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domingo, noviembre 08, 2009

Derecho penal y empresas

Derecho penal y empresas

A propósito del editorial publicado ayer sobre la responsabilidad penal y personas jurídicas, quisiera agregar que dicho proyecto de ley constituye uno de los cambios más radicales en nuestro ordenamiento jurídico, y ha pasado inadvertido hasta el momento.

A partir de la nueva ley, que se encuentra a días de ser promulgada, las personas jurídicas, es decir, las empresas, corporaciones, fundaciones y compañías del Estado responderán por la comisión de delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Este importante proyecto busca mejorar los niveles de prevención y detección de delitos, pero, sobre todo, permite que Chile cumpla con compromisos internacionales que le permitirán ingresar a la OCDE y así pertenecer al club de los "países transparentes".

Pero este relevante salto para nuestro país conlleva un gran desafío para las empresas. De esta manera, a contar de su publicación en el Diario Oficial, todas las personas jurídicas del país por ley deberán designar a un encargado de prevención, definir los medios y facultades de dicho encargado, establecer y certificar un Manual de Prevención de Delitos. Sólo si la empresa ha cumplido a cabalidad con todas estas exigencias, podrá eximirse o atenuar su responsabilidad penal.

De lo contrario, las penas de multas que arriesga van desde las 200 a las 20.000 UTM, pasando por la pérdida parcial o total de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un período determinado, prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado e, incluso, en ciertos casos, la disolución de la empresa. Como se ve, y cumpliendo con el espíritu de la ley, parecen ser sanciones "drásticas, ejemplificadoras y disuasivas", las que serán determinadas por el Ministerio Público.

GONZALO TORRE G.
Abogado

FUENTE: EMOL
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Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIMIENTO DE ONU
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