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domingo, agosto 20, 2006

FORMAS DE ADVERTENCIAS QUE OBLIGA LA LEY DE TABACO

Formas de advertencias:

  • Los paquetes de cigarrillos deberán tener advertencias claras y precisas de los daños, enfermedades o efectos que, para la salud de las personas, implica su consumo o exposición al humo del tabaco.
  • En el caso de los paquetes de cigarrillos, bolsas o paquetes de productos hechos con tabaco esta advertencia deberá figurar en las dos caras principales y ocupar el 50% de cada una de ellas.
  • Se prohíbe que en el nombre o propiedades asociadas a la marca de cigarros o cigarrillos engañen al público, en este sentido no se podrán incluir términos tales como light, suave, ligero, bajo en alquitrán, nicotina, monóxido de carbono u otros similares.
  • Los envases de cigarrillos deberán expresar clara y visiblemente en una de las caras laterales los principales componentes de este producto en los términos establecidos por el Ministerio de Salud.

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