Remei Tremosa Castells ha dejado un nuevo comentario en su entrada "DEFECTOS QUE SE VISUALIZAN EN EL PROYECTO":
EL SUPREMO DE ESPAÑA PERMITE CONTRAER MATRIMONIO ANTES DE TENER DIVORCIO
En una resolución sorprendente, en el 30 de Abril de 2.008 el Tribunal Supremo de España dio validez a una resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona que permitió contraer nuevo matrimonio a un varón que aún no había obtenido el divorcio.
Pasó lo siguiente. El 15 de Marzo de 2002, un varón se casó con una bielorusa. El varón aún estaba casado con su primera esposa, pero tenía en marcha tramite de divorcio, que no tuvo hasta dos años más tarde. Cuando la primera esposa se enteró que su marido actual se volvió a casar sin tener el divorcio, ella hizo una demanda para pedir la nulidad del matrimonio, y una denuncia de bígamo.
La denuncia de bígamo era rechazada por un juzgado de Instrucción por no ser hechos que constituye un delito.
La demanda para la nulidad del matrimonio era desestimada por un juzgado de Primera Instancia por no tener una interés legitima por la parte de la primera mujer para pedir la nulidad del matrimonio nuevo. Cuando se hizo un recurso, la Audiencia Provincial dijo que se puede contraer matrimonio si se hace con "buena fe", que en este caso la "buena fe" era que el tramite de divorcio estaba en marcha y el divorcio era retrasado por el proceso legal.
Con esta decisión del Supremo, ahora solo hace falta una separación legal y un tramite de divorcio en marcha para celebrar un nuevo matrimonio, sin necesidad de obtenerlo.
Referencia:
Auto notificado 30 Abril 2008, recurso numero 1207/2006, Ponente Excmo Sr D Xavier O'Callaghan Muñoz, Sala Primera del Tribunal Supremo
Sentencia de 5 Mayo 2005, rollo 123/2004, Ilmos Sres D Enrique Anglada Fors, Dª Margarita Noblejas Negrillo, D Enric Alavedra Farrando, Audiencia Provincial de Barcelona Sección 18
Sentencia de 31 Julio 2003, expediente 348/03-C, Ilma Sra Dña Mª Dolors Viñas Maestre, Primera Instancia 45 de Barcelona
Auto de 19 Diciembre 2002, Previas 6001/2002-B, Ref 7529/2002, Iltma. Sra. Dª Consuelo Sanchis Gimeno, Instrucción 33 de Barcelona
Se puede ver los documentos a: http://www.injusticiacatalunya.info/supremo
Publicado por Remei Tremosa Castells para MATRIMONIO DIVORCIO , SEPARACION Y NULIDAD EN LA LEGISLACION CHILENA
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