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Garantizar la entrega de contenidos amplios y abiertos a toda recepción y transparentar los contratos de Internet son las principales materias que abordan las más de 40 indicaciones que recibió el proyecto, en segundo trámite, que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de Internet.
Cabe recordar que, el Ejecutivo dio calificación de "suma urgencia", es decir, de 10 días para ser tramitado por cada rama legislativa, al proyecto que se encuentra en el Senado desde marzo del 2007, de modo que antes de fin de año sea despachada por el Congreso Nacional.
El senador José García Ruminot explicó que la instancia se encuentra en plena etapa de análisis de las indicaciones que recibió la iniciativa de modo de que en esta área operen sólo las limitaciones generales del ordenamiento jurídico para evitar contenidos que inciten al terrorismo, la violencia o la pornografía.
El legislador recalcó que de acuerdo al proyecto "quienes ofrecen Internet deben cautelar que estén disponibles todas las alternativas y redes y que las personas tengan acceso a todos los contenidos".
Por otra parte, insistió en que las Comisiones Unidas están revisando las normas que cautelan el cumplimiento de los contratos que los distintos servidores de Internet ofrecen a los usuarios.
En esa línea señaló que "algunos contratos ofrecen banda ancha superior a un mega de capacidad, sin embargo, en la práctica lo que sucede es que todos sus clientes usan la misma banda y, si lo hacen al mismo tiempo el servicio sigue operando con gran lentitud".
El senador García Ruminot aseveró que "éste es uno de los reclamos más reiterados que se reciben en materia de acceso a Internet y por ello, queremos ser extremadamente precisos en la legislación".
En lo fundamental, la iniciativa legal busca garantizar que internet sea un espacio libre y abierto para la innovación y la creatividad, y que los usuarios encuentren todas las prestaciones que necesitan.
Este proyecto recoge los principios que la Comisión Federal de las Comunicaciones (FCC) de EE.UU. dio a conocer en cuanto a los criterios de no discriminación en la red para que todos los consumidores puedan acceder a los contenidos legales.
En ese sentido la iniciativa dispone que las concesionarias de servicio público de telecomunicaciones que presten servicio a los proveedores de acceso a Internet no podrán bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir arbitrariamente el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red.
En este sentido, deberán ofrecer a cada usuario un servicio de acceso a Internet o de conectividad al proveedor de acceso a Internet, según corresponda, que no distinga contenidos, aplicaciones o servicios, basados en la fuente de origen del mismo o de la propiedad de éstos, considerando las distintas configuraciones de la conexión a Internet según el contrato vigente con los usuarios.
Con todo, los concesionarios de servicio público de telecomunicaciones y los proveedores de acceso a Internet podrán tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de red, en el exclusivo ámbito de la actividad que les ha sido autorizada, siempre que ello no tenga por objeto realizar acciones que afecten o puedan afectar la libre competencia.
En tanto, para la protección de los derechos de los usuarios de Internet, el Ministerio y la Subsecretaría podrán emplear todas las facultades que actualmente contempla esta ley y su normativa complementaria
Finalmente, un Reglamento establecerá las condiciones mínimas necesarias de la prestación del servicio del acceso a Internet, así como las acciones que serán consideradas como prácticas restrictivas a la libertad de utilización de los contenidos, aplicaciones o servicios que se presten a través de Internet.
CONSULTEN, ESCRIBAN OPINEN LIBREMENTE
Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIMIENTO DE ONU
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