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jueves, marzo 06, 2008

Suprema obliga a empresa de telefonía a indemnizar a clienta por interrupción de servicio

Si no fuera tan caro recurrir a la justicia habrían cientos de estos fallos. Chile  lo que requiere es un Ombudsman, un Defensor de las personas.
 
Suprema obliga a empresa de telefonía a indemnizar a clienta por interrupción de servicio
Jueves 6 de Marzo de 2008
Fuente :La Segunda Internet
La Corte Suprema ratificó la  condena a la Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A. (Telefónica Chile)  a pagar una multa de 30 Unidades Tributarias Mensuales (equivalentes a $1.012.470) y el pago de una indemnización de $800.000 a una consumidora que tuvo interrumpido su servicio telefónico residencial por casi cuatro meses.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal del país ratificó el fallo de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que el 9 de octubre pasado sentenció a la proveedora de telefonía a cancelar los montos antes señalados a Anabel Sagredo Moreno, quien tuvo interrumpido su servicio telefónico entre el 14 de abril y el 7 de agosto de 2006.

El tribunal de alzada estableció en su oportunidad que la interrupción del servicio por un periodo tan prolongado es de responsabilidad de la empresa proveedora, y esta no puede eludir su obligación argumentando un supuesto robo de cables, ya que nunca lo acreditó durante el proceso.

"En concepto de esta  Corte dicha suspensión ha de tenerse por injustificada, porque la prestadora, pudiendo hacerlo porque tiene a su disposición toda la información,  nunca señaló la  sustracción que habría motivado la interrupción, esto es no llegó a precisar el lugar  de la misma ni la forma en que incidía en el servicio de la denunciante", dice el fallo.

El dictamen establece que además se debe cancelar una indemnización por daño moral (no patrimonial) a la consumidora derivado de las molestias y trastornos que le produjeron por la falta de un servicio por tan extenso periodo de tiempo.

"No puede sino que tenerse convicción en cuanto a que la falta de servicio telefónico durante aproximadamente cuatro meses ha debido producir graves molestias y trastornos por la imposibilidad de mantener comunicaciones de manera inmediata como hoy es usual, desde el mismo lugar en que se habita y en donde fue prevista la instalación del sistema", afirma la resolución.

Opinen, escriban  y ganen premios.
Saludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RESPONSABILIDAD
SOCIAL EMPRESARIAL  DE LA ONU
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