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martes, febrero 19, 2008

rabajo en régimen de servicios transitorios EN BCN

Trabajo en régimen de servicios transitorios (I)

 

Publicado: 08 de agosto 2007
 
 
¿Qué es el servicio transitorio?

Un régimen excepcional de contratación. Consiste en que una empresa de servicios transitorios (EST) suministra o proporciona trabajadores a una empresa usuaria para que realice una determinada labor.

 
¿En qué casos operan las empresas de servicios transitorios?
  • Reemplazo de trabajadores (licencias médicas, descansos de maternidad o feriados).
  • Realización de eventos extraordinarios (organización de congresos, ferias, exposiciones, etc.).
  • Ejecución de proyectos nuevos y específicos (construcción de nuevas instalaciones, nuevos mercados).
  • Inicio de nuevas actividades en empresas nuevas.
  • Aumentos ocasionales o extraordinarios de actividad.
  • Trabajos urgentes, precisos e impostergables (reparaciones, instalaciones).
 
¿Qué tipo de contrato debe suscribir el régimen de servicios transitorios?
  • Contrato de puesta a disposición de trabajadores: se celebra entre una empresa de servicios transitorios (EST) y una empresa usuaria para suministrar trabajadores a esta última. Los requisitos de este contrato son: 
    - Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días.
    - Indicar la causal para contratar servicios transitorios.
    - Indicar los puestos o cargos para los que se contrata.
    - Indicar el plazo por el cual se contrata y el precio convenido.
  • Contrato de trabajo de servicios transitorios: se celebra entre el trabajador y una Empresa de Servicios Transitorios (EST). Los requisitos de este contrato son:
    - Constar por escrito dentro del plazo de 5 días desde la incorporación del trabajador o 2 días si el contrato es por menos de 5 días.
    - Contener al menos las menciones del contrato individual de trabajo.
 
¿En qué casos no se podrá contratar la puesta a disposición de trabajadores?
  • Para realizar tareas de representación de la empresa usuaria, tales como gerencia, subgerencia, agentes o apoderados.
  • Para reemplazar a trabajadores que han declarado la huelga legal en el respectivo proceso de negociación colectiva.
  • Para ceder trabajadores a otras empresas de servicios transitorios.
 
¿Cuáles son las responsabilidades de la empresa usuaria?
  • Cumplir las normas de higiene y seguridad respecto de los trabajadores suministrados.
  • Cumplir las obligaciones laborales y previsionales de éstos cuando no responda la empresa de servicios transitorios (EST) (responsabilidad subsidiaria).
 
¿Cuáles son las sanciones para la empresa usuaria cuando no cumple con su parte del contrato?
  • Multa de 10 UTM por cada trabajador contratado, en el caso de que contrate a trabajadores con prohibición en la ley.
  • Multa de 10 UTM por cada trabajador contratado a una empresa de servicios transitorios (EST) que no esté inscrita en el registro especial de la Dirección del Trabajo.
  • Se le asigna la calidad de empleador a la empresa usuaria, cuando se contrate trabajadores por intermedio de una empresa de servicios transitorios (EST) no inscrita; utilice causas de suministro no autorizado o encubra una relación de trabajo permanente.
 
¿Cuáles son las sanciones para la empresa de servicios transitorios (EST) cuando no cumple con su parte del contrato?
  • Multa de 80 a 500 UTM para las empresas de servicios transitorios (EST) que no cumplen con los requisitos de funcionamiento y constitución exigidos en la ley (registro, garantía, etc.).
  • Cancelación en el registro y multa de 10 UTM por cada trabajador contratado a las empresas de servicios transitorios (EST) que son matrices, filiales, coligadas, relacionadas, y que tengan interés, participación o relación con las empresas usuarias.
  • Cancelación en el registro de empresas de servicios transitorios (EST) cuando hay incumplimiento grave y reiterado de la legislación laboral y previsional, y por quiebra.
 
¿Qué razones pueden llevar a la cancelación de una empresa de servicios transitorios (EST)?
  • Incumplimientos reiterados -más de 3 multas en un año- y graves de la legislación laboral o previsional (utilizar trabajo de menores, no pagar cotizaciones, etc.).
  • Quiebra de la empresa de servicios transitorios, salvo que se decrete la continuidad de su giro.
 
La empresa usuaria ¿conoce los términos del contrato que se firmó entre la empresa de servicios transitorios (EST) y los trabajadores?

Sí, una copia del contrato de trabajo de servicios transitorios se envía a la empresa usuaria donde el trabajador prestará servicios.
La empresa usuaria deberá cumplir íntegramente las condiciones convenidas entre el trabajador y la empresa de servicios transitorios (EST) relativas a la prestación de los servicios (duración de la jornada de trabajo, descansos diarios y semanales, naturaleza de los servicios y lugar de prestación de los mismos).

