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jueves, octubre 11, 2012

bioetica: Derechos del paciente y eutanasia por Alejandro Leiva López

Derechos del paciente y eutanasia


En respuesta al debate sobre la eutanasia y la nueva ley de derechos del paciente, Cristóbal Hasbun señala que el legislador estaría menospreciando la autonomía de las personas para decidir sobre su vida, lo cual atentaría contra su dignidad.

Respecto de la autonomía y del derecho a la vida, resulta errado el argumento del señor Hasbun, quien afirma que no existiría en nuestra Constitución una obligación de vivir. No hay duda de que así como existen derechos, éstos tienen como contrapartida deberes. Así, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación obliga a no contaminar, y el derecho a no sufrir apremios ilegítimos impone el deber de no torturar. Curioso sería que el derecho a la vida fuese el único en la Carta Fundamental que no contemplara como contrapartida un deber.

En cuanto a la dignidad, el señor Hasbun desconoce que la condición digna de la vida humana es invariable desde que se comienza a existir hasta la muerte, e independiente de condiciones cambiantes a lo largo de la existencia. No es digna por sí misma la vida, ni indigna bajo determinadas circunstancias fácticas, puesto que el hombre es titular de su dignidad sin excepciones, inclusive en la muerte. Su cuestionamiento así, sobre quién debe determinar qué vida es digna de vivir, carece de fundamento constitucional.

La dignidad entendida como autonomía moral desprovista de bienes indisponibles ha conducido a justificar incluso la muerte de pacientes por voluntad de terceros, como es el caso de Holanda, donde una declaración previa suple la voluntad en casos de inconsciencia irreversible.

Parecen fundar estas posiciones aquellas visiones hedonistas de la existencia, en que el dolor debe ser evitado invariablemente, subyugándonos a una existencia que sólo mire el goce, la satisfacción corporal, y la independencia física como realización espiritual del hombre, siendo recomendable poner término a la vida cuando ello no se consigue.

Finalmente, entender la dignidad humana como facultad de decisión implica desconocer la dignidad de aquellos que no tienen conciencia, ergo, negar su calidad de personas.

Alejandro Leiva López
Observatorio de Bioética & Derecho Universidad del Desarrollo

Fuente:emol 

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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