Relaciones Exteriores y Secretaría General de la Presidencia. DIRECCIÓN EJECUTIVA La Dirección Ejecutiva está a cargo de un director o directora designado(a) por el Presidente de la República. Su misión es velar por la instalación y seguimiento de las directrices y estrategias de la Gestión Ambiental del Gobierno y sus funciones son cumplir y hacer cumplir los acuerdos e instrucciones del Consejo Directivo; requerir información de otros Organismos Públicos en materias de su competencia; proponer Plan Anual de Actividades y Presupuesto al Consejo Directivo; proponer organización interna al Consejo Directivo. Asimismo, es el jefe superior del servicio y tiene su representación legal. Sus principales funciones son: - La administración superior del servicio, que incluye designar y contratar personal, así como poner término a sus servicios.
- Cumplir y hacer cumplir los acuerdos e instrucciones del Consejo Directivo, y realizar los actos y funciones que éste le delegue.
- Requerir de los organismos del Estado la información y antecedentes que estime necesarios, y que guarden relación con sus respectivas áreas de competencia.
- Proponer al Consejo Directivo el programa anual de actividades y el presupuesto de la Comisión; asimismo, la organización interna del Servicio y sus modificaciones.
- Asistir, con derecho a voz, a las sesiones del Consejo Directivo, a la que deberá informar periódicamente acerca de la marcha de la institución y del cumplimiento de los acuerdos e instrucciones.
- Designar a los directores regionales de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.
- Administrar los recursos destinados al financiamiento de proyectos y de actividades orientados a la protección del medio ambiente, preservación de la naturaleza y conservación del patrimonio ambiental.
- Vincularse técnicamente con los organismos internacionales dedicados al tema ambiental.
Los Departamentos de CONAMA son: COREMAS Las Comisiones Regionales de Medio Ambiente, COREMAS, son comisiones que se reúnen periódicamente para coordinar la gestión ambiental de la región, como sucede con la calificación ambiental de los proyectos o actividades sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental u otra decisión regional importante. Las COREMAS están integradas de la siguiente manera: - El Intendente Regional, quien la preside.
- Los Gobernadores provinciales de la región.
- Los Secretarios Regionales de aquellos Ministerios que forman el Consejo Directivo de CONAMA.
- Cuatro consejeros regionales elegidos por el respectivo Consejo.
- El Director Regional de la CONAMA, que actúa como secretario.
La ley contempla, además, la existencia de un Comité Técnico de COREMA, el cual está integrado por el Director Regional de CONAMA, que lo preside, y por los directores regionales de los servicios públicos que tengan competencia en materias ambientales, incluido el Gobernador Marítimo correspondiente. Las resoluciones de COREMA son notificadas a los titulares de los respectivos proyectos o actividades, y a los servicios públicos competentes, a fin de velar por el efectivo cumplimiento de las mismas, actuando el Director Regional de CONAMA como coordinador para tales efectos, especialmente en el marco del seguimiento y fiscalización de los mismos en conformidad a la ley. Lo anterior, además de lograr una gestión integrada de las diversas instituciones con competencia ambiental, permite hacer efectiva la necesaria participación de las comunidades locales en la gestión de los temas ambientales, a través de los municipios y organizaciones sociales respectivas. DIRECCIONES REGIONALES Cada región cuenta con una Dirección Regional de CONAMA, que constituye el apoyo técnico de su respectiva COREMA. CONSEJO CONSULTIVO CONAMA cuenta además con un Consejo Consultivo, órgano de consulta y apoyo al Consejo Directivo y a la Dirección Ejecutiva. Está conformado por dos representantes de las organizaciones no gubernamentales, dos de los trabajadores, dos del sector empresarial, dos científicos de universidades, dos de centros académicos independientes y un representante del Presidente de la República. CONSEJO DE DESARROLLO SUSTENTABLE Los Consejos Nacionales de Desarrollo Sustentable (CNDS) corresponden a una iniciativa surgida en la Cumbre de la Tierra, efectuada en Río de Janeiro en 1992. No se trata de un compromiso vinculante para los países signatarios de los acuerdos allí alcanzados, sino de una recomendación contenida en diversos capítulos de la Agenda 21 , que es el plan de acción para el desarrollo sustentable acordado por los países en Río. En Chile esta iniciativa se materializa a través del Consejo de Desarrollo Sustentable (CDS), órgano asesor del Presidente de la República, cuya función principal es el estudio y la proposición de acciones de impulso y resguardo del desarrollo sustentable, lo cual realiza mediante la acción concertada de agentes públicos y privados, para así, asegurar la participación de los grupos sociales nacionales en las decisiones relativas a dichos propósitos. El Secretario Ejecutivo del CDS, es el Director Ejecutivo de Conama, quien debe coordinar el proceso de nominación de los representantes de los sectores integrantes del Consejo. MÁS INFORMACIONES RESPECTO DE CONAMA, PINCHE AQUÍ
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