 
¿Cuánto puede durar un contrato de trabajo en régimen de servicios transitorios?

En el caso de reemplazos de trabajadores, se extenderá por lo que dure la ausencia del trabajador titular. Para los eventos extraordinarios y el aumento de producción, el contrato de trabajo para prestar servicios no podrá exceder de 90 días. Y en los casos de proyectos nuevos e inicio de actividades en empresas nuevas, el plazo no podrá superar los 180 días. Estos contratos no podrán ser renovables.

 
Pero si al término del contrato no se ha finalizado la faena, ¿es posible prorrogar el contrato?

Sí, se podrá prorrogar el contrato hasta completar los 90 ó 180 días en su caso.

 

 
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trabajo en régimen de servicios transitorios (II)

 

Publicado: 08 de agosto 2007

 

 
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¿Qué derechos tiene el trabajador bajo este sistema de contrato?
  • La empresa de servicios transitorios (EST) no puede cobrar por colocarlo en la empresa usuaria y tampoco por la capacitación entregada.
  • Si el trabajador continúa prestando servicios en la empresa usuaria una vez terminado el tiempo convenido, su contrato de trabajo pasa a ser indefinido y su empleador será la empresa usuaria.
  • Indemnización por feriado que opera cuando presta servicios continua o discontinuamente, durante a lo menos 30 días en un período de 12 meses desde que ingresa a la empresa de servicios transitorios (EST).
  • Las trabajadoras tienen derecho al fuero maternal mientras dure la prestación de servicios en la empresa usuaria.
  • Las empresas de servicios transitorios (EST) deben capacitar cada año calendario al menos al 10% de los trabajadores que ponga a disposición en el mismo período.
 
¿Quién es el empleador directo en régimen de trabajo transitorio?

La empresa de servicios transitorios (EST) con la que se establece el contrato. Si el trabajador continúa prestando servicios en la empresa usuaria una vez terminado el tiempo convenido, su contrato de trabajo pasa a ser indefinido y su empleador será la empresa usuaria.

 
¿Qué obligaciones tiene el trabajador ante la empresa usuaria?
  • Someterse a la organización y dirección de la empresa para el cumplimiento de sus funciones.
  • Cumplir con el reglamento de orden, seguridad e higiene de la empresa.
  • Someterse a control de asistencia que haga la empresa.
 
¿Pueden los trabajadores bajo contrato de servicios transitorios formar sindicatos y/o negociar colectivamente?

Sí, pero siempre al interior de su empresa de servicios transitorios (EST). No pueden sindicalizarse con los trabajadores de la empresa usuaria.

Los trabajadores en régimen de servicios transitorios ¿podrán realizar horas extraordinarias?

Sí, podrán pactarse horas extraordinarias según lo estipulado en el artículo Nº 32 del Código del Trabajo.

En caso de accidentes del trabajo y/o enfermedades profesionales, ¿quién responde por los trabajadores?

En caso de un accidente o enfermedad durante la prestación del servicio, la empresa usuaria deberá denunciar inmediatamente el hecho al organismo administrador al que esté afiliada la respectiva empresa de servicios transitorios (EST). Y pagará los daños si fue por propia negligencia o de un tercero, según lo estipulado en el artículo 69 de la Ley Nº 16.744.

¿Qué se requiere para ser una empresa de servicios transitorios (EST)?
  • Estar inscrita en el registro especial y público de la Dirección del Trabajo.
  • Incluir en el nombre o razón social de la empresa la expresión "Empresa de Servicios Transitorios" o la sigla "EST".
  • No ser matrices, filiales, coligadas, relacionadas, ni tener interés, participación o relación con las empresas usuarias.
  • Constituir una garantía en la Dirección del Trabajo, para responder de las obligaciones laborales y previsionales frente a sus trabajadores y las multas por infracción a las normas del Código del Trabajo, en los siguientes términos: monto de 250 UF base, que se aumenta según el número de trabajadores contratados; ajuste periódico cada 12 meses.
 
¿Cuántos rubros productivos puede desarrollar una empresa de servicios transitorios (EST)?

Debe tener por giro exclusivo poner trabajadores a disposición de terceros, como también la selección, capacitación y formación de trabajadores, así como otras actividades afines en el ámbito de los recursos humanos. Una misma empresa de servicios transitorios (EST) puede proveer trabajadores de diferentes especialidades a otras empresas.

¿Quién fiscaliza a las empresas de servicios transitorios?
La Dirección del Trabajo o sus inspecciones.
 
¿Qué leyes regulan este sistema de trabajo?
 
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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Renato Sánchez 3586
teléfono: 5839786
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